SCJN
SCJN invalida casi la mitad de los artículos de la Ley de Centros Penitenciarios de la CDMX
Los ministros señalaron que dicha ley reglamentaba temas como la ubicación de los presos, el régimen de visitas y comunicación o el sistema de reinserción social, que deben ser regulados en la Ley Nacional de Ejecución Penal.CIUDAD DE MÉXICO (apro).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló casi la mitad de los artículos de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México, al considerar que estos regulan aspectos que corresponde legislar exclusivamente al Congreso de la Unión.
Durante la sesión de este martes, los ministros en mayoría señalaron que dicha ley de la CDMX regulaba temas como la ubicación de los presos, el régimen de visitas y comunicación o el sistema de reinserción social, que deben ser regulados en la Ley Nacional de Ejecución Penal.
Así, los ministros dieron la razón a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y a propuesta de la ministra Yasmín Esquivel, el tribunal pleno invalidó 62 de los 142 artículos de la legislación, debido a que los diputados de la Ciudad de México invadieron una materia legislativa que, según el artículo 73 de la Constitución, compete regular exclusivamente al Congreso de la Unión,
“La Ley Nacional de Ejecución Penal en su artículo primero estableció que dicho ordenamiento deberá observarse durante el internamiento por prisión preventiva en la ejecución de penas y en las medidas de seguridad impuestas como consecuencia de una resolución judicial, así como en los procedimientos para resolver las controversias que surjan con motivo de la ejecución penal y regular los medios para lograr la reinserción social. En consecuencia, ninguno de estos aspectos puede ser regulados por las legislaturas estatales ni siquiera en forma de reiteración”, señaló Esquivel Mossa al exponer su proyecto.