Opinión
Entregas sumarias, ¿seguridad nacional?
Los traslados recientes de presuntos capos de alto perfil a Estados Unidos no siguieron los cauces constitucionales ni los tratados internacionales. Cada entrega debilita el Estado de derecho que debería fortalecerse.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Estado mexicano no ha extraditado, ha entregado. Los traslados recientes de presuntos capos de alto perfil a Estados Unidos no siguieron los cauces constitucionales ni los tratados internacionales. Se presentaron como actos de cooperación bajo el argumento de la seguridad nacional. Sin embargo, la seguridad nacional no constituye norma sustitutiva, no reemplaza al procedimiento de extradición, no suspende garantías ni autoriza atajos. Lo que aparece como legalidad es, en realidad, una apariencia jurídica que oculta una práctica contraria al principio de seguridad jurídica. La cuestión es clara: cada entrega debilita el Estado de derecho que debería fortalecerse.
Primero. La Constitución, la Ley en materia de extradición y los tratados bilaterales prevén con precisión el procedimiento de extradición. Ese marco incluye solicitud formal, revisión judicial, oportunidad de defensa, garantía de especialidad y condición de no aplicar la pena de muerte. El diseño responde a una doble lógica: proteger los derechos de la persona reclamada y preservar la soberanía del Estado frente a abusos. La entrega sumaria prescinde de todo ello. La revisión judicial se omite, la defensa se niega y la decisión se concentra en el Ejecutivo. El Poder Judicial queda reducido a testigo y la legalidad a retórica. El discurso oficial presume eficacia: captura inmediata y traslado expedito. Pero lo que se muestra como cooperación es simulación jurídica.Cada entrega transmite a la sociedad un mensaje corrosivo: la justicia mexicana resulta incapaz de juzgar a sus propios delincuentes. La consecuencia es una erosión de confianza en las instituciones nacionales. El remedio aparente debilita el sistema que debía fortalecerse.
Segundo. La Ley en el ámbito de seguridad nacional define el concepto en términos generales: proteger integridad, independencia y soberanía. No obstante, se trata de un concepto político, abierto y susceptible de una amplísima interpretación, alejada por entero de lo previsto en el artículo 1º constitucional en materia de principio pro-persona e interpretación conforme. Su invocación debería ser excepcional y proporcional. El uso actual lo transforma en comodín. La seguridad nacional se invoca para justificar entregas sumarias y para suplantar procedimientos judiciales. De esta forma, el Ejecutivo se coloca como juez supremo y decide con discrecionalidad lo que debería estar sujeto a revisión judicial. La división de poderes se desdibuja y la seguridad nacional se degrada en pretexto. El precedente resulta grave. Hoy se aplica contra presduntos narcotraficantes; mañana puede emplearse contra opositores, periodistas o líderes sociales. El concepto amplio habilita arbitrariedad. Casos internacionales lo muestran: Guantánamo en Estados Unidos, medidas de excepción en Colombia, persecuciones masivas en Turquía. En todos los ejemplos, la excepción devoró a la regla y el Estado de derecho salió erosionado.
Tercero. La práctica de entregas sumarias encarna, de manera implícita, la lógica del derecho penal del enemigo. Esta doctrina, elaborada en Alemania, distingue entre ciudadanos y enemigos: a los primeros se les respetan garantías, a los segundos se les neutraliza como amenazas. El Estado mexicano, al entregar sin proceso judicial, aplica ese modelo de facto. A quienes clasifica como enemigos no se les reconoce presunción de inocencia ni derecho de defensa. Se les traslada sin más, como piezas a neutralizar. La práctica niega la condición de ciudadano pleno y genera un terreno fértil para expandir la lógica hacia otros sectores. Hoy el destinatario es el calificado como narcotraficante por el Estado mexicano y el receptor. Mañana puede ser el opositor, el crítico o el inconforme. La frontera se disuelve cuando la legalidad se relativiza. En un Estado constitucional, esa lógica resulta inaceptable. La legitimidad de la justicia descansa en aplicar la ley incluso a los peores delincuentes. Cuando se niega esa premisa, lo que desaparece no es la amenaza, sino el derecho mismo. Debe quedar claro que la seguridad nacional no sustituye a la Constitución, no reemplaza tratados, no justifica atajos. Las entregas sumarias constituyen simulación jurídica y práctica contraria al principio de seguridad jurídica. Representan la materialización del derecho penal del enemigo en el ámbito nacional.
Un Estado que entrega sin proceso no demuestra fuerza, demuestra fragilidad. Un Estado que delega justicia renuncia a su soberanía. Y un Estado que confunde seguridad con arbitrariedad erosiona su propio Estado de derecho.
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