Ernesto Villanueva

Reforma Constitucional: ¿Hay el riesgo de incumplir el T-MEC y tratados?

Las funciones que actualmente desempeñan la COFECE, el IFETEL y el INAI deben mantenerse, con los ajustes necesarios, a través de la reforma institucional y la denominación que decida el Poder Legislativo.
lunes, 12 de agosto de 2024 · 23:14

Recientemente se ha afirmado que la iniciativa de reforma constitucional del presidente Andrés Manuel López Obrador corre el riesgo de que si se aprueba habría incumplimiento a los términos firmados en el Tratado de Libre Comercio México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) o de que violaría algunos tratados internacionales. Veamos que tanto es cierto o no de lo que se ha sostenido con afirmaciones generales y sin datos.

Primero, el argumento sobre el posible incumplimiento de normas internacionales que obligan a México se ha enfocado en tres organismos constitucionales autónomos (OCAs): la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). ¿Existe algún riesgo real de incumplir compromisos internacionales si se reforma la Constitución conforme a sus normas procesales? La respuesta es clara: no, en absoluto. Al revisar los artículos del T-MEC y otros tratados relevantes, no se encuentran disposiciones que exijan explícitamente la existencia de OCAs en México. Sin embargo, en el caso del IFT, sí existe el compromiso específico de contar con un órgano regulador independiente, pero las normas vinculantes para México no detallan su naturaleza jurídica. De hecho, el artículo 187.17 del T-MEC establece que “Cada Parte asegurará que su organismo regulador de telecomunicaciones sea independiente”.(https://www.gob.mx/t-mec/acciones-y-programas/textos-finales-del-tratado-entre-mexico-estados-unidos-y-canada-t-mec-202730?state=published) Lo ideal -y factible en este caso- es que, como ocurre en Canadá y Estados Unidos, se mantenga un organismo descentralizado con autonomía legal, ya que contribuye a su independencia. Aunque es cierto que el Congreso de la Unión podría reformar la ley o que la Presidencia podría emitir un decreto (aunque sería indeseable) para establecer un organismo desconcentrado. Debe quedar claro que la decisión política sobre la naturaleza del organismo no depende de que implique un mayor o menor presupuesto. Ambas opciones pueden ser igualmente eficaces en términos presupuestales, aunque no de independencia.

Segundo, en cuanto a la COFECE, el compromiso es más general, dado que el artículo 21.4 del T-MEC establece: “Cada Parte mantendrá una autoridad o autoridades nacionales de competencia responsables de la aplicación de sus leyes nacionales de competencia”. Esto abre la posibilidad de asignar dicha función a una estructura existente, aunque sería recomendable que, al igual que con el IFT, se procure crear un organismo austero, pero con independencia técnica para cumplir adecuadamente con sus atribuciones, algunas de las cuales están plasmadas a lo largo del artículo 21 del T-MEC. En el caso del INAI, el T-MEC ni siquiera menciona la necesidad de un organismo específico, ya que el artículo 27.4 del tratado señala que “cada Parte, de conformidad con los principios fundamentales de su sistema legal, adoptará o mantendrá: b) medidas para promover la transparencia en la conducta de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones públicas”. Por su parte, el Protocolo adicional al Convenio 108 en materia de protección de datos personales prevé en el artículo 1, numeral 3, que “Las autoridades de control ejercerán sus funciones con total independencia”. En los países que han suscrito este Protocolo no se observan siquiera requisitos de emulación de un organismo con autonomía legal de naturaleza descentralizada. En Argentina, la autoridad en protección de datos personales es la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, creada por un decreto presidencial y dependiente “con independencia técnica” de una secretaría del Poder Ejecutivo (Decreto 1558/2001). En Uruguay, el artículo 31 de su Ley de Protección de Datos Personales establece la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales como un órgano desconcentrado de una agencia gubernamental, “dotado de la más amplia autonomía técnica”.

Tercero, las funciones que actualmente desempeñan la COFECE, el IFETEL y el INAI deben mantenerse, con los ajustes necesarios, a través de la reforma institucional y la denominación que decida el Poder Legislativo. El organismo que sustituya a la COFECE debe encargarse, entre otros aspectos, de: a) Evitar aumentos injustificados de precios, asegurando la competencia real entre oferentes de bienes y servicios; b) Proteger a la población contra abusos, vigilando que las empresas en el mercado actúen con transparencia y no se aprovechen de los consumidores; c) Proteger a los pequeños empresarios, evitando que sean absorbidos o expulsados del mercado por grandes compañías; y d) Asegurar una mayor calidad en los productos disponibles, incentivando la competencia. El organismo que sustituya al IFT debe: a) Mejorar la calidad de los servicios en el sector de telecomunicaciones, siendo la autoridad reguladora que garantice la operación adecuada de las empresas del ramo; b) Promover el acceso a mejores tecnologías a través de sus atribuciones en el fomento del desarrollo tecnológico; c) Garantizar precios justos en los servicios de telefonía, internet y telecomunicaciones en general; y d) Promover la pluralidad en los medios sujetos a concesión, con criterios técnicos. Finalmente, el organismo sucesor del INAI debe: a) Promover de manera efectiva la cultura del derecho de acceso a la información en el sistema educativo nacional; b) Administrar el vasto caudal de información contenido en la Plataforma Nacional de Transparencia; y c) Regular y proteger el derecho a la privacidad y protección de datos personales, también trabajando en la base de la pirámide social. Todo esto es compatible con la austeridad, y puede reflejarse en nuevos diseños institucionales que busquen hacer más con menos.

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