Prisión Preventiva Oficiosa

Organizaciones califican de “irresponsables” los dichos de Alcalde sobre prisión preventiva

Pena Sin Culpa y la Red Solidaria Década contra la Impunidad recordaron que las sentencias de la CoIDH son inapelables y de cumplimiento obligatorio, y defendieron el papel de la SCJN como parte del Estado mexicano, por lo que negaron que esté invadiendo funciones del Congreso de la Unión.
martes, 16 de abril de 2024 · 23:19

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Organizaciones de derechos humanos que representaron a víctimas de arraigo y prisión preventiva oficiosa ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) y que ganaron los juicios internacionales, señalaron a la secretaria de Gobernación Luisa María Alcalde Luján de faltar a la verdad en las declaraciones que hizo este martes durante la conferencia mañanera y por intentar deslegitimar el análisis de las sentencias que hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Pena Sin Culpa representó a Daniel García Rodríguez y a Reyes Alpízar, quienes estuvieron 17 años en prisión sin sentencia, por un homicidio que no cometieron, y la Red Solidaria Década contra la Impunidad (RSDCIAC) defendió a los hermanos Gerardo y Gustavo Tzompaxtle Tecpile, y Gustavo Robles, indígenas de Veracruz sometidos a arraigo y prisión preventiva, acusados de pertenecer al Ejército Popular Revolucionario (EPR), sin elementos, por lo que fueron liberados dos años después.

En los comunicados, las organizaciones recordaron que las sentencias de la CoIDH son inapelables y de cumplimiento obligatorio, y defendieron el papel de la SCJN como parte del Estado mexicano, por lo que negaron que esté invadiendo funciones del Congreso de la Unión.

La RSDCIAC alertó que lo señalado por Alcalde Luján “no se encuentra apegado a la verdad” y que mientras en la conferencia matutina mencionó que de forma “unilateral” la SCJN había revisado las sentencias, en el informe de cumplimiento del caso Tzompaxtle Tecpile, el Estado mexicano, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, notificó a la CoIDH de la comunicación que existe entre la Segob y el máximo órgano de justicia de la nación.

En el informe enviado el 29 de enero a la CoIDH, sobre el arraigo, el Estado señaló en tanto se mantenga en la Constitución, “se debe asegurar que las personas operadoras jurídicas llamadas a aplicar la figura del arraigo, la inapliquen mediante un debido control de convencionalidad”.

De acuerdo al documento, turnado a la defensa el 14 de febrero, el gobierno de López Obrador informó al tribunal regional que “desde la Segob se entabló comunicación con el Consejo de la Judicatura federal así como con la Unidad General de Conocimiento Científico y Derechos Humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con el propósito de conocer las medidas que se implementaban al respecto”, y que el expediente de Tzompaxtle fue turando al ministro Luis María Aguilar Morales.

La RSDCIAC insistió en que la sentencia Tzompaxtle Tecpile y otros “es definitiva e inapelable”, que su acatamiento “será ejemplo de cumplimiento y protección a los derechos humanos”, reconoció el papel del Poder Judicial, y lamentó que “el Poder Ejecutivo y el Legislativo sean omisos”.

Pena Sin culpa desmintió las afirmaciones de Alcalde, de que acatar la sentencia de la CoIDH que ordena la desaparición de la prisión preventiva oficiosa se traduzca en “la posible liberación de 68 mil personas” que se encuentran sin sentencia en las prisiones mexicanas.

Apuntó que de la exposición que “falta a la verdad” de la secretaria de Gobernación, “lo que resulta de mayor preocupación” es que haya en México “68 mil personas en las cárceles sin que tengan una sentencia condenatoria, y sin que se haya demostrado su responsabilidad”.

Lo anterior implica “68 mil personas a las que se les viola su derecho a la presunción de inocencia y que pueden perder años de su vida encarceladas sin que se les logre probar su participación en algún hecho delictivo, sin desconocer que en la mayoría de estos casos impacta a las personas más pobres, porque son quienes no pueden comprar la justicia”.

Sobre el caso García Rodríguez y otro VS México, sentencia emitida en abril del año pasado, la Secretaría de Relaciones Exteriores, por procedimiento, la remitió “a todas las instancias federales y locales que se consideren responsables”, para atenderla, entre ellas la SCJN para que “en el ámbito de sus facultades actuara conforme a derecho y conforme a sus obligaciones constitucionales e internacionales”.

La organización consideró “irresponsable” que la funcionaria descalifique el análisis de la SCJN considerándolo como “unilateral”, cuando el Estado mexicano participó en las audiencias de la CIDH y de la CoIDH, “donde tuvo la oportunidad de ofrecer pruebas en el caso García Rodríguez y otro VS México y perdió”.

Apuntó que bajo ese procedimiento es que se integró el expediente “Recepción de Sentencia Internacional”, correspondiéndole al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo estudiar la sentencia del caso “García Rodríguez y otro Vs México”.

Tras resaltar que el proyecto de la ponencia de Pardo Rebolledo avala que se cumpla la sentencia de la CoIDH, y en tanto no se realice la reforma constitucional, el ministro propuso a jueces y magistrados “razonar y justificar” la medida de prisión preventiva en cada caso en particular.

La organización explicó que “la oficiosidad o automaticidad de la prisión preventiva como la tenemos actualmente debe ser un proceso razonado, proporcional y justificado en cada caso en particular, esto de ninguna forma implica una liberación o exoneración masiva -como lo infirió de manera irresponsable el día de hoy (martes 16) la secretaria de Gobernación”.

Comentarios