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INE invalidará a ganadores por cometer violencia de género o que sean deudores alimentarios: TEPJF

La resolución del TEPJF estableció que el INE cuenta con las facultades para invalidar la elección de un agresor, e incluso aseveró que “no se puede declarar válida una elección que en su culminación desemboca en una inhabilitación”.
miércoles, 14 de mayo de 2025 · 20:08

CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó hoy que el Instituto Nacional Electoral (INE) invalidará los resultados de las elecciones judiciales en caso de que se compruebe que el candidato ganador fue sentenciado de manera firme por delitos relacionados con la violencia de género o por ser deudor alimentario. 

Durante su sesión de hoy, la Sala Superior del TEPJF desechó una impugnación que Nallely Vianey Paredes Suárez, quien es candidata a jueza de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México, presentó contra el acuerdo del Consejo General de INE, que planteó el retiro de las constancias de mayoría a los candidatos sentenciados por violencia de género, en cumplimiento con el protocolo conocido como “8 de 8 contra la violencia”. 

La resolución del TEPJF estableció que el INE cuenta con las facultades para invalidar la elección de un agresor, e incluso aseveró que “no se puede declarar válida una elección que en su culminación desemboca en una inhabilitación”, según recalcó el magistrado Felipe Fuentes Barrera, cuya ponencia elaboró el proyecto. 

Con esta decisión del TEPJF, el INE invalidará los triunfos electorales de quienes hayan sido sentenciados por delitos “contra la vida y la integridad corporal”, contra la “libertad y seguridad sexuales”, de violencia familiar y de violencia doméstica, de violencia a la intimidad sexual, de violencia política en contra de mujeres por razón de género, o por ser deudor alimentario. 

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