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¿Adiós a Airbnb? Buscan regular alojamiento vía plataformas digitales en la CDMX
De acuerdo con la información que proporcionó el director general de Gobierno Digital de ADIP, por cada inmueble que se incorpore al Padrón de Anfitriones, se expedirá una constancia y folio, una constancia y folio con código QR verificable por cualquier autoridad competente.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Gobierno de la Ciudad de México presentó la Propuesta de Regulación de Plataformas de Servicios de Alojamiento, la cual busca reformar la Ley de Turismo del Distrito Federal, con el objetivo de regular la renta de alojamientos que se ofertan por medio de plataformas digitales.
En conferencia de prensa, el jefe de Gobierno, Martí Batres, aseguró que dicha propuesta busca combatir la competencia desigual con el sector hotelero, además: “Expresa el interés de los vecinos, expresa el interés de la industria hotelera y expresa también la certidumbre de las plataformas digitales que se dedican al alojamiento temporal, tipo Airbnb, aunque no es la única plataforma, la más importante”.
Y aclaró que busca que la iniciativa sea discutida y aprobada durante la sesión legislativa que termina el 15 de diciembre de 2023.
También estuvo presente el director general de Gobierno Digital de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), Eduardo Clark García, quien explicó que la Reforma tiene el propósito de cumplir con los siguientes nueve puntos:
- “Comenzar a regular el sector de oferta de inmuebles de uso habitacional para uso turístico a través de plataformas digitales”.
- “Contar con un padrón actualizado de la oferta y la demanda de este sector en la ciudad”.
- “Dar servidumbre jurídica tanto a los oferentes de estos inmuebles como a quienes los usan, creando reglas claras de oferta, de uso y ocupación”.
- “Crear seguridad y calidad en la oferta de estos servicios”.
- “Eliminar la existencia de hoteles sin permiso de operación que no cumplen con la normatividad aplicable”.
- “Continuar incrementando la oferta de vivienda de mediano y largo plazo para los habitantes de la Ciudad de México”.
- “Evitar la mercantilización masiva de inmuebles de uso habitacional para renta en plataformas digitales”.
- “Proporcionar a los vecinos de las zonas donde se encuentran este tipo de alojamientos, información sobre los inmuebles que son ocupados para servicios turísticos en plataformas digitales”.
- “Sentar las bases para futura regulación del sector basada en evidencia”.
Además, Clark García puntualizó que si la Reforma es aprobada en el Congreso capitalino, las propuestas concretas que harán son:
- Normar los conceptos básicos de este giro en la Ciudad de México, creando primero el concepto de “anfitriones”, es decir, “Prestador de servicios turísticos”.
- Crear el concepto de “inmueble”: “Que son casas, casas dúplex, departamentos, vecindades o cuarterías en la ciudad que son usadas para casa-habitación, pero que son ofrecidas por los anfitriones a los turistas (...) teniendo entonces la facilidad para poder diferenciar y tener certeza jurídica de qué tipo de inmuebles califican para este tipo de norma”.
- Crear el Padrón de Anfitriones de la Ciudad de México: “Que nos permita tener un registro de personas físicas o morales que ofrecen a los turistas los inmuebles”.
- Crear un Padrón de Plataformas Digitales autorizadas para operar en la Ciudad de México e intermediar entre los anfitriones y los huéspedes.
Anfitriones
De acuerdo con la información que proporcionó el director general de Gobierno Digital de ADIP, por cada inmueble que se incorpore al Padrón de Anfitriones, se expedirá una constancia y folio, una constancia y folio con código QR verificable por cualquier autoridad competente.
Dicha constancia tendrá una vigencia de un año y deberá renovarse dentro de los 30 días antes de que expire, y no se permitirá la inscripción en el Padrón por anfitrión de más de tres casas, departamentos o habitaciones.
Los requisitos que deberán cumplir los anfitriones para ser parte del Padrón de Anfitriones de la CDMX, son:
- Datos del anfitrión: Nombre, RFC, Constancia de Situación Fiscal.
- Acreditar legal propiedad o posesión del inmueble que buscan ofertar y datos de contacto.
- Acreditación de pago de contribuciones (predial, agua, impuestos).
- Comprobante de domicilio.
- Especificar que tipo de inmueble se oferta.
- Carta en la que el inmueble se comprometa a cumplir bajo protesta.
- Medidas de seguridad correspondientes: “Que serán reglamentadas en esta Ley”.
- Especificar en qué plataforma o plataformas están ofertando su inmueble.
En tanto, las obligaciones que tendrán los anfitriones serán:
- Inscribirse en el Padrón de Anfitriones: “Que será una plataforma 100% digital”.
- Proporcionar a los turistas información clara, cierta y detallada de las características, los precios y reglas del uso del inmueble ofertado.
- Reportar cada semestre, en la plataforma digital, cuantas noches estuvo ocupado el inmueble y cuantos huéspedes se alojaron ahí.
- Informar a los vecinos inmediatos sobre el uso turístico de los inmuebles ofertados, poniendo su Constancia de Inscripción en el Padrón fuera del inmueble.
- Cumplir con todas las obligaciones en materia fiscal y contributiva establecidas en la normatividad de la materia.
- Proteger los datos personales proporcionados por los turistas en términos dispuestos por la materia.
- Contar con instalaciones seguras atendiendo a la normatividad en materia sanitaria y de gestión de riesgos y protección civil para los turistas.
Plataformas Digitales
Eduardo Clark también precisó que las plataformas digitales tendrán las siguientes responsabilidades:
Registrarse en el Padrón de Plataformas Tecnológicas autorizadas para operar en la Ciudad de México.
- Mostrar dentro de su plataforma, en los anuncios, que vean los turistas que efectivamente ese inmueble ofertado cuenta con el anuncio, la constancia y el folio de registro en el Padrón de Anfitriones.
- Cumplir con las obligaciones establecidas en la materia en términos contributivos.
- Reportar semestralmente a la Secretaria de Turismo (SECTUR) la estadística de uso y ocupación, para cotejar con el padrón individual.
- Cumplir con las demás obligaciones señaladas por la normatividad aplicable en la CDMX.
Y especificó que las plataformas que ofertan cuartos de hotel en hoteles establecidos, que ya tienen permiso de operación bajo ese giro, podrán seguir ofertando este tipo de cuartos, pero tendrán que proporcionar su folio de registro en el Sistema de Información de Apertura de Establecimientos Mercantiles en la Ciudad (SIAPEM).