Ley de amparo

Reforma a Ley de Amparo es necesaria porque el procedimiento está muy burocratizado: Hugo Aguilar

Al ser cuestionado sobre la retroactividad de la reforma, el ministro presidente de la SCJN consideró que no era necesario incluirlo y que, en ese sentido, debe reajustarse.
viernes, 3 de octubre de 2025 · 20:03

CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Hugo Aguilar Ortiz consideró necesaria la reforma a la Ley de Amparo para reducir la burocratización de dicho juicio. 

Esta mañana, el ministro presidente consideró que el juicio de amparo también prevé medios de impugnación que han llevado a hacerlo interminable y que deben ser acotados. 

“Es necesaria la reforma a la Ley de Amparo porque el procedimiento está muy burocratizado o hay muchísimos medios de impugnación que hacen de pronto que los juicios se hagan interminables, entonces sí es necesario simplificar buena parte del procedimiento y en algunos casos el tema de la revisión de sentencias”, indicó durante un encuentro con medios de comunicación. 

El ministro presidente fue cuestionado sobre la pertinencia del artículo transitorio añadido por el Senado de la República para establecer la aplicación retroactiva de la reforma impulsada por la presidenta, Claudia Sheinbaum. 

Aguilar Ortiz consideró que no era necesario incluirlo y que, en ese sentido, debe reajustarse. 

Esta mañana, la presidenta Sheinbaum y el coordinador general de Política y Gobierno, Arturo Zaldívar, reiteraron su rechazo a la aplicación retroactiva de la reforma a la Ley de Amparo. 

“En este gobierno no se impulsan ni se avalan ni leyes ni actos contrarios a la Constitución y que no hay cabida a aplicación retroactiva de ninguna ley en perjuicio de persona alguna”, comentó el ministro en retiro Zaldívar, durante la conferencia matutina de la mandataria federal. 

Proceso informó ayer que la aplicación retroactiva de las leyes para perjudicar a cualquier persona está prohibida en la Constitución. 

Pese a ello, la inclusión de esta posibilidad en la reforma a la Ley de Amparo podría afectar a todas las personas que tengan juicios de amparo en trámite mediante la revocación de suspensiones o modificación de sus efectos, el desechamiento de demandas por falta de interés legítimo o la aplicación del mandato de que las autoridades no serán sancionadas cuando al incumplir una sentencia de amparo aleguen imposibilidad material. 

Aguilar Ortiz anunció que en los próximos días su ponencia presentará sus primeros proyectos ante el Pleno, aunque rechazó adelantar los temas que abordará. 

Asimismo, presumió que, a diferencia de la anterior administración de la SCJN, el Pleno actual resuelve de 12 a 15 asuntos por sesión, mientras que anteriormente resolvían máximo 5 casos por sesión. 

Sin embargo, en las extintas salas, que sesionaban una vez por semana, llegaban a resolver hasta 50 casos cada una por sesión.

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