Fatima Quintana
"La SCJN tiene la oportunidad de corregir esta injusticia": OCNF sobre caso Fátima Quintana
Para la OCNF, de aprobarse el proyecto “no sólo haría justicia para la familia de Fátima, sino que también sentaría un precedente fundamental en la lucha contra la impunidad y la violencia feminicida en México”.CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- El próximo 5 de marzo, la Primera Sala la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) someterá a votación un proyecto que reconoce la responsabilidad del Estado mexicano en casos de feminicidio y le ordena reparar el daño a víctimas indirectas de estos crímenes, así como garantizar la no repetición de los hechos, conforme a estándares internacionales.
A 10 años del feminicidio de la niña de 12 años Fátima Quintana Gutiérrez, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), alertó que con motivo del litigio de los padres de la pequeña a exigir ser reconocidos como víctimas indirectas y ser reparados conforme a estándares internacionales, su caso llegó a la SCJN, siendo la ministra Margarita Ríos Farjat, responsable del análisis y del proyecto de sentencia del amparo directo en revisión 5363/2023.
Al considerar que, de aprobarse el proyecto de sentencia, la SCJC podría “marcar el rumbo de la reparación integral del daño en casos de feminicidio en México”, la OCNF recordó que Fátima Quintana fue brutalmente asesinada en Lerma, Estado de México y que durante los diez años en que su familia ha buscado justicia “ha enfrentado no sólo el dolor de su pérdida, sino también amenazas, desplazamiento forzado y, en noviembre de 2020, la muerte de su hijo Daniel a los 16 años de edad, víctima de negligencia médica mientras se encontraba en medida de protección”.
Aun cuando lograron que dos de los tres agresores –uno de ellos menor de edad– fueran sentenciados por el feminicidio de Fátima, el Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito “negó a los padres de Fátima el reconocimiento formal como víctimas indirectas del feminicidio, impidiéndoles acceder a la reparación del daño”.
Los padres de Fátima, Lorena Gutiérrez y Jesús Quintana, y sus representantes legales interpusieron un revisión del amparo, siendo turnado el procedimiento a la ministra Ríos Farjat, en cuyo proyecto retomó estándares internacionales y sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en particular las emitidas en contra de México, sobre Campo Algodonero, relacionado con feminicidios en Ciudad Juárez y las violaciones sexuales por parte de miembros del Ejército, con fines de tortura, en contra de las mujeres indígenas Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, “ante la gravedad y sistematicidad de la violencia contra las mujeres en nuestro país”, y que han sido adoptadas por la SCJN en su Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género.
“Ahora, la SCJN tiene la oportunidad de corregir esta injusticia y sentar como precedente que la calidad de víctima indirecta no debe depender de formalismos, sino del vínculo con la víctima y el impacto en sus familiares”, destacó en su comunicado el OCNF.
La organización hizo un llamado “urgente a las y los ministros de la Primera Sala de la SCJN para votar a favor del proyecto, el cual constituirá un precedente histórico en materia de reparación del daño y medidas de no repetición”.
En el comunicado del OCNF, se resalta que el Estado de México cuenta con dos Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) y, a pesar de ello, entre 2022 y 2024 el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) registró mil 52 asesinatos de mujeres, de los cuales sólo 28% fueron tipificados como feminicidios, en tanto que el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) tiene registrados 31 mil 180 mujeres desaparecidas en la entidad, “sin claridad sobre cuántas han sido localizadas”, cifras que “evidencian la urgente necesidad urgente de implementar políticas efectivas para prevenir, atender, sancionar y erradicar el feminicidio”.
En el proyecto, que será sometido a votación entre los ministros de la Primera Sala, se reconoce que “es procedente que en el caso se imponga un concepto de reparación integral del daño con cargo al Estado, las medidas de satisfacción y no repetición específicas y aplicables al ámbito interno atendiendo a que los hechos derivan de la comisión de un delito de feminicidio de una niña, ocurrido ante el incumplimiento reiterado del Estado en su obligación de evitar ese fenómeno delictivo”.
La ministra resaltó que es de tomarse en cuenta que los hechos ocurrieron en el Estado de México, “una de las entidades con mayor incidencia de feminicidios”, tanto así que, en 2015, cuando ocurrieron los hechos, el OCNF registró 60 casos en la entidad y, aunque un año después fueron 57 los feminicidios, “desde 2017 han aumentado hasta un 50%”.
El proyecto incluyó un informe sobre México de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de 2015, en el que se remarca que “la situación de la violencia en perjuicio de niñas y adolescentes se encontraba al alza”, alertando sobre “el incremento de 270% en casos de violación sexual, así como la desaparición de 400 niñas y adolescentes en 2014”.
Como medidas de no repetición, que tendrían que ser garantizadas por el gobierno del estado, se enumeran la pavimentación de la vía de terracería sobre la que los agresores interceptaron a Fátima; instalación de casetas de vigilancia, de botones de auxilio, cámaras de videovigilancia; la implementación efectiva de rondines policiacos, “especialmente en los horarios reconocidos en las niñas, niños y adolescentes se trasladan a sus escuelas o regresan de ellas”; servicio de transporte; pláticas a la comunidad y capacitación a funcionarios en materia de violencia por razones de género en la comunidad y derechos humanos.
Como medidas de satisfacción, el gobierno del Estado de México estaría obligado a construir “una estatua de la víctima menor de edad en un lugar visible en el entorno físico en el que ocurrieron los hechos”; una disculpa pública en la entidad o municipio donde ocurrieron los hechos, “en la que se dignifique a las víctimas y a la sociedad, lo que significará a las autoridades a un compromiso para que no se repitan sucesos similares”.
El proyecto reconoce como víctimas indirectas a los padres de Fátima, Lorena Gutiérrez y Jesús Quintana, y a que les sea reparado el daño, no de forma convencional, sino tomando en cuenta la ejecutoria de la sentencia, en la que “las autoridades del Estado de México que estarían involucradas solidariamente en brindar esas formas de reparación integral, de acuerdo con sus atribuciones y facultades”.
El proyecto indica que “el órgano de amparo deberá hacerle de conocimiento a las autoridades del Estado de México que se involucrarán en la medida de no repetición que no podrán invocar que carecen de facultades para materializar las medidas de no repetición, pues en su caso deberán canalizar lo ordenado al área o dependencia corresponda del Gobierno del Estado de México”.
Para la OCNF, de aprobarse el proyecto “no sólo haría justicia para la familia de Fátima, sino que también sentaría un precedente fundamental en la lucha contra la impunidad y la violencia feminicida en México”.
Apuntó que “garantizar la reparación integral del daño en casos de feminicidio es un paso indispensable para reconocer el sufrimiento de las familias, dignificar la memoria de las víctimas y asegurar que el Estado asuma sus responsabilidades en la protección de los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes”.