Estado de México

Codhem emite recomendación a Capulhuac por agresión de exalcaldesa a empleada del DIF

Selene “N” se encuentra suspendida temporalmente de su cargo público y vinculada a proceso para que se investigue su probable responsabilidad en el delito de abuso de autoridad.
lunes, 1 de septiembre de 2025 · 19:37

TOLUCA, Edomex. (apro).- Por la agresión de Selene “N”, otrora alcaldesa propietaria de Capulhuac, a una trabajadora del sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) municipal, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) emitió la Recomendación 14/2025, dirigida a la persona titular del ayuntamiento.  

El organismo defensor concluyó que las conductas de las personas agresoras hicieron que la empleada agredida fuera víctima de tratos crueles, inhumanos y degradantes, configurados a través de violencia de género, física, psicológica, sexual, patrimonial, simbólica, digital e institucional.  

Selene “N” se encuentra suspendida temporalmente de su cargo público y vinculada a proceso para que se investigue su probable responsabilidad en el delito de abuso de autoridad, cometido en agravio de la administración municipal y de Miriam “N”, psicóloga del DIF, a quien habría agredido física y verbalmente.   

Los hechos que se le imputan fueron denunciados por la víctima, primero, mediante un video que alojó en redes sociales, en el que apareció con moretones e hinchazón en los ojos y boca; en él asegura que fue agredida física, verbal y sexualmente por la alcaldesa, en complicidad con su hija y la policía Ana Lucía “N”.   

De la relatoría de la queja se desprende que el 2 de mayo de 2025, personal del DIF, incluida la víctima, fue convocado a una reunión para discutir las entonces recientes actividades de la celebración del Día del Niño.  

Durante el encuentro, de inicio, la presidenta municipal cuestionó a quienes se encontraban en la sala, y después, sin mediar palabra, una policía del género femenino que acompañaba a la edil sujetó a Miriam, mientras Selene “N” la insultaba y agredía físicamente.  

Al concluir el ataque, la víctima salió de la sala y solicitó a las personas de la secretaría particular de la presidencia del DIF que la dejaran ir, dadas las condiciones en que se encontraba.  

Sin embargo, las servidoras públicas se negaron y la metieron a su oficina. La víctima se encontraba desorientada, circunstancia que aprovechó la mujer policía para despojarla de su celular, tarjeta de banco, credencial de elector y una mochila. Al salir del edificio, nadie le prestó auxilio pese a la agresión.  

Por los hechos, la Codhem inició una queja de oficio y encontró que, con su conducta en este caso, Selene “N” también vulneró el derecho a un buen gobierno (buena administración pública) en perjuicio de la víctima y de la ciudadanía en general.  

Por tanto, recomendó al ayuntamiento de Capulhuac proporcionar atención psicológica a la víctima y a las personas integrantes de su núcleo familiar primario, como víctimas indirectas; realizar las gestiones necesarias para que se le inscriba en el registro de la Comisión Estatal de Atención a Víctimas del Estado de México; ofrecer a la extrabajadora del DIF una disculpa institucional en un acto público y cubrir una compensación en su favor.  

Además, debe implementar políticas públicas orientadas a erradicar la violencia de género contra las mujeres y a colocar a la persona como eje de todas sus acciones y decisiones para lograr un buen gobierno; capacitar en derechos humanos a las y los elementos de Seguridad Pública Municipal y difundir en alguno de sus medios electrónicos o redes sociales de manera permanente esta recomendación.  

De igual manera, deberá anexar copia de ella al expediente laboral de las personas servidoras públicas señaladas como responsables, y remitir otra al Órgano Interno de Control del municipio y a la persona titular de la Unidad de Asuntos Internos de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito municipal para que sean tomadas en consideración al emitir las determinaciones que en derecho procedan, dentro de los expedientes que se tramitan en el ámbito del servicio público municipal. 

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