Ernesto Villanueva
AMLO, NYT y el celular, aclaraciones necesarias
López Obrador no debió dar a conocer públicamente el teléfono celular de la jefa de la corresponsalía de The New York Times en México, toda vez que se trata de un dato personal sensible que, por regla general no puede divulgarse.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Los hechos recientes del jueves 22 y viernes 23 de febrero en la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador con motivo del reportaje de The New York Times sobre la supuesta vinculación del entorno íntimo o cercano del jefe del Ejecutivo Federal al narcotráfico se ha vuelto, a la luz de la polarización de la agenda pública, un intercambio de puntos de vista fuertes que reclaman un ejercicio de análisis más reposado. Veamos.
Primero. Tengo la convicción de que mensaje de la corresponsal de The New York Times en México, Natalie Kitroeff, al vocero presidencial, Jesús Ramírez, solicitando fijar postura sobre las imputaciones vertidas sobre el presidente y su círculo cercano y familiar de recibir recursos de procedencia ilícita no es una pieza que observe los mejores estándares de la ética periodística por la forma en que está enviada (por ejemplo la pregunta en tono de afirmación que el presidente López Obrador viajó a Badiraguato a ver a la madre del señor Joaquín López Loaera), por la ausencia de datos duros que le habrían dado fuerza a ese cuestionario y porque finalmente la pieza periodística publicada (https://www.nytimes.com/es/2024/02/22/espanol/amlo-investigacion-narcotrafico.html) no arrojó ninguna luz sobre el tema, habida cuenta de que el propio texto reconoce que los dichos de las fuentes no eran fiables ni para el presidente (“ aunque los esfuerzos recientes de los funcionarios estadounidenses identificaron posibles vínculos entre los cárteles y los asociados de López Obrador, no hallaron conexiones directas entre el presidente en sí y organizaciones delictivas.”) ni para su entorno cercano (“Buena parte de la información recolectada por los funcionarios estadounidenses provenía de informantes cuyos testimonios pueden ser difíciles de corroborar y en ocasiones resultan ser incorrectos”).
Segundo. Sin demérito de lo anterior, también estoy convencido de que el presidente López Obrador no debió dar a conocer públicamente el teléfono celular de la jefa de la corresponsalía de The New York Times en México, toda vez que se trata de un dato personal sensible que, por regla general no puede divulgarse, de acuerdo lo establecido en el artículo 16, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su ley reglamentaria, ni tampoco la vulneración del derecho a la protección de datos personales encuentra en este caso alguna de las excepciones que establece el artículo 22 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Sin duda el honor y la dignidad del presidente de la República son muy valiosas, sobre todo cuando no hay pruebas ni indicios razonables que permitan pensar lo contrario, pero ese valor no está previsto en el citado catálogo de excepciones para no atender el principio de secrecía que prescribe la ley en la materia. El tema de fondo no es, a mi juicio, si debe o no preocuparse la corresponsal del diario estadounidense por la divulgación de su teléfono por ponerla en riesgo, sino que el mensaje que envía el presidente de la República al no testar ese dato en el cuestionario que le fue enviado es equivocado para los sujetos obligados a observar las disposiciones constitucionales y legales vigentes, quienes con razón podrían preguntarse si también pueden replicar esa conducta cuando a su libre juicio hay elementos para hacerlo al margen de los limitados casos de excepción legalmente permitidos.
Tercero. Al día siguiente, el asunto cobró una mayor relevancia por las preguntas y observaciones de Jesica Zermeño, corresponsal de Univisión, quien dicho sea de paso la conozco desde hace años y tengo la mejor impresión de ella porque es una periodista muy profesional, rigurosa y seria y, por desgracia, tuvo que soportar estoicamente el reclamo presidencial, sin perder la compostura, y la serie de adjetivos descalificativos al trabajo de su medio y de los medios extranjeros durante media hora. Aquí hay que dejar claro tres cosas: a) El presidente de la República debe observar una conducta de autocontención y prudencia por el cargo que ostenta como primer mandatario de un país; b) Paradójicamente el presidente no observó sus propias proclamas de que jamás debe resolverse el fuego con el fuego como lo ha expresado en el tema de la violencia en México. En esta oportunidad, el presidente se despojó de su investidura presidencial y se comportó como si fuera un ciudadano más enojado, con razón también hay que apuntarlo, por la difusión de un texto periodístico poco afortunado, cuando era momento propicio para mostrar serenidad con firmeza en el fondo y suavidad en la forma precisamente para demostrar que no se combate “el fuego con el fuego” ni se aplica la ley del talión, como lo ha defendido reiteradamente en la lucha contra el crimen organizado o no y c) El principio de la transparencia y la protección de datos personales supone por definición que debe haber la mayor transparencia de las autoridades, de los gobernantes que garantizan las leyes y, por el contrario, la mayor opacidad de los particulares, de los ciudadanos sean o no periodistas, salvo en las excepciones que la ley dispone. En suma, a mayor poder como lo es el del presidente en un régimen presidencial como México debe haber también mayor responsabilidad.
@evillanuevamx
ernestovillanueva@hushmail.com