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La CNDH pide al INM buscar e indemnizar a familia haitiana que pidió asilo y fue deportada
En su recomendación 80/2021, la CNDH solicitó al INM “realizar las acciones necesarias y posibles para localizar a las víctimas y, una vez logrado esto, proceder a la reparación integral d el daño, incluyendo el otorgamiento de una compensación, atención médica y psicológica" a la familia afectada.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) instruyó al comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Francisco Garduño Yáñez, localizar a una familia de haitianos para ser indemnizados por el daño causado luego de que fuera deportada pese a ser solicitantes de asilo.
En su recomendación 80/2021, la CNDH estableció que el INM violó los derechos humanos de una familia integrada por tres personas de nacionalidad haitiana, quienes fueron detenidos el 21 de julio de 2019 por personal del INM en la carretera Ciudad Hidalgo-Tapachula, para ser traslados a la Estación Migratoria Siglo XXI EM-SXXI), “donde solicitaron el reconocimiento de la condición de refugiado”.
La recomendación, que surge de una queja presentada por el Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova, refiere que, tras la solicitud de refugio, la familia haitiana fue liberada de la EM-SXXI “por alternativa a la detención” el 16 de agosto de ese año, mientras la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar), tramitaba su petición.
El 8 de enero de 2020, la familia fue detenida por elementos del INM bajo el argumento de que “la constancia de solicitud de condición de refugiado (…) había vencido”, por lo que las tres personas haitianas fueron trasladados a la EM-SXXI.
Tras permanecer dos semanas en la EM-SXXI, los migrantes fueron trasladados a la Estación Migratoria en Acayucan, Veracruz. donde el personal del INM sugirió al padre de familia que “si firmaba unos documentos podría salir de ese recinto”.
Sin embargo, las tres víctimas fueron trasladadas una vez más a la EM-SXXI, “para posteriormente ser deportadas a Haití vía el aeropuerto de Tapachula, Chiapas; lo anterior sin tomar en consideración que eran solicitantes de la condición de refugio”.
La investigación de la CNDH acreditó “violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la legalidad, al principio de no devolución, así como al interés superior de la niñez, al constatar que autoridades migratorias omitieron evaluar correcta y oportunamente las solicitudes de reconocimiento de condición de refugiado y el riesgo que corrían las personas migrantes, además de que no respetaron las garantías mínimas para que tuvieran acceso a un debido proceso que les diera seguridad jurídica”.
La CNDH indicó que en sus alegatos, el INM dijo que en la EM-Acayucan había asignado un traductor en idioma inglés a las personas afectadas, en apego a la Ley de Migración que establece la obligación de asignar un intérprete a migrantes extranjeros, sin embargo la lengua de los haitianos es el creole que tiene semejanzas con el francés, “por lo que no existe certeza de que hubieran comprendido el procedimiento que les fue instaurado, ni comunicar adecuadamente sus necesidades”.
El organismo apuntó que el INM notificó al consulado de Haití en México sobre el aseguramiento de las víctimas, “y determinó su retorno asistido, a pesar de que el procedimiento de la condición de refugiado todavía se encontraba pendiente de resolución, vulnerando con ello el principio de no devolución”.
Aunado a ello, el INM “omitió solicitar la colaboración de la Procuraduría Federal de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes”, pese a que entre las víctimas había un menor de edad.
En su resolución, la CNDH solicitó al INM “realizar las acciones necesarias y posibles para localizar a las víctimas y, una vez logrado esto, proceder a la reparación integral d el daño, incluyendo el otorgamiento de una compensación, atención médica y psicológica; así como colaborar con el seguimiento de queja que se presente contra los servidores públicos de las violaciones a los derechos humanos ante el Órgano Interno de Control de ese Instituto”.
Recomendó al INM “celebrar un convenio o acuerdo con organismos internacionales e instituciones públicas o privadas nacionales para garantizar la intervención de traductores o intérpretes para las personas en contexto de migración de origen haitiano que estén sujetas a un procedimiento administrativo migratorio”.
La CNDH requirió al comisionado del INM generar las condiciones para “impartir un curso de capacitación en materia de derechos humanos, seguridad jurídica, el principio de no devolución y la observancia del interés superior de la niñez al personal de las estaciones migratorias de Tapachula y Acayucan para prevenir actos similares”.