SCJN

La UNAM no está obligada a impartir posgrados de manera gratuita: Suprema Corte

Por mayoría de tres votos, la Segunda Sala rechazó amparar a un estudiante de la UNAM que quería estudiar una especialidad en la Facultad de Derecho sin pagar la cuota de recuperación.
miércoles, 26 de febrero de 2025 · 21:05

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó declarar que la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) esté obligada a impartir posgrados de manera gratuita. 

Por mayoría de tres votos, la Segunda Sala rechazó amparar a un estudiante de la UNAM que quería estudiar una especialidad en la Facultad de Derecho sin pagar la cuota de recuperación, y quien argumentó que dicho cobro vulneraba su derecho a recibir una educación gratuita. 

Originalmente la ministra Yasmín Esquivel Mossa presentó un proyecto que proponía amparar al estudiante al considerar que el cobro sí es contrario al derecho a la educación gratuita en el nivel superior. 

El caso fue sometido a debate en sesiones anteriores pero, debio a que en la Sala sólo hay cuatro ministros, se registró un empate en la votación, por lo que los ministros solicitaron apoyo de uno de los integrantes de la Primera Sala. 

Por ello, este miércoles el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá participó en la votación del asunto en la que afirmó que no se vulnera el principio de gratuidad de la educación, por lo que emitió voto en contra.

En su intervención el ministro explicó que aunque la Constitución sí contempla la gratuidad en estudios de posgrado, su garantía debe ser gradual y progresiva conforme a las posibilidades financieras de las instituciones educativas como la UNAM. 

Enfatizó entonces que el presupuesto asignado a la Facultad de Derecho le hace imposible impartir estos posgrados de manera gratuita, aunque puntualizó en que el estudiante tiene la opción de tomar la especialidad de manera presencial para que sea gratuita. 

“La Facultad de Derecho de la UNAM al ofrecer la especialidad a la que el quejoso quiere acceder, cumple con el principio de gratuidad porque dicha especialidad en la modalidad presencial es gratuita y el quejoso puede acceder a ella, la cuota que la Universidad cobra es para estar en posibilidad de abrir la modalidad virtual para la que se generan gastos extraordinarios para adquirir las tecnologías necesarias para poder impartirla de esta manera”, refirió. 

Debido a que la mayoría coincidió con González Alcántara Carrancá, el proyecto fue modificado para negar el amparo al estudiante quejoso.

Comentarios