CDMX
Chofer de la Línea 3 del Metro no deberá pagar la reparación del daño, aclara la Fiscalía
La Fiscalía de la CDMX aclaró que al chofer del Metro imputado por el choque en la Línea 3 no se le está exigiendo pagar los daños, valuados en 210 millones de pesos.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El vocero de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX), Ulises Lara, aclaró que los daños a la Línea 3 del Metro ocasionados por el choque del 7 de enero, valuados en poco más de 210 millones de pesos, no los deberá pagar el conductor Carlos Alfredo “N”, pues los asumiría el propio Sistema de Transporte Colectivo Metro.
Así lo dijo luego de que el pasado miércoles 1, el abogado del conductor, Edgar Fabián Hidalgo, y el de cuatro de las víctimas, Cristopher Estupiñán, aseguraron que el Metro exigía el pago de 260 millones de pesos como reparación del daño a sus instalaciones.
Los abogados aseguraron lo anterior al término de la audiencia del conductor realizada en las salas de oralidad de Tribunal Superior de Justicia de la CDMX (TSJCDMX) de la colonia Doctores, a la que no se dejó entrar a los reporteros, pese a estar marcado en el Código Penal de Procedimientos Penales.
Dos días después, el vocero de la Fiscalía, Lara López emitió un videomensaje en el que tampoco se permitieron preguntas de la prensa, en el que aseguró:
“Es falso que el agente del Ministerio Público o el STC Metro en su calidad de víctima, hayan solicitado el pago de 260 millones como concepto de reparación del daño”.
Detalló que en dicha audiencia, “como parte de la formulación de imputación, se hizo referencia a la cantidad de 210 millones 244 mil 467 pesos con 13 centavos como el monto aproximado del avalúo de los daños, que aún no está determinado en su totalidad”.
No obstante, subrayó que ese monto “aún no está determinado en su totalidad, y se señaló que el Metro cuenta con un seguro para ese fin, por lo que es falso que se hubiera requerido el pago de la cantidad señalada”.
El funcionario agregó que el Ministerio Público “tiene conocimiento que la normatividad del STC Metro, en sus condiciones generales de trabajo, establece que el propio Sistema se hará cargo de cubrir los gastos por los daños producidos, en caso de que, como resultado de actividades realizadas por los trabajadores, los trenes, instalaciones fijas y obras sufran algún daño material”.
Como último punto, precisó que, como lo señala el Código Nacional de Procedimientos Penales, en la audiencia inicial o su continuación, “solamente se exhiben los datos de prueba y se formula imputación, no se plantea la reparación del daño”.
En el mismo sentido, el Poder Judicial de la CDMX emitió una tarjeta informativa dos días después de la audiencia para aclarar que “no hay ordenamiento o sentencia del juez de control”, para que el conductor Carlos Alfredo “N” pague la mencionada cantidad al Metro y al gobierno de la CDMX.
Y dijo que la cifra emitida como avalúo de los daños registrados en el accidente, “no constituye en este momento procesal una petición de cobro para el imputado, porque ello ocurre, en su caso, hasta el dictado de la sentencia o al autorizarse una solución alterna al proceso penal”.