Ley Olimpia

Quien grabó a policías de Ecatepec teniendo sexo podría pasar hasta 6 años en prisión

La persona que grabó a una pareja de policías de Ecatepec teniendo relaciones sexuales podría ser castigado con entre 3 y 6 años de prisión, y una multa de hasta 89 mil 620 pesos.
miércoles, 28 de julio de 2021 · 20:21

CIUDAD DE MÉXICO (apro).– La persona que grabó a una pareja de policías de Ecatepec teniendo relaciones sexuales podría ser castigado con hasta seis años de prisión, debido a que la Ley Olimpia sanciona la grabación y difusión de este tipo de contenido sin autorización de quienes aparecen en el video.

“Policías municipales de #Ecatepec echando pasión en la patrulla NG6-438, placas NWJ-5993 del cuadrante 68. Al parecer cerca del penal de Chiconautla @DSPyTEcatepec @FerVilchisMx”, publicó Ecatepec Alerta el 23 de julio.

“Pregunta seria: ¿Difundir el video de los #policías de Ecatepec no debería entrar dentro de la #LeyOlimpia?”, cuestionó una usuaria.

A la fecha se desconoce la identidad de quien grabó a los policías y si los involucrados presentarán la denuncia ante las autoridades.

Los hechos ocurrieron en la colonia CTM 14, en Periférico Oriente, en los límites de los municipios de Ecatepec y Nezahualcóyotl, cuando un sujeto se dio cuenta que una patrulla con el número RG6-438 rotulado, tenía las puertas frontales abiertas.

Cuando se acercó notó movimientos, escuchó ruidos al interior y comenzó a grabar con su celular. Encontró a los uniformados teniendo relaciones sexuales. Ellos no se dieron cuenta que fueron grabados.

El testigo se fue, pero subió el clip de 45 segundos a las redes sociales y se hizo viral en Twitter, donde los usuarios expresaron todo tipo de comentarios, desde indignación porque Ecatepec sufre de mucha inseguridad, hasta la posibilidad de que al policía lo fueran a correr de su casa, suponiendo que era casado.

Ambos policías fueron dados de baja “por incumplimiento del régimen disciplinario”, informó El Universal.

Las sanciones que establece la Ley Olimpia

La Ley Olimpia castiga a quien difunda videos o imágenes con contenido sexual sin el consentimiento de los involucrados y el artículo 166 del Código Penal Federal castiga el delito de violación a la intimidad sexual.

Este aplica a quien divulga, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona mayor de edad, sin su consentimiento, aprobación u autorización.

También aplica a quien videograbe, audio-grabe, fotografíe, imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona mayor de edad, sin su consentimiento, aprobación o autorización.

La pena podría ser de 3 a 6 años de prisión y una multa de 500 a 1000 UMAs que equivalen a 44 mil 810 a 89 mil 620 pesos y como se trata de dos personas, el castigo podría ser el doble.

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