Alejandra Cuevas Morán
Corte da revés a Gertz Manero absuelve a Laura Morán y ordena liberar a Alejandra Cuevas
Por unanimidad de votos, el Pleno de la Corte también resolvió otorgar un amparo liso y llano por considerar que no se acreditó el cuerpo del delito en contra de la excuñada de Federico Gertz, hermano del titular de la Fiscalía General de la República (FGR).CIUDAD DE MÉXICO.- (apro).-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la libertad inmediata de Alejandra Guadalupe Cuevas Morán, acusada del delito de homicidio por omisión de cuidados en agravio de Federico Gertz Manero, hermano del fiscal General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, tras concluir que no existían elementos de prueba para imputarle dicho ilícito.
Por unanimidad de 11 votos, el Pleno de la Corte también ordenó cancelar la orden de aprehensión que una juez penal de la Ciudad de México había girado en contra de Laura Morán Servín, expareja de Federico Gertz Manero, por el mismo delito, derivado de que tampoco se acreditó el cuerpo del delito por el que estaba siendo procesada penalmente.
Luego de la votación, el presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, dio instrucciones para notificar de inmediato a las autoridades penitenciarias del auto de libertad otorgado a Alejandra Cuevas, a quien se había acusado de ser omisa de la salud y la vida de quien fuera su padrastro, Federico Gertz Manero, en su calidad de “garante accesoria”, una figura que los ministros consideraron inexistente en el Código Penal de la Ciudad de México.
“Se instruye en este momento a la Secretaría General de Acuerdos (de la Corte) para que, por los medios más eficaces y expeditos, notifique a las autoridades correspondientes la determinación de este Tribunal Pleno y en consecuencia, se ponga en absoluta e inmediata libertad a la quejosa Alejandra Guadalupe Cuevas Morán por lo que se refiere a la causa penal 190/2020 del índice del Juzgado Sexágesimo Séptimo Penal de la Ciudad de México”, anunció Zaldívar.
Previamente, al resolver el amparo en revisión de Laura Morán, el ministro Luis María Aguilar Morales advirtió que no existían elementos de prueba -ni siquiera en grado mínimo- para acreditar que la citada mujer cometió un delito, ya que se acreditó durante el juicio que la exconcubina de Federico Gertz, en su calidad de cónyuge, contrató servicios médicos especializados para atender el deterioro de salud de su ex pareja, contrario a lo que argumentaba la Fiscalía Capitalina, en el sentido de que le negó cuidados especializados al hermano del Fiscal Alejandro Gertz Manero
Al sustentar su voto, el ministro Aguilar Morales también estimó que debido a la avanzada edad de Laura Morán, la contratación de personal sanitario especializado para la atención de Federico Gertz demuestra que ella hizo lo posible para atender a su expareja, sin que se pueda acreditar que haya incurrido en algún tipo de omisión o de que se negara a llevarlo al hospital antes de que lo recomendarán los médicos contratados por Alejandro Gertz Manero.
La ministra Loretta Ortiz sorprendió con su voto a favor, por considerar que el proceso penal contra Morán estuvo plagado de estereotipos de género, en el cual se impone a las personas del sexo femenino el papel de cuidadoras dentro de un ámbito familiar, sin tomar en cuenta que los hombres de un núcleo familiar tienen la misma obligación con las personas dentro de su propia familia.
A su vez, el ministro Juan Luis González Alcántara propuso a la Suprema Corte reconocer que Laura Morán y Alejandra Cuevas fueron víctimas de una violación a sus derechos humanos por parte de la fiscalía capitalina, con el propósito de que se les reconozca el papel de víctimas y de esta forma puedan reclamar al Estado una reparación del daño por concepto de la violación de sus derechos.
Al momento de su intervención, el ministro presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, negó que se haya dado una intervención ilegal en este caso por parte de una persona ajena al Poder Judicial de la Federación y resaltó que gracias a que ocho ministros decidieron ejercer su facultad de atracción sobre los amparos de Laura Morán y Alejandra Cuevas, el expediente del asunto se resolvió en tan sólo cuatro meses, en lugar de tardarse varios años en caso de que el asunto se hubiera resuelto los tribunales ordinarios de carácter local.
La sentencia final del caso, conocido como engrose, quedó pendiente, derivado de diferencias entre las argumentaciones del ministro ponente del caso, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, con otros ministros del pleno, tanto en lo referente a un cambio de criterios en materia de jurisprudencia como en lo que se refiere al uso de la perspectiva de género para resolver este caso.