Prisión Preventiva Oficiosa
Fiscalías de todo el país se unen contra la eliminación de la prisión preventiva oficiosa
El pasado 5 de abril, el Poder Judicial de la Federación publicó una jurisprudencia, obligatoria en 18 estados, que prohíbe ejecutar órdenes de aprehensión emitidas por delitos considerados como graves.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Fiscalías y procuradurías generales de Justicia de todo el país solicitaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declare que la Constitución debe prevalecer por encima de cualquier criterio que busque inaplicar la prisión preventiva oficiosa.
“La Fiscalía General de la República (FGR), junto con la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, que agrupa a las Fiscalías y Procuradurías de todo el país, ha solicitado formalmente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que emita un pronunciamiento claro y definido sobre la supremacía constitucional que debe prevalecer en beneficio de las víctimas y de los ofendidos, en acatamiento a lo señalado en el artículo 19 de la propia Constitución, que es prioritaria y soberana sobre cualquier resolución de tribunales internacionales, y que solo podrá ser modificada, si así lo aprueba el Poder Legislativo de la Nación Mexicana”, informó la FGR.
Esto, luego de que el Pleno Regional en materia Penal y de Trabajo del Poder Judicial de la Federación en la región Centro-Norte, emitió una jurisprudencia que prohíbe detener a quienes tienen orden de aprehensión por delitos que merecen prisión preventiva de oficio y señala que se les imponga otro tipo de medida cautelar.
“Cuando se reclame en amparo indirecto una orden de aprehensión por delito que amerite prisión preventiva oficiosa, debe concederse la suspensión provisional para el efecto de que, durante su vigencia, la parte quejosa no sea detenida”, señala la jurisprudencia publicada el pasado 5 de abril.
El criterio deriva de dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que ordenan a México eliminar la figura de prisión preventiva oficiosa, al considerar que las autoridades la han entendido como una medida que se impone de manera automática tomando en consideración el delito por el que una persona es imputada, convirtiéndose en una especie de condena anticipada.
Los delitos que contemplan la prisión preventiva oficiosa son los de tipo sexual, los cometidos contra menores, el feminicidio, el homicidio, el secuestro, la delincuencia organizada, entre otros.
La jurisprudencia es de aplicación obligatoria en Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Chihuahua, Coahuila, Durango, Estado de México, Guanajuato, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas.
La FGR señaló que la resolución pone en peligro inmediato a las víctimas del delito, a los ofendidos y sus testigos.
“Quedarán en el más alto riesgo, en su integridad y en su vida, sin la protección con la que deben contar en razón de sus más elementales Derechos Humanos”, advirtió la Fiscalía.
“La impunidad y el estado de indefensión que provocará esta decisión, pueden prolongarse varios meses o muchos años, en cada caso, según se demore el juicio de amparo que cuenta con dos instancias y que inclusive puede llegar hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como ha ocurrido constantemente, en muchos casos”.
Este martes, durante la conferencia mañanera del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, el gabinete de seguridad informó que envió a la SCJN una carta en la que expusieron su preocupación por la posible eliminación de la prisión preventiva oficiosa en el país y advirtió que esto podría implicar la liberación de 68 mil personas acusadas de homicidio, secuestro, violación, narcotráfico, entre otros.
Al mencionar la jurisprudencia del pleno regional, la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde hizo un llamado a los ministros a respetar la Constitución, la división de poderes, a no excederse en sus facultades y considerar las consecuencias que traería eliminar la prisión preventiva oficiosa para la seguridad nacional.
Esto, debido a que la Corte tiene pendiente resolver una contradicción de criterios sobre este tema con el Pleno Centro Sur, que tiene jurisdicción sobre la otra mitad de entidades así como la emisión de una resolución que establezca qué deberá hacer México para cumplir con las sentencias de la CorteIDH que ordenan eliminar la prisión preventiva oficiosa.
Proceso informó en marzo pasado que el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propondrá dejar de aplicar el artículo 19 constitucional que prevé la prisión preventiva automática en casos de delitos graves porque esta genera caos y falta de equilibrio en el orden constitucional.
Mientras que, desde febrero pasado, esta casa editorial informó que la ministra Margarita Ríos Farjat propondrá acotar la ampliación del catálogo de delitos que merecen prisión preventiva de oficio, impulsada por el gobierno federal y reinterpretar la figura para que deje de ser automática.