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INAI celebra la decisión de la Corte que le permite volver a sesionar
“El fallo da muestra de la importancia de los equilibrios de poder en el país, así como de la vigencia de un Estado de Derecho”, afirmó el organismo de transparenciaCIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) celebró la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que sesione con solo cuatro integrantes y pueda desahogar los más de ocho mil recursos de revisión acumulados .
“Reconocemos la resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la que se permite al Pleno de este Instituto sesionar con cuatro integrantes”, destacó el INAI en su cuenta de X, antes Twitter.
El fallo de la SCJN, añadió, da muestra de la importancia de los equilibrios de poder, así como de la vigencia de un Estado de Derecho, en el que prevalezca el respeto a la Constitución y a los derechos humanos
“La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó conceder al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) la suspensión solicitada, para que el Pleno pueda sesionar con sus cuatro integrantes actuales, esto como medida cautelar en tanto el Senado de la República cumple con el nombramiento de los Comisionados pendientes”, destacó el organismo en un comunicado.
Una vez notificado el fallo y tras más de 140 días sin poder sesionar, el Pleno del INAI quedará habilitado para celebrar sesiones ordinarias, en las que presentará, discutirá y resolverá los más de 8 mil recursos de revisión acumulados, subrayó.
“Es importante dejar claro que cada asunto representa a una persona que vio vulnerado su derecho de acceso a la información o el de protección de datos personales y se mantiene a la espera de que el Pleno emita una resolución.
“El 27 de marzo de este año, el INAI interpuso ante la SCJN la controversia constitucional 280/2023, en la que demandó la omisión del Senado de la República para nombrar a tres Comisionados y solicitó la suspensión de la aplicabilidad del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia, para que el Pleno pudiera sesionar con su integración actual”, recordó.
Al admitir a trámite la controversia constitucional, la ministra Loretta Ortiz negó dicha suspensión, hecho que fue impugnado por el INAI, a través del recurso de reclamación 229/2023.
“Tras valorar los argumentos expuestos por el Instituto en el recurso de reclamación, este miércoles, la Segunda Sala de la SCJN, por mayoría de votos, le otorgó tal suspensión”, indicó.
El Pleno del INAI, actualmente conformado por la comisionada presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena; las comisionadas Norma Julieta del Río Venegas y Josefina Román Vergara, y el comisionado Adrián Alcalá Méndez, reconoció el compromiso de la Segunda Sala de la SCJN con la defensa de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales.
“El fallo da muestra de la importancia de los equilibrios de poder en el país, así como de la vigencia de un Estado de Derecho, en el que prevalezca el respeto a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los derechos humanos”, concluyó el INAI.
Desde el pasado primero de abril, el INAI se quedó con solo cuatro comisionados en pleno, debido a que Francisco Javier Llamas concluyó su periodo en el cargo. Con eso, dejó de tener el quórum necesario para que sus sesiones tengan validez legal.
Desde entonces, el pleno del INAI no ha podido sesionar más que en solo nueve ocasiones y únicamente por órdenes judiciales emitidas por jueces federales, que en juicios de amparo les ordenan resolver determinados asuntos.