Objeción de conciencia
Morena presenta la primera propuesta para regular objeción de conciencia
El documento plantea, entre otros preceptos, que será deber del Estado mexicano contar con personal no objetor de conciencia en todas las unidades de salud médica para no comprometer la salud y vida de las personas solicitantes.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El diputado morenista Emmanuel Reyes Carmona, presidente de la Comisión de Salud y ligado al grupo religioso de la Luz del Mundo, presentó en tribuna una propuesta para reformar el artículo 10-bis y adicionar preceptos a la Ley General de Salud, luego de ser invalidado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2018.
La reforma presentada ayer en tribuna por Reyes Carmona, dijo, tiene por objeto “coadyuvar a erradicar la vulneración del derecho humano a la salud de las personas usuarias de los servicios a quienes se les puede negar o restringir el acceso a la salud, como pueden ser trasplantes de órganos, transfusiones de sangre, cuidados paliativos o la interrupción del embarazo, el uso de anticonceptivos de emergencia”.
El legislador planteó que la reforma garantiza el derecho a la objeción de conciencia por motivos ideológicos o religiosos. El documento plantea, entre otros preceptos, que será deber del Estado mexicano contar con personal no objetor de conciencia en todas las unidades de salud médica para no comprometer la salud y vida de las personas solicitantes. También plantea que la objeción de conciencia no podrá invocarse en centros de salud donde haya insuficiente personal médico y de enfermería. Y la objeción de conciencia no podrá ser invocada para discriminar o persuadir de cualquier tipo de doctrina ideológica.
El tema comenzó a debatirse desde 2018, cuando la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) le solicitó a la SCJN eliminar la objeción de conciencia del personal médico por considerarlo discriminatorio contra las mujeres y sus derechos reproductivos. En septiembre de 2021, la Corte decidió invalidar el artículo 10 bis por considerarlo poco claro y propicio a abusos debido a su redacción deficiente e instó al Congreso de la Unión a la redacción de uno nuevo. El artículo invalidado permitía que el personal médico y de enfermería excusarse de participar en la prestación de servicios médicos aludiendo su ideología o religión, sin que esto se considerara discriminación.
“Contar con un marco jurídico que garantice de manera efectiva, el acceso a la salud, la objeción de conciencia, la no discriminación por motivo alguno y la libertad laboral”, expresó el legislador por el estado de Guanajuato.
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