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El caso Regina Martínez, al máximo tribunal

El caso del homicidio de la corresponsal de Proceso en Veracruz llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que los ministros definan si el semanario puede ser considerado víctima indirecta de este crimen, que ya cumplió 10 años sin esclarecerse.
martes, 25 de octubre de 2022 · 18:50

A una década del homicidio de la corresponsal de Proceso en Veracruz, Regina Martínez, un tribunal colegiado turnó a la Suprema Corte de Justicia la solicitud de este semanario de ser reconocido como víctima indirecta y así seguir colaborando en el esclarecimiento del crimen. Los magistrados consideran que de esa forma el máximo tribunal puede establecer un criterio sobre los delitos contra la libertad de expresión y los alcances de la Ley General de Víctimas.

CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- El caso del homicidio de la corresponsal de Proceso en Veracruz, Regina Martínez Pérez, llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que los ministros definan si el semanario puede ser considerado víctima indirecta de este crimen, que ya cumplió 10 años sin esclarecerse.

Si la Corte acepta atraer el amparo tramitado por esta casa editorial, los ministros pueden establecer un criterio, aún sin precedentes, sobre los delitos cometidos contra la libertad de expresión y los alcances de la Ley General de Víctimas, aspecto que fue resaltado por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal al proponer que el expediente sea resuelto por el máximo tribunal.

“No existe sobre el tema criterio definido de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además, porque a juicio del máximo tribunal podría fijar un criterio de importancia y trascendencia para el orden jurídico nacional”, señalaron los magistrados.

Inconsistencias

La madrugada del 28 de abril de 2012 Regina Martínez Pérez fue asesinada en su domicilio de la ciudad de Xalapa, Veracruz. Su cuerpo presentaba golpes en el rostro y las costillas, además de marcas de estrangulamiento.

En aquel entonces la entidad era gobernada por Javier Duarte de Ochoa, actualmente preso por lavado de dinero y asociación delictuosa, e incluso enfrenta un proceso penal ante autoridades de Veracruz por desaparición forzada.

Durante la investigación, los colegas de la periodista fueron citados por la Procuraduría General de Justicia de Veracruz (PGJV) para declarar sobre su relación con Regina, cómo era ella y si había amenazas en su contra.

Debido a que ningún periodista dijo conocer alguna amenaza contra Regina, la PGJV cerró la línea de investigación sobre su ejercicio periodístico como posible móvil del homicidio.

Esto, a pesar de que durante 12 años la corresponsal de Proceso denunció en las páginas del semanario actos de corrupción de autoridades veracruzanas; abusos de militares, policías y otras autoridades contra poblaciones indígenas; la violencia desatada en la entidad por los cárteles de la droga como Los Zetas y el Cártel Jalisco Nueva Generación, entre otros temas, por los que fue objeto de censura y persecución.

Según las constancias judiciales, en diciembre de 2011, meses antes de su homicidio, Regina Martínez Pérez se percató de que alguien ingresó a su domicilio y a partir de entonces manifestó temor por su vida.

Seis meses después de iniciar sus investigaciones, el entonces titular de la PGJV, Amadeo Flores Espinosa, presentó a Jorge Antonio Hernández Silva como presunto culpable del homicidio de la corresponsal de Proceso.

Hernández Silva declaró ante la procuraduría que la noche del crimen llegó a casa de Regina aproximadamente a la medianoche con José Adrián Hernández Domínguez, El Jarocho –quien decía ser novio de la periodista–, con el objetivo de robarle.

Hernández Silva señaló que, antes de dejarlos entrar. Regina se cambió de ropa. El detenido describió la vestimenta que ella usaba cuando fue encontrada al interior de su domicilio, con una imprecisión: él afirmó que llevaba unas chanclas cafés y, según el acta judicial de levantamiento del cadáver, en realidad la periodista calzaba botas café oscuro.

Añadió que en la casa tomaron cerveza, pero en los análisis no se encontró alcohol en el cuerpo de Regina. Añadió que ella bailó con El Jarocho pero comenzaron a discutir, se golpearon y él la arrastró al baño, donde la ahorcó con una jerga que estaba en el piso.

Reconoció que se robaron un televisor, dinero, teléfonos celulares, computadoras, objetos que según la procuraduría sumaba un monto de 33 mil 100 pesos.

Al día siguiente de declarar, Hernández Silva se retractó y dijo que fue torturado y amenazado para hacerlo. Sin embargo, en abril de 2013 fue condenado a 32 años de prisión por la juez Beatriz Rivera Hernández.

Cuatro meses después el fallo fue revocado por la Séptima Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Veracruz, al considerar que las garantías del sentenciado fueron violadas porque no hubo una orden de aprehensión para detenerlo y se confesó culpable bajo tortura.

Posteriormente, en junio de 2014, Ángel Alfonso Martínez, hermano de la periodista, obtuvo un amparo en el que el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal de Veracruz ordenó dictar una nueva sentencia condenatoria a Hernández Silva por robo agravado y homicidio calificado.

El inculpado fue reaprehendido ese mismo año en Tlaxcala y actualmente cumple su condena. Todavía es el único sentenciado por el caso de Regina. El Jarocho permanece prófugo.

Regina tenía marcas de haber luchado contra su asesino, pero el ADN recolectado bajo sus uñas y en su domicilio no corresponde al de Hernández Silva.

Un supuesto operador de Los Zetas en Veracruz, Jesús Hernández Rodríguez o Ruiz Rodríguez (El Chilango), aseguró que el crimen de Regina estaba relacionado con narcomenudistas de Xalapa. No obstante, la investigación fue cerrada con el único resultado de la condena contra Hernández Silva.

Flores Espinosa y Duarte. Pesquisas endebles. Foto: Rubén Espinosa

El amparo de Proceso

En abril de este año se cumplieron 10 años del homicidio de Regina Martínez. Proceso ha señalado y hecho públicas las irregularidades en la investigación del crimen y busca ser reconocido como víctima indirecta del crimen para solicitar la reapertura del expediente y tener acceso al mismo.

Esto, debido a que el semanario ha promovido y participado en investigaciones colaborativas con Forbidden Stories y la coalición A Safer World of the Truth (formada por Freee Press Unlimited, Reporteros Sin Fronteras y el Comité para la protección de Periodistas), las cuales han arrojado nuevos datos sobre la manipulación de la investigación del homicidio de Regina.

Por ello busca que la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) de la Fiscalía General de la República (FGR) atraiga y reabra la investigación para aportar pruebas al Ministerio Público, entre otras funciones de apoyo.

Sin embargo, en dos ocasiones le ha sido negado el reconocimiento de víctima bajo el argumento de que, al tratarse de una persona moral, no reúne los requisitos de la Ley General de Víctimas y porque la relación de los medios de comunicación con sus periodistas es únicamente laboral.

Ante la segunda negativa, ­Proceso tramitó un amparo en el que alegó que los familiares directos o indirectos de Regina no han ejercido un rol activo para impulsar las investigaciones, pero el pasado 3 de agosto el juez tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal notificó que decidió negar la protección constitucional.

“Aun cuando los familiares directos o indirectos de Regina Martínez no ejerzan un rol activo en el impulso de las investigaciones ni en el esclarecimiento de los hechos, esto no es justificación para que a la moral Comunicación e Información, Sociedad Anónima de Capital Variable, empresa editora de la revista Proceso, se le reconozca como víctima indirecta, puesto que es de advertir que el Estado es el obligado en realizar la investigación y persecución de los delitos, por lo que no puede recaer en los particulares dicha responsabilidad”, señaló el juez.

El semanario ha alegado que debe ser reconocido como víctima indirecta del homicidio de Regina Martínez porque la periodista ya no pudo seguir publicando su trabajo, pero el juez consideró que esto no impidió a Proceso continuar con su labor de informar a la sociedad puesto que ella no era su única reportera:

“No se aprecia que la labor que realizaba Regina Martínez constituyera la única fuente de información con que la moral Comunicación e Información, Sociedad Anónima de Capital Variable, empresa editora de la revista Proceso, contaba y que, con la muerte de aquella, se viera obligado a concluir sus funciones”, agregó el juez.

Esto, a pesar de que el semanario también ha destacado que desde el homicidio de la periodista coadyuvó con el Ministerio Público veracruzano para aportar elementos en la investigación misma, la cual fue cerrada por el entonces procurador general de Justicia de la entidad, Amadeo Flores Espinosa, a pesar de las inconsistencias señaladas por esta casa editorial ante el MP.

El actual director del semanario, Jorge Carrasco Araizaga, fue en su momento el reportero a cargo del caso y recibió amenazas luego de publicar las diversas violaciones procesales y de derechos humanos en las que incurrió la institución veracruzana. A partir de ese momento se detuvo la investigación por parte de esta casa editorial.

Estos hechos no fueron considerados por el juzgador al momento de negar el amparo a la revista, por lo que en agosto pasado Proceso impugnó la decisión a través de un recurso de revisión. En ese recurso fue en el que los magistrados del Séptimo Tribunal Colegiado decidieron enviar el expediente a la SCJN.

“Este órgano colegiado considera que no debe conocer de la legalidad de la resolución recurrida ni de los agravios de la aquí recurrente, en virtud de que se surte la competencia originaria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues en el juicio de amparo se planteó la interpretación directa de una norma general; a saber, el artículo 4, párrafo quinto, de la Ley General de Victimas, en relación con el derecho fundamental de acceso a la justicia en su principio de acceso a la justicia de las personas morales”, indicaron los magistrados.

Si los ministros aceptan atraer el asunto, deberán analizar específicamente el artículo 4, párrafo quinto de la Ley General de Víctimas, el cual establece que son víctimas los grupos, comunidades u organizaciones sociales que hubieran sido afectadas en sus derechos, intereses o bienes jurídicos colectivos como resultado de la comisión de un delito o la violación de derecho.

El envío del expediente a la SCJN ocurre a un mes de que se cumplan dos años de que el presidente Andrés Manuel López Obrador se comprometió a reabrir el caso de Regina Martínez Pérez, lo que no ha cumplido.

Reportaje publicado en el número 2399 de la edición impresa de Proceso, en circulación desde el 23 de octubre de 2022. 

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