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Revés al Conacyt: el científico Antonio Lazcano gana amparo contra su destitución
En sesión pública, los tres magistrados del Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa resolvieron por unanimidad que la sanción contra Lazcano violó su derecho humano de audiencia previa ya que no dejaron que el afectado se defendiera.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Luego de tres años de litigio, el científico emérito de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) Antonio Lazcano obtuvo un amparo contra la decisión del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) de separarlo de su cargo en la Comisión Dictaminadora del Área 2 de Biología y Química del Sistema Nacional de Investigadores.
En sesión pública, los tres magistrados del Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa resolvieron por unanimidad que la sanción contra Lazcano violó su derecho humano de audiencia previa ya que no dejaron que el afectado se defendiera.
Además, alude a un comunicado del Conacyt del 22 de septiembre de 2019, en el que lo acusó de faltista y de “haberle fallado al pueblo de México”.
El magistrado Juan Manuel Díaz Núñez argumentó que el Conacyt no pudo probar la infracción que supuestamente había cometido Lazcano.
“La autoridad responsable (Conacyt) al dar a conocer a la sociedad su postura sobre el caso, lo presentó como responsable de una infracción no demostrada, que ameritó como sanción la pérdida de su calidad de miembro de la Comisión Dictaminadora, lo que implica prejuzgar sobre los hechos y responsabilidad, en contravención de la presunción de inocencia”, sostuvo en su proyecto de sentencia.
Por su parte, el magistrado Gaspar Paulín, dijo que con este caso “se sientan precedentes de las actuaciones de las autoridades sobre la forma en la cual tiene que conducirse un principio del derecho a la buena fe de la administración pública hacia los gobernados, y sobre todo cuando regulan situaciones jurídicas propias de cargos académicos, que no sólo tienen una proyección en el aspecto económico, sino también en su reputación, en su imagen”.
Paulín señaló que, a fin de acatar la sentencia, el Conacyt tendrá que dar al amparo la misma difusión que dio al comunicado contra Lazcano, en el que notificó su separación del cargo por haber faltado a ocho de doce sesiones de la Comisión, justificando sólo cuatro ausencias.
Antecedentes
El 20 de septiembre de 2019, Lazcano fue notificado de su destitución vía correo electrónico con el argumento de faltar sin causa justificada a reuniones plenarias.
En el correo se argumentaba que conforme al el artículo 13, inciso d, los miembros de las comisiones dictaminadoras “perderán su condición de dejar de asistir sin causa justificada a reuniones plenarias”.
En su oportunidad, Lazcano argumentó que sus faltas fueron justificadas con oportunidad y las confusiones obedecían a errores de calendario de Mario de Leo, director del Sistema Nacional de Investigadores y Vocaciones Científicas del Conacyt.
A pesar de ello, el Conacyt insistió en la separación de Lazcano del cargo y difundió un comunicado en el que explicaba las razones del despido:
“El Dr. Lazcano fue notificado de la pérdida de su calidad como miembro de la Comisión Dictaminadora a la que pertenecía por incumplir con sus deberes y fallarle así a la comunidad y al pueblo de México”, dio a conocer el Consejo en septiembre del 2019.
“El Conacyt ha dejado de reproducir prácticas opacas que implicaban privilegios, favoritismos, discrecionalidad e impunidad cuando se violaban los reglamentos o leyes. La fama de un investigador no le autoriza a desentenderse de sus compromisos con la comunidad o a exigir un trato especial”, señalaba la notificación.
Sin embargo, Lazcano consideró que el cese fue por ser una de las voces más críticas hacia el gobierno y la administración de la directora del Conacyt, María Elena Álvarez-Buylla.