Elecciones 2024
Tribunal Electoral perfila validar el triunfo de Claudia Sheinbaum en la elección presidencial
El proyecto propone declarar improcedente el juicio promovido por Xóchitl Gálvez y rechaza los argumentos sobre la presunta intervención de AMLO, el contexto de violencia generalizada, el uso sesgado de los programas sociales y la coacción y compra del votoCIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio a conocer el proyecto de resolución sobre la elección presidencial, el cual prevé desechar las quejas de la oposición y validar el triunfo de Claudia Sheinbaum en la elección presidencial del 2 de junio.
En un comunicado, el TEPJF informó que la Comisión Especial integrada por los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Fuentes Barrera culminó sus trabajos con la publicación del proyecto de resolución de los juicios de nulidad presentados en contra de la elección presidencial.
El proyecto, que será estudiado por el resto de los magistrados de la Sala Superior, propone declarar improcedente el juicio promovido por Xóchitl Gálvez Ruiz, candidata de PAN, PRI y PRD, por carecer de interés jurídico al no haber solicitado la nulidad de la elección presidencial.
Asimismo, el proyecto propone declarar infundada la pretensión de nulidad de la elección presidencial alegada por distintos partidos políticos.
DESCARTA AGRAVIOS
En la síntesis del proyecto se presenta un cuadro que resume los agravios denunciados, las pruebas aportadas y la síntesis de la contestación.
Sobre el contexto de violencia generalizada e intervención del crimen organizado, el proyecto considera infundados los planteamientos, al señalar que se hace referencia a situaciones de violencia aislada o focalizada en su mayoría en lo municipal y lo local, basasas en opiniones subjetivas o meras percepciones.
En cuanto a la intervención del presidente Andrés Manuel López Obrador en sus conferencias mañaneras, el proyecto expone que “no es posible tener por acreditada la intervención sistemática y reiterada del Ejecutivo Federal porque se refieren a acontecimiento aislados que, de acuerdo con la magnitud de la participación ciudadana no afecta la elección”.
Asimiosmo señala que tampoco se prueba una injerencia sistemática y reiterada de las gubernaturas y del resto de personas del servicio público, pues, en esencia, se trata de hechos aislados.
Tampoco, de acuerdo con el proyecto, se acreditó una aplicación sesgada de los programas sociales y tampoco se demostró coacción y compra de votos.
La síntesis del proyecto de elección presidencial 2024 expone los siguientes elementos:
SENTIDO DEL PROYECTO
- Se desecha la demanda presentada por Xóchitl Gálvez Ruiz (SUP-JDC-906/2024) por carecer de interés jurídico.
- Se declara infundada la pretensión de nulidad de la elección de Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.
NATURALEZA DEL JUICIO DE INCONFORMIDAD (JIN)
- El JIN fue diseñado para controvertir, entre otras, la elección de presidencia de México, por nulidad de toda la elección.
- No es una vía declarativa, ni un medio para establecer responsabilidades o aplicar medidas de reparación ni garantías de no repetición. Así que la litis se ceñirá a analizar si se prueban los hechos aducidos y si estos traen consigo la nulidad de la elección presidencial.
PRETENSION DE LAS PARTES
- Xóchiti Gálvez Ruiz: de forma expresa señala que no solicita la nulidad de la elección, sino que manifiesta cuestiones que, a su juicio, deben considerarse al validar la elección presidencial, sin señalar cómo se afectó su derecho a ser votada.
- PAN, PRD y PRI: solicitan la nulidad de la elección.
IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA DEL SUP-JDC-906/2024
- Xóchitl Gálvez Ruiz carece de interés jurídico y por tanto su demanda es improcedente, pues de forma expresa señala que su pretensión no es la nulidad de la elección presidencial, además de que no hace valer agravio alguno para demostrar una afectación a sus derechos.