Elecciones Estado de México
Delfina Gómez no incurrió en promoción indebida con publicación de video en página de la SEP: TEEM
La candidata de Morena fue acusada por PRI, PAN y PRD, pero el Tribunal Electoral del Edomex determinó la inexistencia de los hechos denunciados.TOLUCA, Edomex. (apro).– El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió que Delfina Gómez, candidata común de “Juntos Hacemos Historia” a la gubernatura, no incurrió en promoción ilegal ni uso indebido de recursos públicos con un video alojado durante el proceso electoral en la página oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y en el sitio web de YouTube.
Gómez Álvarez fue denunciada por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) a través del Procedimiento Especial Sancionador 88/2023, al considerar que, en su carácter de aspirante a la gubernatura, transgredió el principio de imparcialidad, neutralidad e inequidad en la contienda y usó recursos públicos en promoción indebida.
Lo anterior porque ya no era titular de la Secretaría de Educación Pública del gobierno federal, pero sus videos seguían apareciendo en la página oficial, a pesar de que ya era precandidata al gobierno del Estado de México.
No obstante, el pleno del Tribunal determinó la inexistencia de los hechos denunciados, pues el video difundido corresponde a información relativa al calendario de la SEP correspondiente al ciclo escolar 2022-2023.
El contenido del video, prosiguieron los magistrados, además da cuenta de actividades específicas en torno a la educación pública, tales como reforzar, recuperar y fortalecer la preparación del nuevo plan y programa de estudio a poner en marcha a partir del referido ciclo escolar.
Las imágenes también refieren el marco curricular de las maestras y maestros, las jornadas de salud y de limpieza en todas las escuelas, acciones en favor de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
En consecuencia, indicaron los magistrados, no se atenta contra los principios de imparcialidad y equidad, de manera que “se sostiene la inexistencia del uso indebido de recursos públicos, pues la implementación de dichos recursos se encuentra amparado bajo el escrutinio del ejercicio de la función pública”.