Emilio Lozoya

Lozoya impugna entrega de su casa de Lomas de Bezares a la FGR

El exdirector de Pemex tramitó un amparo contra la sentencia que le ordena entregar su casa, valuada en 38 millones de pesos, a la Federación. La demanda será analizada por un Tribunal Colegiado en materia Civil.
lunes, 17 de junio de 2024 · 14:04

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin, impugnó la orden de transferir su casa, ubicada en Lomas de Bezares en la Ciudad de México, a la federación.

Según las listas de notificación, el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en materias Civil, recibió una demanda de amparo directo presentada por Lozoya contra la sentencia que dictó el nueve de mayo pasado en la que concedió la extinción de dominio solicitada por la Fiscalía General de la República (FGR) sobre la casa del exfuncionario.

“Téngase por presentado el escrito firmado por (…) apoderado de la parte demandada, Emilio Ricardo Lozoya Austin, al cual adjunta la demanda de amparo directo contra el acto que atribuye a esta autoridad”, indicó el Colegiado.

En su demanda, Lozoya no solicitó la suspensión de la ejecución de la sentencia, por lo que el Colegiado únicamente ordenó notificar a la FGR de la presentación del amparo.

Además, ordenó enviar la demanda a un tribunal Colegiado en materia Civil en la CDMX que será el que resuelva el juicio de amparo planteado por Lozoya y con el que busca evitar la entrega de su residencia a la FGR.

La sentencia que Lozoya impugnó fue emitida el nueve de mayo pasado cuando los magistrados del Primer Tribunal Colegiado de Apelación revocaron la resolución dictada por la juez Segundo de Distrito en materia de Extinción de Dominio en la CDMX en la que rechazó entregar la propiedad valuada en 38 millones de pesos a la FGR.

Proceso informó que esta sentencia fue emitida en noviembre del año pasado y que la juez Segundo de Distrito señaló que Lozoya compró la casa en 2012 y el delito de lavado de dinero, por el que la FGR demandó la extinción de dominio sobre la propiedad, no estaba contemplado en aquel momento en la Constitución como una de las conductas por la que la Federación puede reclamar un bien.

FGR impugnó mediante un recurso de apelación dicha sentencia y el Colegiado le dio la razón en el sentido de que el artículo sexto transitorio de la Ley Nacional de Extinción de Dominio señala que la norma es aplicable desde su entrada en vigor en 2019, con independencia de que los delitos por los que pueda proceder este reclamo se hubieran cometido con anterioridad, por lo que declararon procedente el reclamo de la FGR.

Si Lozoya pierde el amparo, puede tramitar un recurso de revisión que tendría que resolver la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por ser la instancia superior al Tribunal Colegiado en materia Civil.

Comentarios