Opinión
La ministra Esquivel contra los defensores del medio ambiente
Lo último que tendrÃa que conocerse es que propuestas similares de la ministra Esquivel ya habÃan sido rechazadas por quienes integraban la extinta Segunda Sala de la Corte.¿A quién representa la ministra YasmÃn Esquivel con su propuesta de restringir el interés legÃtimo de las asociaciones ambientalistas para promover amparos en defensa del medio ambiente?
Hoy dÃa, cabe iniciar con esa pregunta, porque la ministra es una funcionaria votada. Obviamente se dirá que no puede responder a los intereses de su electorado, difÃciles de conocer y precisar. Pero en mi opinión, tampoco se podrá defender que su propuesta para resolver la contradicción de criterios 217/2021 representa un acercamiento de la justicia favorable a la población.
Su proyecto, por el contrario, y que quedó pendiente de votación en la sesión de ayer jueves, conlleva que las organizaciones que se han fundado para defender el medio ambiente, tendrán muy pocas posibilidades de litigar amparos exitosos para exigir el respeto al derecho a un medio ambiente sano y el cuidado de nuestros ecosistemas y demás seres vivos del planeta.
Con eso en mente, me parece que tiene importancia exhibir las malas razones que sustentan su proyecto.
Primera falacia: si se reconoce amplio interés legÃtimo a las organizaciones para defender el medio ambiente, el Poder Judicial se verá saturado de amparos. Esa suposición es suya, es sólo eso.
No tiene diagnóstico alguno que la sustente y sà parte de una creencia improbable: que a la gente le sobra el tiempo para presentar demandas frÃvolas para complicar a los pobres juzgados y tribunales de amparo. Y si fuera verdad, si muchos amparos se presentaran para una misma causa, siempre se podrán concentrar o acumular y resolverse en una sola sentencia.
Llevado su razonamiento a otras áreas, un dÃa nos van a decir que hay muchos amparos en materia penal, fiscal o laboral, y que es necesario restringir el interés para plantear amparos y disminuir los pendientes judiciales.
Segunda argucia del planteamiento: un interés legÃtimo amplio para organizaciones ambientalistas es contrario a las bases constitucionales del amparo. Eso no es correcto, la afectación que se exige en el artÃculo 107 constitucional, debe leerse al menos conforme a los compromisos del Acuerdo de Escazú y su reconocimiento al derecho a la justicia ambiental.
Es un derecho que se reconoce para todo público y que mandata que los Estados parte, como México, aseguren una legitimación activa amplia para defender al medio ambiente. La maniobra a la que recurre el proyecto de la ministra Esquivel es cerrar el interés legÃtimo y luego, por eso, decir que no hay fundamentos constitucionales para sostener una legitimación amplia.
Tercera equivocación de la propuesta: ordenar una metodologÃa para acreditar que se cuenta con interés legÃtimo, bajo el enfoque que aplicaba a los amparos promovidos por personas fÃsicas y comunidades, pero que evidentemente causa complejidades insuperables para los casos que promueven organizaciones ambientalistas.
Esa metodologÃa se basa en los servicios ambientales que los ecosistemas proporcionan y si las personas se benefician de ellos, por su cercanÃa, por su uso o por estar en sus áreas de influencia. Lo cual implicarÃa que las organizaciones tendrÃan que ubicarse o utilizar los ecosistemas que buscan defender.
Esa cuestión tiene un añadido nada menor: pensar en la naturaleza sólo en términos de lo que podemos aprovecharnos de ella. Lo correcto es lo opuesto, avanzar en entender que la naturaleza tiene una valÃa en sà misma considerada y no por lo que podemos beneficiarnos de ella. Asà que este criterio también podrÃa cerrar la puerta (incluso cuando apenas estaba por abrirse), para darle voz al resto de seres con quienes compartimos la Tierra.
Cuarto, una burla. El proyecto sostiene que aunque se restrinja el interés de las organizaciones, ellas conservan otras vÃas de participación para cumplir su objeto, distintas a litigar amparos. Además de la ofensa, falaz es esa parte del proyecto, pues imponer esa restricción del interés es una regresión contraria al derecho de acceso a la justicia, que no es igual que el derecho a participar en asuntos ambientales.
Lo último que tendrÃa que conocerse es que propuestas similares de la ministra Esquivel ya habÃan sido rechazadas por quienes integraban la extinta Segunda Sala de la Corte.
Es un detallito que revela con crudeza a lo que nos enfrentamos con una nueva Corte, sobre todo si una mayorÃa de la actual integración decide apoyar un proyecto regresivo, inconstitucional, inconvencional y en detrimento de la naturaleza y la población.
Si esta propuesta prospera, la reforma en marcha a la Ley de Amparo ya ni siquiera serÃa necesaria para limitar la figura del interés legÃtimo en materia ambiental. El costo lo pagarÃamos todo mundo. Las personas defensoras del medio ambiente quedarÃan en grave riesgo en este paÃs, pues las organizaciones ya no tendrÃan al amparo para acompañarlas. Y también la afectación serÃa para la sociedad en su conjunto, pues perderÃa a esas defensoras del medio ambiente, y por supuesto, la naturaleza y los seres que viven en ella.
Por eso vale la pena reiterar, ¿a quiénes beneficia la ministra Esquivel con su propuesta?