Arturo Zaldívar
Zaldívar, el abogado del Fobaproa
En noviembre de 2011 Proceso publicó el texto “Ministros sobre pedido”, en el que se reveló cómo el litigante Arturo Zaldívar defendió en 2006 a los bancos ante la SCJN para evitar que se revisaran las ilegalidades cometidas al amparo del Fobaproa. Poco después llegó a la Corte como ministro.CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- Confrontado con la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el ministro en retiro y asesor en la candidatura presidencial oficialista, Arturo Zaldívar, litigó hace 18 años en el máximo tribunal del país a favor del rescate bancario, pese a las ilegalidades cometidas por varias entidades financieras que fueron combatidas políticamente por el entonces opositor Andrés Manuel López Obrador.
Antes de que en diciembre de 2009 se convirtiera en ministro de la Suprema Corte bajo el padrinazgo del entonces presidente Felipe Calderón, Zaldívar fue el abogado autorizado por los bancos para litigar ante el máximo tribunal la demanda de amparo que promovieron contra la Auditoría Superior de la Federación (ASF), organismo de la Cámara de Diputados, que buscaba reducir el costo fiscal del rescate bancario.
En el reportaje publicado en la edición 1568 del semanario Proceso, se dio a conocer el caso para el que fue contratado el despacho Zaldívar Lelo de Larrea y Asociados con el propósito de defender a los bancos ante la Suprema Corte y evitar que se revisaran los abusos cometidos durante el rescate bancario en medio de la crisis financiera ocurrida tras la salida de Carlos Salinas de Gortari de la presidencia de la República.
A continuación, un extracto del reportaje:
En 2004, las instituciones bancarias se ampararon ante la SCJN contra la decisión de un juez, en la cual se planteaba que era necesario revisar con detenimiento la actuación de la banca durante el rescate bancario que tuvo lugar durante el gobierno de Ernesto Zedillo mediante el Fobaproa.
Se trata del amparo RA878/2004 promovido por BBVA Bancomer, Bital, Banamex y Banorte, contra una resolución dictada, en agosto de 2003, por el Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal a fin de permitir la realización de las llamadas auditorías de Gestión, Existencia y Legalidad (GEL). El propósito de esta medida consistía en reducir el monto de las obligaciones de pago derivadas del rescate bancario.
Revisiones
La aplicación de las GEL había sido recomendada por la entonces Contaduría Mayor de Hacienda, hoy Auditoría Superior de la Federación, tras revisar las cuentas públicas de los años 1999 y 2000, así como el avance de la gestión financiera correspondiente a 2001.
En dicha revisión se confirmó que el gobierno federal no debió asumir toda la deuda del Fobaproa, pues banqueros y autoridades habían cometido diversas ilegalidades durante el rescate bancario.
La sugerencia de que se realizaran las GEL había sido avalada por la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección del Ahorro Bancario (IPAB), entidad que sustituyó al Fobaproa en diciembre de 1998.
El surgimiento del IPAB significó que los pagarés del Fobaproa se convirtieran formalmente en deuda pública para las próximas décadas, incluidos los que se tramitaron de manera ilegal. El IPAB fue aprobado en la Cámara de Diputados con la votación mayoritaria del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Acción Nacional, cuando Calderón coordinaba la bancada panista.
Ante la perspectiva de que se aplicaran las GEL, los bancos buscaron el amparo, pero el titular del Juzgado Noveno se los negó por considerar que los actos de la entonces Contaduría Mayor no fueron “actos de autoridad para efectos de juicio de amparo”. Es decir, que los bancos no podían solicitar la protección de la justicia contra un acto de la autoridad, porque la entonces Contaduría Mayor, como órgano de la Cámara de Diputados, no tenía dicho carácter.
Los cuatro bancos recurrieron a ese fallo y el caso pasó al Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito; pero en enero de 2004 la Procuraduría General de la República (PGR) solicitó a la Corte que atrajera el caso.
El máximo tribunal accedió y en septiembre de ese año ejerció su facultad de atracción. Fue cuando Arturo F. Zaldívar intercedió ante los ministros de la Corte para favorecer a los bancos. De acuerdo con información de la propia SCJN, “fue el abogado autorizado por los bancos” para interponer la demanda de amparo.
En diciembre de 2004, el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano propuso a los integrantes de la Segunda Sala de la SCJN sobreseer el caso. Cuatro de sus colegas lo apoyaron: Margarita Luna Ramos, Genaro Góngora Pimentel, Guillermo Ortiz Mayagoitia y el saliente Juan Díaz Romero.
El motivo para cerrar la instrucción fue que, en julio de 2004, los bancos y el IPAB firmaron el “Contrato del Nuevo Programa” para hacer nuevas auditorías, pero no las GEL. El nuevo esquema acordado evitó lo referente a la legalidad de los créditos que pasaron al Fobaproa, como se estableció en el artículo Quinto Transitorio de la Ley que creó el IPAB.
De esa manera, los bancos, que bajo el nuevo programa se comprometieron a “absorber pérdidas”, evitaron que se investigaran las ilegalidades y se establecieran responsabilidades penales contra los funcionarios y banqueros involucrados en la transferencia al IPAB de deudas indebidas.
Al tiempo que acordaban con el gobierno de Fox ese nuevo arreglo, los bancos mantuvieron en la Corte su demanda de amparo. En junio pasado, el pleno de la SCJN acabó por favorecerlos cuando, por ocho votos a tres, el pleno de ministros resolvió una controversia constitucional a favor del gobierno federal.
La Corte estableció, en ese entonces, que la Auditoría Superior de la Federación “invadió la esfera” del Ejecutivo cuando en la revisión de la cuenta pública de 2001 ordenó a la Secretaría de Hacienda dejar de pagar los créditos considerados como ilegales.