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CNDH festeja eliminación del IVA en productos de higiene menstrual
La Comisión emitió la recomendación 35/2031 relacionada con la ausencia de acciones para garantizar a las adolescentes y a las mujeres privadas de la libertad el derecho a la salud reproductiva y a la gestión menstrual digna.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) celebró la determinación del Senado de la República de eliminar el impuesto al valor agregado (IVA) a los productos de higiene menstrual. Tal disposición –incluida en la Miscelánea Fiscal 2022-- permitirá a personas menstruantes adquirir esos artículos “a un costo accesible y acorde a sus posibilidades”, apuntó.
En un pronunciamiento, el organismo destacó que la eliminación del impuesto refleja “avances importantes en el enfoque diferencial y en derechos humanos”, así como en la consideración de la perspectiva de género en la política fiscal, “que de manera progresiva permita el acceso efectivo de las personas a su derecho a vivir su gestión menstrual en condiciones dignas”.
Asimismo, sugirió “dar un seguimiento puntual en la generación de otras políticas públicas e incluso de reformas legislativas que en torno a esta eliminación protejan y garanticen de manera definitiva el reconocimiento pleno de este derecho”.
Recordó que ante la visión “biomédico y comercial” de la menstruación, que no considera “la convergencia de factores psicoemocionales, socioculturales, económicos, educativos y ambientales”, por lo menos desde el año pasado se alertó que el impuesto en los productos de higiene menstrual tenía un carácter “sexista o rosa que iba en detrimento de la igualdad entre las mujeres y los hombres en el sistema fiscal mexicano”.
Así se demostró en un estudio realizado por el Instituto Belisario Domínguez del Senado, mientras que un grupo de legisladores presentaron una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la tasa de 16% del IVA a productos de gestión menstrual, y en abril de este año la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma al artículo 114 de la Ley General de Educación para que las autoridades educativas y sanitarias de las entidades federativas facilitaran este tipo de productos en las escuelas de niveles básico y medio superior, abundó.
En ese sentido, la CNDH emitió la recomendación 35/2031 relacionada con la ausencia de acciones para garantizar a las adolescentes y a las mujeres privadas de la libertad el derecho a la salud reproductiva y a la gestión menstrual digna --incluidas las mujeres que ingresan como visita familiar--, así como sobre el derecho de las personas menstruantes internas en centros penitenciarios a acceder de manera gratuita a estos productos, lo que obliga a las autoridades a garantizar el abasto “suficiente e ininterrumpido”.
Durante la investigación de dicha recomendación “se constató que varios de los sistemas penitenciarios estatales no contaban con partidas presupuestales específicas para la adquisición de esos enseres, lo que genera que en la mayoría de los casos las personas menstruantes tengan que comprar dichos productos a costos excesivos al interior de esos centros; que en algunos casos sean suministrados por sus familiares, o bien, correr el riesgo de infecciones que afectan su salud al no utilizar producto alguno al no contar con medios económicos para acceder a ellos”.
El organismo resaltó que en el documento recomendatorio se advirtió la vulnerabilidad en que se encuentran las personas menstruantes privadas de la libertad, para quienes “el acceso efectivo de dichos productos representa un obstáculo en su derecho a la salud y a una calidad de vida en reclusión, lo que, a su vez, permite demostrar que, al igual que este grupo, se encuentran otros más en nuestro país”.
Y advirtió que estará “atenta a que todos los sectores de la población en edad menstruante accedan en condiciones dignas e igualitarias a dichos productos a partir de esta determinación” aprobada en la Miscelánea Fiscal.