Suprema Corte

SCJN determina que Lenia Batres puede resolver impugnación de Salinas Pliego en amparo contra UIF

El multimillonario había solicitado que Lenia Batres no resolviera el amparo con el que busca evitar que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) acceda a su información bancaria.
miércoles, 5 de marzo de 2025 · 16:15

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la ministra Lenia Batres Guadarrama sí puede resolver una impugnación que Ricardo Salinas Pliego presentó en el amparo que tiene pendiente contra la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de solicitar su información bancaria.

Durante la sesión de este miércoles, los ministros avalaron por unanimidad la propuesta de la ponente, Margarita Ríos Farjat para desechar el impedimento planteado por el empresario contra Batres Guadarrama en un recurso de reclamación.

Dicho recurso derivó de un amparo en revisión que la misma ministra Batres tiene pendiente de resolver y con el que Salinas Pliego busca que la UIF no pueda acceder a su información bancaria.

En este asunto, el 1 de diciembre de 2021 la UIF solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) toda la información bancaria, crediticia y bursátil de Ricardo Salinas Pliego del 1 de enerto de 2012 a la fecha de la petición como parte de una revisión para determinar si el empresario estaba o no incurriendo en delitos financieros.

Por ello, el dueño de Grupo Salinas tramitó un amparo en el que argumentó que la UIF estaba violentando su derecho al secreto bancario y bursátil.

El juez Décimosexto de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México declaró inconstitucionales los artículos de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley de Marcado de Valores que facultan a la UIF a solicitar la información bancaria de una persona sin necesidad de tener una autorización previa de un juez.

Por ello, el juez le concedió el amparo para que la UIF no le aplique esos artículos a Salinas Pliego.

Contra esa sentencia el presidente de la República, que en aquel momento Andrés Manuel López Obrador, y el titular de la UIF, Pablo Gómez Álvarez presentaron recursos de revisión que posteriormente llegaron a la Corte.

Los recursos fueron turnados a la ministra Lenia Batres quien ya presentó su proyecto de resolución en el que prevé revocar la sentencia de amparo que beneficia al empresario y declarar constitucional la facultad de la UIF para obtener su información bancaria sin necesidad de contar con la autorización previa de un juez.

Fuentes federales confirmaron que Salinas Pliego planteó el impedimento para que Batres ni siquiera pueda resolver ese amparo, pero la Presidencia de la Corte desechó su petición.

Contra ese acuerdo, de trámite, el empresario presentó recurso de reclamación pero como debía resolverlo Batres, planteó otro impedimento contra la ministra que al ser desechado por la Primera Sala tiene como consecuencia que la ponente sí podrá resolver la impugnación.

De acuerdo con las fuentes consultadas la Primera Sala estableció el criterio de que cuando se trata de asuntos de mero trámite los impedimentos deben desecharse prácticamente en automático.

“Cuando se pretende que una Ministra se abstenga de resolver un recurso de reclamación interpuesto contra un acuerdo de trámite dictado en un impedimento, o incluso cuando la recusación se formula para que algún Ministro o Ministra no conozca un diverso impedimento. De permitir lo contrario se propiciarían prácticas dilatorias que, desde luego, son contrarias a la impartición de justicia expedita a que se refiere el artículo 17 de la Constitución Política del país”, indicó la ministra Ríos en la propuesta avalada por la Sala.

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