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Gobernadores de Morena violaron la ley a promover consulta de revocación, confirma el TEPJF

En su proyecto, el magistrado Felipe de la Mata refirió que los gobernadores morenistas incurrieron en infracciones de propaganda personalizada del presidente Andrés Manuel López Obrador, además que vulneraron el principio de neutralidad durante el proceso de revocación de mandato.
jueves, 9 de junio de 2022 · 13:52

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que los gobernadores de Morena incluida la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, incurrieron en faltas al promover la revocación de mandato en periodo prohibido.

En la sesión en la que el órgano electoral detalló que contabilizó 98 ilícitos por parte de los gobernadores morenistas, también aprobó extender los criterios que se han usado en casos de violencia política de género para la pérdida del modo honesto de vivir, cuando se cometan actos reiterados de violación a la constitución en materia electoral y, por tanto, el impedimento de ser elegidos para ocupar cargos públicos.

El proyecto presentado por el magistrado Felipe de la Mata fue aprobado con cuatro votos a favor y tres en contra de los magistrados José Luis Vargas, Mónica Soto e Indalfer Infante, al no compartir la resolución sobre la posible pérdida del “modo honesto de vivir”.

En su proyecto, de la Mata refirió que los gobernadores morenistas incurrieron en infracciones de propaganda personalizada del presidente Andrés Manuel López Obrador, además que vulneraron el principio de neutralidad durante el proceso de revocación de mandato.

“Ante la desobediencia reiterada de las personas servidoras públicas de respetar la Constitución, la pregunta que debemos hacernos es ¿Cuál es la actitud que debe adoptar el Tribunal ante esta transgresión? Para mí, la respuesta es más que evidente: se deben adoptar todas las medidas necesarias para hacer respetar la Constitución como fundamento del orden jurídico de nuestro país”, subrayó de la Mata en su proyecto.

En su propuesta original, el magistrado propuso que el Instituto Nacional Electoral (INE) defina los lineamientos para detectar estos ilícitos constitucionales, así como sus sanciones entre las que figuran la pérdida del modo honesto de vivir y por tanto, el registro a futuras candidaturas.

Sin embargo, los magistrados no acompañaron el proyecto del magistrado de la Mata Pizaña para que el INE emitiera lineamientos para poderlos identificar este tipo de conductas y con ello, poder retirar el “modo honesto de vivir”.

La magistrada Janine Otálora consideró que la propuesta excedía las facultades del INE, por lo que planteó modificaciones en aras de que la Sala Regional Especializada determine las violaciones al artículo 134 constitucional y pueda pronunciarse en caso de reincidencia.

La magistrada Mónica Soto añadió que el INE carece de competencia para emitir estas reglas porque implica la imposición de una sanción por violación a las reglas de uso de recursos públicos y comunicación gubernamental, así como aspectos que conllevan la pérdida del modo honesto de vivir.

Finalmente, en la sesión pública que se realizó mediante videoconferencia, el pleno determinó que se deberá inscribir a las personas servidoras públicas sancionadas en el Catálogo de Sujetos Sancionados y dar vista a los congresos locales respectivos para que determinen la situación jurídica de las personas sancionadas, según corresponda.

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