Controversia constitucional

La SCJN rechaza pronunciarse sobre duración del periodo de la ministra Lenia Batres

Los legisladores le plantearon decidir si Batres deberá cumplir los 15 años previstos en la Constitución para el cargo de ministro o si sólo deberá hacerlo por el año que le restaba al ministro que sustituye.
lunes, 18 de diciembre de 2023 · 19:02

CIUDAD DE MÉXICO (apro).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó pronunciarse sobre el tiempo que deberá permanecer en el cargo un ministro que sea designado en sustitución de otro que renunció a su cargo, como es el caso de la ministra Lenia Batres Guadarrama.

Los senadores Manuel Añorve y Julen Rementeria del Puerto presentaron ante la Corte una consulta extraordinaria prevista en el artículo 11 de la fracción XVII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOAPJF).

Bajo esta figura, los legisladores solicitaron a la Corte realizar una interpretación de la ley relacionada con la renuncia de Zaldívar y sus consecuencias.

Los legisladores plantearon a la Corte establecer una interpretación sobre si Batres Guadarrama, que sustituyó a Zaldívar en el cargo, deberá cumplir los 15 años previstos en la Constitución para el cargo de ministro o si sólo deberá hacerlo por el año que al expresidente del Máximo Tribunal le restaba para concluir su periodo al momento de renunciar.

¿Cuánto tiempo debe durar en el cargo de una Ministra o Ministro que sea designado por el Senado de la República o por el Presidente de la República, con motivo de una renuncia?”, cuestionaron los senadores.

“¿Cuánto tiempo debe durar en el cargo la o el Ministro que sea designado por el Senado de la República o por el Presidente de la República, en sustitución de quien se haya separado del cargo de manera definitiva por defunción o cualquier otra causa? ¿Cuál es el alcance de la facultad de la Presidencia de la Suprema Corte de notificar al Ejecutivo federal la vacante de una posición en el Alto Tribunal y activar el proceso de nombramiento conforme al artículo 96 constitucional?”.

En su acuerdo de desechamiento la Corte precisó que la consulta extraordinaria planteada por los senadores únicamente se refiere a las controversias entre salas del Máximo Tribunal y dentro del PJF al momento de interpretar y aplicar los artículos constitucionales que regulan la estructura de sus órganos y los derechos y obligaciones de sus integrantes, relacionados con su autonomía e independencia.

“Las disputas a que se refiere dicho numeral (…) son aquellas que, generalmente, se susciten entre órganos del propio Poder Judicial Federal y que involucren la esfera jurídica de éstos por ser los titulares de las atribuciones que constitucional y legalmente tienden a conferir y preservar la autonomía e independencia, lo que implica que dichas controversias deben versar sobre aspectos institucionales relacionados con el adecuado funcionamiento de los propios órganos y no con aspectos que incidan de manera exclusiva en la esfera jurídica de las personas que los encarnan, siendo necesario, inclusive, que la competencia para resolver ese tipo de controversias no esté conferida en forma específica a un diverso órgano”, apuntó la Corte.

“La legitimación para promover dicha instancia le asiste a cualquier órgano de este Poder e incluso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, bien sea el propio Pleno, las Salas o los Ministros, atendiendo a lo previsto en el encabezado de este precepto legal, en el sentido de que a este Alto Tribunal le corresponde velar en todo momento por la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación y por la independencia de sus miembros”.

Es decir, que los senadores no están facultados en la ley para plantear a la Corte este tipo de cuestionamientos que se refieren a la organización y administración de los integrantes del PJF.

“Se impone desechar la presente controversia por falta de legitimación de los promoventes”, apuntó el Máximo Tribunal en el acuerdo emitido por la ministra presidenta Norma Piña.

Lenia Batres Guadarrama es la primera integrante de la Corte, desde la reforma de 1994, en ser designada directamente por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, por la falta de consensos dentro del Senado.

Su llegada a la Corte se dio como consecuencia de la renuncia de Arturo Zaldívar, segundo ministro que decide dejar el cargo anticipadamente y primero en hacerlo para trabajar directamente para un partido político, pues luego de dimitir, el ahora ministro en retiro anunció su incorporación al equipo de trabajo de la precandidata de Morena a la Presidencia de la República, Claudia Sheinbaum.

Los dos ministros que han renunciado a la Corte lo hicieron este sexenio, Zaldívar y Eduardo Medina Mora en el año 2019, en medio de acusaciones de enriquecimiento ilícito que hasta ahora el gobierno federal no ha podido comprobar.

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