SCJN
SCJN tiene deficiencias en tiempos para resolver casos: México Evalúa
De acuerdo con el documento, que se presentará este martes, la organización buscó los registros para establecer cuánto se tarda un asunto en cada una de las etapas por las que atraviesa desde su llegada a la Corte hasta la publicación final del engrose de la sentencia.CIUDAD DE MÉXICO (apro).–La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) padece diversas deficiencias sobre los tiempos en los que se resuelven los asuntos, lo que puede deberse a un problema organizacional o a la existencia de intereses políticos o privados que ponen en entredicho la independencia judicial tan defendida por los integrantes del Máximo Tribunal.
Así lo concluyó la organización México Evalúa en la presentación del documento “Observatorio de la Suprema Corte. Diagnóstico de la Transparencia Procesal” en el que analizó cuánto se tardan los ministros en resolver las acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales, amparos directos en revisión y amparos en revisión que les han sido planteados desde 1995 y hasta 2021.
De acuerdo con el documento, que se presentará este martes, la organización buscó los registros para establecer cuánto se tarda un asunto en cada una de las etapas por las que atraviesa desde su llegada a la Corte hasta la publicación final del engrose de la sentencia.
Proceso informó que durante la actual presidencia del ministro Arturo Zaldívar se ha registrado un atraso en la resolución de casos que plantean la inconstitucionalidad de la estrategia del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Con los datos recabados, la organización calculó un promedio de días transcurridos entre la fecha en que ingresó un expediente a la Corte hasta que se dictó la sentencia y distinguirlos por presidencia.
Así, el informe señala que durante la administración del primer ministro presidente desde la reforma de 1994, José Vicente Aguinaco Alemán, transcurrieron en promedio 303 días entre que un asunto llegó a la Corte y se resolvió mediante sentencia.
Esta cifra es la más alta, seguida por los días que se registran durante la actual administración del ministro, Arturo Zaldívar, con 255; le sigue la presidencia de Luis María Aguilar Morales, con 248 y la de Genaro Góngora Pimentel con 228.
“Los asuntos ingresados de 2019 a agosto de 2021, que fueron resueltos por sentencia, contemplan 255 días en promedio, siete días más en comparación con el periodo de 2015 a 2018. Pero existe una gran diferencia en el número de asuntos: los días promedio para el periodo de 2015 a 2018 se obtiene con base en más de 12 mil asuntos, mientras el del periodo de 2019 a 2021 es contemplando menos de 2 mil asuntos.
“Es preciso aclarar que la actual presidencia también se vio afectada por la pandemia en 2020, que significó un obstáculo en el trabajo jurisdiccional de la Corte”, añade.
Durante las presidencias de Mariano Azuela, Juan Silva Meza y Guillermo Ortiz Mayagoitia, pasaron 118, 159 y 162 días respectivamente entre la entrada de un expediente y su resolución.
Para realizar el informe, México Evalúa solicitó algunos datos vía transparencia, pero en sus respuestas el Máximo Tribunal incurrió en errores, inconsistencias, contradicciones y datos incompletos.
Además, el Comité de Transparencia de la Corte declaró inexistentes datos como las fechas de publicación de los engroses de algunos asuntos y los nombres de los ministros encargados de realizarlos, por lo que estas declaratorias fueron impugnadas ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Por ley, cuando se trata de solicitudes de transparencia sobre temas jurisdiccionales, la decisión final la tiene un Comité Especializado de Ministros, que hace que la Corte se convierta en juez y parte.
“La Corte se aprovecha de tal régimen de excepcionalidad, pues aunque las solicitudes de acceso a la información que enviamos eran de naturaleza administrativa -estadística jurisdiccional-, y los órganos que las atendieron también son administrativos (y por lo tanto, los recursos de revisión debieron ser resueltos por el INAI), la Corte interpretó que las solicitudes se sostienen en aspectos jurisdiccionales, y por esta razón, debían ser resueltas por la propia Corte”, explica la organización.
Al analizar las estadísticas, el informe concluye que en la Corte existen elevados márgenes de discrecionalidad en algunas de las etapas procedimentales que siguen los asuntos que recibe, falta de plazos, ambigüedad en las etapas, plazos no realistas y falta de regulación de algunas fases.
Todo esto, señala México Evalúa, “profundiza los riesgos de que los ministros o la presidencia de la Corte tomen decisiones discrecionales”.
“Identificamos ponencias cuyos tiempos de resolución son significativamente más largos que otras, lo cual puede asociarse a factores organizacionales e ineficiencias, pero también pone sobre la mesa la posibilidad de que existan intereses políticos o privados con potencial de influencia en estos tiempos, lo que vulnera la independencia judicial”, indica.
“La carencia de criterios claros y detallados sobre la designación del turno, en particular en caso de excepción a la regla son factores que han generado sospechas en torno a una desigual repartición de los turnos y respecto a que determinados asuntos, en particular aquellos relacionados con temas que están en la agenda pública, son asignados a ministros o ministras específicos”.
Entre 1995 y 2020 la Corte recibió 55 mil 787 acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales, amparos directos en revisión y amparos en revisión lo que, según el informe, da un promedio de 2 mil 146 asuntos por ministro al año.
Aunque estos cuatro tipos de asuntos no son la mayoría de los casos que llegan a la Corte sí son los que requieren más tiempo y atención de los ministros para su resolución.