Elecciones 2024
El INE aprueba que partidos incluyan nueve candidaturas al Senado para grupos vulnerables
Por primera vez habrá criterios para postular a la Cámara alta a personas indígenas, afromexicanas, con discapacidad, de la diversidad sexual y migrantes.CIUDAD DE MÉXICO (proceso.com.mx).- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) definió la forma en que aplicará las acciones afirmativas para garantizar el principio de paridad de género e incluir a grupos vulnerables en el registro de candidaturas a diputaciones y senadurías en el Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024.
Por primera vez, habrá criterios para registrar precandidaturas de grupos vulnerables al Senado y se avaló que los partidos les aparten al menos nueve postulaciones.
Sin embargo, no se admitió el criterio propuesto de incluir candidaturas a personas en situación de pobreza, propuesto por el consejero Uuc-Kib Espadas.
En acatamiento a una sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el INE emitió reglas para el registro de candidaturas de personas indígenas, afromexicanas, con discapacidad, de la diversidad sexual y migrantes, que harán partidos políticos y, en su caso, coaliciones, partiendo del modelo normativo implementado en el PEF 2020-2021.
En sesión extraordinaria celebrada el sábado, la presidenta del Consejo General del INE, Guadalupe Taddei Zavala, expuso que, por ser la primera ocasión que se implementan acciones afirmativas en el Senado de la República, “creemos que ya no habrá pasos hacia atrás” y se aseguran nueve lugares para estos grupos.
Sobre las nueve acciones afirmativas a implementar en el Senado, por mandato del Tribunal, el acuerdo ordena que se apliquen tres medidas afirmativas en los primeros 15 lugares de la lista, por el principio de representación proporcional.
De estas tres, una corresponderá a migrantes, una a población indígena y una a personas con discapacidad.
Por su parte, por el principio de mayoría relativa, cuatro corresponderán a población indígena, una a personas de la diversidad sexual, y una a afrodescendientes mexicanos.
Las candidaturas que sean postuladas como representantes de la población indígena deberán contender en entidades donde este sector sea mayor al 30% de concentración: Campeche, Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo y Yucatán.
Respecto a la acción afirmativa de personas de la diversidad y afrodescendientes en mayoría relativa, estas candidaturas podrán participar en la contienda en entidades: una de alta y otra de baja competitividad.