PRD
El Inai ordena al PRD esclarecer quién lo dirige y cuánto gana
El Inai instruyó al Partido de la Revolución Democrática (PRD) a esclarecer quién dirige el instituto político, así como sus percepciones económicas y su declaración patrimonial.CIUDAD DE MÉXICO (proceso.com.mx).– El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) instruyó al Partido de la Revolución Democrática (PRD) a esclarecer quién dirige el instituto político, así como sus percepciones económicas y su declaración patrimonial.
El ordenamiento se desprende de un recurso de revisión que interpuso el solicitante de la información que pidió su sueldo y prestaciones anuales, así como la declaración de impuestos y la patrimonial, explicó el INAI en un comunicado.
A 33 años de que su fundación como partido, que fue presidido por el actual mandatario Andrés Manuel López Obrador, el PRD respondió de manera “extemporánea” a una solicitud de información ciudadana que “no tiene dirigente”.
En la contestación, que no fue notificada al solicitante debidamente, el partido fundado por Cuauhtémoc Cárdenas dijo que “no existe la figura de ‘Dirigente’ en su estructura orgánica” y que la representación y direcciones ejecutivas del partido “son de carácter honorífico, por lo tanto, (…) no resultaba procedente el envío de la declaración de impuestos ni la patrimonial”.
Al destacar que el sujeto obligado respondió después de que el ciudadano interpuso el recurso de revisión, el consejero del INAI, Oscar Guerra Ford, resaltó que “el PRD no atendió de manera exhaustiva la solicitud de información”.
Además, el PRD “no respondió en los tiempos que marca la legislación en la materia, cuestión que resulta sumamente importante, pues en la medida que se cumple con los plazos, aumenta la confianza de las personas que ejercen este derecho”, sin contar con que para la ciudadanía resulta “decepcionante no obtener respuesta en los tiempos establecidos”.
Apuntó que la respuesta proporcionada por el instituto político “es equiparable a no haber atendido dicho punto del requerimiento, pues no informó el nombre de la persona que dirige el partido, sea cual sea su denominación”.
En su ponencia, Guerra Ford criticó que el ente obligado “no manifestó que la documentación fuera inexistente, clasificada o resultara competencia de otro sujeto obligado presentarla, por lo cual es posible deducir que el PRD cuenta con dicha información”.
El comisionado ponente expuso que “se sabe que el sujeto obligado cuenta con dichas declaraciones de su presidente nacional, dado que la normatividad así lo pide, por lo que no importa la forma que se haya hecho de la información, lo importante es que sí obran en sus expedientes, dado que así lo marca la normatividad, por lo cual estos debieron ser entregados al particular y no informar que era improcedente el envío”
Por unanimidad, el pleno del Inai “ordenó al PRD informar el nombre de la persona que ocupa el cargo de presidente nacional del partido y entregar su declaración de impuestos y la patrimonial”, cuidando de entregar versiones públicas en atención al cuidado de los datos personales.
El comisionado Guerra Ford consideró que este caso “ejemplifica las prácticas que deben superar las instituciones públicas urgentemente, pues a casi 20 años de la interpretación del derecho de acceso a la información en México, los sujetos obligados a veces actúan de una forma que no es correcta ni expedita”.