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Recomendación de la Defensoría de Derechos Humanos de Oaxaca por 19 muertes en cárceles municipales
La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) emitió una Recomendación General dirigida a los 570 municipios de la entidad, así como a autoridades estatales de seguridad, procuración y administración de justicia. La defensoría también documentó que, entre enero de 2020 y noviembre de 2022, se han registrado 538 quejas por violaciones a derechos humanos cometidas presuntamente por elementos de las policías municipales.OAXACA, Oax. (apro).- Al documentar 19 muertes en cárceles municipales de Oaxaca durante los últimos siete años, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) emitió una Recomendación General dirigida a los 570 municipios de la entidad, así como a autoridades estatales de seguridad, procuración y administración de justicia.
La defensoría también documentó que, entre enero de 2020 y noviembre de 2022, se han registrado 538 quejas por violaciones a derechos humanos cometidas presuntamente por elementos de las policías municipales. Antes habían emitido tres recomendaciones relacionadas con decesos de personas en los centros de detención municipal de San Antonino Castillo Velasco (06/2018); San Pedro Apóstol (02/2020) y Santa María Alotepec Mixe (05/2022).
El organismo detalló que de 2015 a la fecha ha documentado 19 expedientes sobre decesos de personas en Santa María Camotlán, Santiago Juxtlahuaca, Tezoatlán de Segura y Luna (donde hubo dos casos, uno de ellos en la Agencia de Policía de San Martín del Río), La Ciénega Zimatlán, Huajuapan de León, Santa Lucía del Camino, Teotitlán de Flores Magón, San Juan Bautista Tuxtepec, Tataltepec de Valdés, Matías Romero Avendaño, El Espinal, San Juan Lajarcia, Salina Cruz, Santa María Huatulco, Santa Catarina Juquila, Tlalixtac de Cabrera, Juchitán de Zaragoza y San Andrés Chicahuaxtla.
Mencionó que en 14 casos las autoridades señalaron que las muertes ocurrieron por suicidio, mientras que en cinco argumentaron que las personas detenidas sufrieron complicaciones por enfermedades o malestares que derivaron en su muerte.
En tres casos se señala que las personas privadas de la libertad se quitaron la vida con su propio cinturón, pese a que las autoridades deben asegurarse de que quienes se encuentran a disposición no tengan a la mano objetos con los que puedan hacer daño a otras personas o a ellas mismas, como las agujetas y cinturones.
En la investigación, la DDHPO advierte la gravedad del caso de Zeferino S.M., quien al encontrarse detenido en la cárcel municipal de Santa Lucía del Camino fue agredido físicamente por un elemento de la Agencia Estatal de Investigaciones y otras personas que lo acompañaban, lo que ocasionó su muerte.
El organismo defensor de los derechos humanos agregó: “En el caso concreto de quien en vida respondiera al nombre de Salvador L.V., se documentó que dicha persona fue víctima de homicidio mientras se encontraba en la cárcel municipal de El Espinal, lo que pretendió hacerse pasar por un suicidio, pues en el primero de los dictámenes médicos que precedió a la exhumación del cuerpo, la necropsia concluyó que se trató de asfixia por ahorcamiento (suicidio); mientras que dos dictámenes forenses emitidos con posterioridad arrojaron que dicha persona perdió la vida por asfixia por estrangulación armada, esto es, que fue víctima de un homicidio mientras se encontraba bajo la custodia de una autoridad”.
La DDHPO advierte que, si bien en cada uno de los casos documentados en la Recomendación General se han iniciado averiguaciones previas y/o carpetas de investigación, la mayoría no trascienden la responsabilidad en que, al menos por omisión, pudieran haber incurrido los servidores públicos encargados del resguardo de las personas.
Por tanto, puntualiza, es indispensable que se investiguen a fondo los hechos, no solo por el interés de las víctimas sino porque es una cuestión de seguridad pública y procuración de justicia.
En la Recomendación General se solicita a la Secretaría General de Gobierno que, en coordinación con los ayuntamientos donde se han registrado los casos descritos, genere las acciones necesarias para que las víctimas indirectas de los hechos delictivos y de violaciones a derechos humanos tengan acceso a una reparación integral del daño y se les brinden las medidas de restitución, rehabilitación, compensación y garantías de no repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica en términos de la Ley General de Víctimas y la Ley de Víctimas del Estado de Oaxaca.
A los concejales e integrantes de los ayuntamientos antes mencionados, la DDHPO les pidió coadyuvar con las autoridades de procuración y administración de justicia para integrar las averiguaciones previas y/o carpetas de investigación relacionadas con las muertes en cárceles municipales, y en aquellos casos en los que proceda, se repare el daño en términos de la ya mencionada.
En tanto que, a la Fiscalía General del Estado la insta a que a la brevedad realice las diligencias requeridas para integrar y determinar las averiguaciones previas y en su caso, judicializar las carpetas de investigación relacionadas con las muertes de personas en los separos o cárceles municipales.
Asimismo, al Congreso del Estado de Oaxaca la DDHPO le solicita legislar para reforzar la normatividad existente a fin de garantizar los derechos humanos de las personas detenidas en los ayuntamientos.
Finalmente, el organismo pide a la Secretaría de Seguridad Pública que, en coordinación con las autoridades municipales, se capacite al personal policial de los municipios y sus agencias sobre derechos humanos, perspectiva de género, atribuciones y responsabilidades propias del personal en materia de seguridad pública, uso de la fuerza, y todas aquellas otras relacionadas con sus actividades, a fin de garantizar los derechos humanos de las personas detenidas.