FGR
La reforma a la ley orgánica de la FGR implicará un retroceso en el tema de desaparecidos: CED
El CED señaló que la abrogación de la Ley orgánica de la FGR “implicaría un claro retroceso, particularmente por lo que se refiere a la búsqueda de personas desaparecidas y la investigación de su desaparición, así como para el cumplimiento por el Estado parte de sus obligaciones convencionales”.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas (CED) emplazó al Estado mexicano a “reconsiderar de forma urgente” la iniciativa del proyecto de decreto de la Ley de la Fiscalía General de la República y que abroga la Ley Orgánica de esa institución, al considerar sería un “retroceso” y que va en contra de la legislación en materia de desaparición de personas.
Tras urgir a una consulta sobre la reforma planteada por el fiscal Alejandro Gertz Manero, en una “Nota Verbal presentada por el CED a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) el 20 de enero, y que esa dependencia transmitió a la Cámara de Senadores, el órgano de Naciones Unidas con sede en Ginebra también pide al Estado mexicano que dé respuesta a la solicitud de visita a México, prometida por el presidente Andrés Manuel López Obrador en 2019.
En una transcripción de la “Nota Verbal”, el Comité de la ONU señala que “la aprobación de la iniciativa con proyecto de decreto” para anular la actual Ley Orgánica de la FGR, “implicaría un claro retroceso, particularmente por lo que se refiere a la búsqueda de personas desaparecidas y la investigación de su desaparición, así como para el cumplimiento por el Estado parte de sus obligaciones convencionales”.
El CED resaltó su inquietud por el contenido del artículo 14 de la iniciativa de decreto que propone derogar diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Comentó que la pretensión de la iniciativa de eliminar el artículo 24 de la Ley General, anula “criterios importantes que facultan a la FGR para asumir la competencia en casos de desaparición forzada radicados en fiscalías locales”, situación que es válida “cuando haya motivos para cuestionar la independencia o imparcialidad de una fiscalía local”.
En cuanto a la pretensión de desaparecer el artículo 45, fracción III, por la que la FGR deja de ser parte del Sistema Nacional de Búsqueda, el CED consideró que “perjudicaría el cumplimiento del Estado parte de su obligación de garantizar la búsqueda efectiva de las personas desaparecidas, y para tal efecto, de promover la coordinación entre las autoridades encargadas de la búsqueda y de la investigación penal”, sin contar con que para el CED es importante que la FGR fomente “la coordinación interinstitucional entre los actores del SNB”.
Deslinde
El órgano de Naciones Unidas consideró preocupante que con la modificación del artículo 68 de la Ley General, propuesto por el fiscal Alejandro Gertz Manero, se pretenda que “las comisiones de búsqueda serían las únicas instituciones encargadas de la búsqueda, excluyendo a las fiscalías”, lo que va en contra no sólo de la legislación local sino también de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra la Desaparición Forzada así como de los Principios Rectores para la Búsqueda de Personas Desaparecidas
“En virtud de estos principios, el proceso de búsqueda de personas desaparecidas debe interrelacionarse con la investigación penal. Ambos procesos deben llevarse a cabo con la misma efectividad, de manera que se garantice la retroalimentación regular y sin demora entre los avances y resultados obtenidos por las entidades de búsqueda y de investigación criminal”, sostuvo el CED en su “Nota Verbal”.
El CED explicó su preocupación acerca de la reforma referida, impulsada por el fiscal Alejandro Gertz Manero y respaldada por la mayoría de Morena en el Senado, en un proceso que “no habría permitido la participación activa de los allegados de personas desaparecidas y de las organizaciones que las acompañan”.
Advirtió que dicho impedimento “va contra el principio contenido en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, según el cual el Estado tiene la obligación de consultar con estos sectores cualquier proyecto legislativo relacionado con el tema de desaparición forzada”.
La “Nota Verbal” advirtió que los denominados “cafés temáticos” convocados por el Senado a la sociedad en general para discutir la reforma, llevados a cabo del 21 de diciembre de 2020 al 6 de enero de este año, se llevaron a cabo en temporada navideña y que su corta duración “no permitió una participación real y efectiva de las familias de los desaparecidos y de las organizaciones que las acompañan”.
El CED pidió al Senado de la República atender sus preocupaciones y que el proyecto se revise conforme a los principios de derechos humanos, en particular la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra la Desaparición Forzada.
De manera enfática, el CED urgió “realizar una consulta amplia y genuina sobre las diversas reformas que se desean inducir en la ley general, y se asegure la efectiva participación de los colectivos de familiares, las organizaciones de la sociedad civil acompañantes y personas expertas en la materia”.
Para el órgano de Naciones Unidas, lo factible sería “programar la discusión parlamentaria de dicha iniciativa luego de haber revisado el proyecto y tomado en cuenta las disposiciones expresadas durante la consulta” arriba mencionada.
El CED insistió en “abstenerse a realizar modificaciones a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, “en tanto no puedan llevarse a cabo todas las consultas y tomar en cuenta las preocupaciones expresadas”.
En la “Nota Verbal”, el CED recordó al Estado mexicano que el 18 de diciembre de 2019 y el 21 de agosto de 2020, le solicitó que “informara sobre la concreción de la aceptación de la visita del comité al país, y que designara un punto focal para avanzar con la organización de ella”, petición que hasta el momento no ha recibido respuesta.
Destacó que “si bien en este momento no es posible concretar la visita debido a las limitaciones impuestas por la pandemia causada por el covid-19”, es necesario avanzar en acuerdos para realizar la visita “tan pronto como las condiciones sanitarias lo permitan”.
Al fijar el 20 de febrero como fecha límite para dar respuesta sus solicitudes, el CED reiteró su pedido para que se “designe un punto focal con el cual el comité y su secretaría puedan avanzar en la concreción de la logística, las modalidades y la agenda de la visita”.