desaparición forzada

ONU-DH celebra que la Corte confirme el amparo en casos de desaparición de dos militantes del EPR

El organismo de derechos humanos consideró positivo que en el documento de la SCJN se reconozca la gravedad de los actos de desaparición forzada.
jueves, 11 de agosto de 2022 · 15:00

CIUDAD DE MÉXICO (apro).– La oficina en México de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) celebró la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que confirma el amparo que obliga a las instituciones del Estado mexicano a garantizar el derecho de toda persona desaparecida a ser buscada.

En un pronunciamiento, la ONU-DH se refirió a la resolución del miércoles 10 de agosto en que la Primera Sala de la SCJN confirmó el amparo en revisión 51/2020, otorgado en favor de los militares del Ejército Popular Revolucionario (EPR) Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Cruz Sánchez, desaparecidos desde 2007 en Oaxaca, que también favorece a los familiares de las víctimas.

El resolutivo, que obliga entre otras cosas a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) a abrir sus cuarteles como parte de la investigación y dar con el paradero de los activistas, establece criterios de actuación para los impartidores de justicia “en temas relacionados con esta importante y dolorosa materia que aflige a miles de personas en México”, destacó la ONU-DH.

De acuerdo con el análisis del organismo internacional, entre los aspectos relevantes de la resolución de la SCJN destacan el reconocimiento de la gravedad de la desaparición forzada y su impacto en las víctimas y sus familiares, así como la urgencia de “fortalecer los mecanismos para combatir esa práctica”, basados en los estándares fijados por el Comité de la ONU sobre  la Desaparición Forzada (CED) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

Apuntó que el resolutivo “reitera el reconocimiento del derecho a las personas desaparecidas a ser buscadas con vida y bajo un enfoque diferencial, así como la importancia del derecho a la verdad”.

Asimismo, se fijan criterios para los impartidores de justicia en materia de amparo, estableciendo “un estándar de prueba atenuado en la definición de las desapariciones forzadas” y los faculta para “fijar medidas encaminadas a promover una reparación integral a las víctimas”.

Al señalar que la sentencia emitida ayer se suma a una anterior resolución en la que la SCJN “reconoció la fuerza vinculante a las Acciones Urgentes emitidas por el CED”, para la búsqueda y localización de personas desaparecidas, la ONU-DH resaltó el papel de los poderes judiciales del país “como instancias garantes de los derechos de las víctimas del flagelo de la desaparición de personas”.

Recordó que en el informe del CED sobre su visita a México llamó a “remover los obstáculos que impiden la judicialización de los casos de desapariciones forzadas”, que siguen siendo mínimas, por lo que la ONU-DH confió en que la decisión de la víspera “sea un parteaguas en el quehacer jurisdiccional para las familias que buscan justicia, verdad y reparación”.

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