Prisión Preventiva Oficiosa

"Prisión preventiva oficiosa genera caos y desorden": ministro de la Corte buscará anular esa figura

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propondrá en septiembre próximo que el Pleno de la Corte declare que la prisión preventiva oficiosa genera caos y falta de equilibrio en el orden constitucional.
lunes, 4 de marzo de 2024 · 21:03

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propondrá dejar de aplicar el artículo 19 constitucional que prevé la prisión preventiva automática en casos de delitos graves.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propondrá en septiembre próximo que el Pleno de la Corte declare que la prisión preventiva oficiosa genera caos y falta de equilibrio en el orden constitucional pues, a su juicio, no debe encarcelarse ciegamente a las personas que aún deben ser consideradas como inocentes hasta que se demuestre lo contrario.

Para que el proyecto de Gutiérrez Ortiz Mena prospere no sólo debe obtener mayoría calificada de ocho votos, sino que previamente debe ser aprobada la propuesta de la ministra Margarita Ríos Farjat que, como lo informó Proceso el pasado 7 de febrero, apunta a reinterpretar la figura de la prisión preventiva oficiosa para que también deje de ser aplicada automáticamente.

"La figura de prisión preventiva oficiosa genera lo que, sin dubitaciones, podemos denominar una genuina entropía constitucional. Dicha figura introduce caos y desorden en las premisas más básicas de las que depende un proyecto mínimo de identidad del orden supremo", indica el proyecto de Gutiérrez Ortiz Mena.

 

El ministro señala que esta figura, prevista en el segundo párrafo del artículo 19 constitucional, prácticamente otorga un cheque en blanco al ministerio público y genera que el juez de control actúe como autómata ante la petición de la imposición de esta medida pues su única misión es verificar, sin mayor análisis, que el imputado está señalado por alguno de los delitos que enlista dicho precepto.

"El juez de control está obligado a permanecer ciego frente a un potencial abuso de la vulnerabilidad de esas personas. No tiene que acusar recibo de imputaciones superfluas o motivadas por razones abiertamente incompatibles con el orden constitucional; por ejemplo, las que estarían posiblemente fabricadas por razones políticas o por la persecución de las ideas en general", apunta.

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