Derechos Humanos
DIF Aguascalientes: fugas, abusos sexuales, tortura, consumo de sustancias…
La sentencia sobre un proceso de amparo para proteger a cuatro infantes violentados, que fueron enviados por el DIF a dos albergues, desnuda la violencia que viven las infancias en Aguascalientes, donde el sistema que debería protegerlos los encierra en anexos.Aguascalientes, Ags. (Proceso).- El 24 de enero de 2023 la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema DIF recogió a cuatro hermanos de casa de su abuela, donde vivían en el descuido y eran constantemente agredidos. Luego decidió separarlos y dejarlos en dos albergues diferentes. En ambos lugares, los cuatro fueron testigos de torturas, malos tratos, falta de comida o alimentos echados a perder, así como de fugas de otros adolescentes. También supieron de posibles abusos sexuales y consumo de sustancias nocivas.
La sentencia 353/2023-V, recién emitida el pasado 9 de noviembre, ordena a la directora del Sistema DIF, Rita Verónica Cruz Medina; a la actual procuradora, Luz Rosales; y a la gobernadora Teresa Jiménez, garantizar “un mayor compromiso en relación con la protección y defensa de las infancias”.
En los últimos meses, Quinto Elemento Lab reveló cómo el DIF en Aguascalientes y en otros ocho estados ha enviado a niños y adolescentes a centros de rehabilitación de adicciones para adultos, conocidos como anexos, incluso sin presentar consumo de sustancias.
También se han documentado fugas de adolescentes que acusan malas condiciones en las casas DIF o en albergues regulados por el estado.
La sentencia revela que a mediados de octubre, cuando el gobierno estatal ya había prometido no volver a hacerlo, una treintena de adolescentes fueron llevadas por el DIF Estatal a un anexo, donde permanecieron día y medio. La justificación fue que las llevaron ahí mientras acondicionaban otro lugar.
En medio del drama, las investigaciones han sido pocas y sólo una persona ha sido sancionada: Martha Patricia Chávez Díaz de León, exencargada de la Casa DIF, quien fue separada de su cargo en septiembre pasado. En tanto, Cruz Medina, la directora, no ha dado ninguna explicación pública sobre las múltiples acusaciones y deficiencias. Tampoco lo ha hecho Aurora Jiménez, presidenta honoraria del organismo y hermana de la gobernadora.
La fiscalía asegura que investiga, pero a diferencia de otros casos de relevancia política y social, éstos no han tenido prioridad. El fiscal, Jesús Figueroa Ortega, ha afirmado que las acusaciones de las y los adolescentes no muestran delitos graves. Peor no existe rastro de investigaciones en la Contraloría Estatal o en el Órgano Interno de Control del DIF.
En entrevista con Proceso, el consejero jurídico del estado, Eduardo Aguilar, dice que encontraron “áreas de oportunidades” en la operación del DIF y aseguró que se trabaja jurídica y materialmente para mejorarla. Añade que, hasta el momento, ese sistema acoge a 437 niñas, niños y adolescentes en el estado, aunque el número fluctúa cada semana.
Una cárcel para niños
El proceso de amparo que derivó en la sentencia (a cuya versión pública tuvo acceso Proceso) inició el pasado 14 de abril, luego de que la abuela de los menores –cuatro niños, entre ellos una de cuatro y otro de seis años, además de una adolescente de 11– solicitó sacarlos de los albergues a donde la Procuraduría del DIF les había enviado.
Tras visitar esos albergues, una actuaria del Poder Judicial encontró el pasado 3 de mayo lo siguiente, que incluye fragmentos de entrevistas que se realizaron a los cuatro hermanos:
“La menor de 11 años le informó a su abuela que al interior del albergue el personal administrativo constantemente los castiga y los han dejado sin comer, tan es así que el día de ayer la menor de cuatro años le dijo textualmente a su abuela ‘tengo hambre’ (...)”.
“Para poder tener los alimentos, tienen que trabajar para ganárselos, ella y todos los niños, incluso sus hermanitos. Por ejemplo, barren o lavan los baños. Las más grandes ayudan en la cocina”.
“La menor de cuatro años en algunas ocasiones ha orinado sus sábanas, y en consecuencia, personal del albergue la pone a lavar y/o enjuagar sus propias sábanas”.
“A los tres menores que se encuentran en el albergue no les proporcionan cobijas para taparse en la noche”.
En ambos centros, la actuaria encontró vegetales con moho y comida echada a perder desde 2022, que aún era servida a niñas, niños y adolescentes, quienes declararon que les obligaban a consumirla pese a su mal olor y sabor.
También se localizaron instalaciones en mal estado y peligrosas para las infancias, así como falta de higiene, de agua potable y de insumos necesarios para subsistir.
“Le llaman la atención si solicita shampoo, papel higiénico o toallas sanitarias. Le dicen que se espere, pasan a veces días y consigue con sus compañeras, pero a veces no le quieren compartir debido a que después se les va a terminar a ellas y batallan para que les vuelvan a dar esos insumos”.
“Al ingresar a la habitación y al revisar la cama, se observa un colchón no muy grueso, sucio; el cubrecolchón, las sábanas y la funda de la almohada se observan con una mancha en tonalidad amarillento, con olor al parecer de pipi. Entre las capas, es decir, entre el cobertor, la colcha, sábanas y cubre colchón, al ir destendiendo la cama, salía tierra”.
“En cuanto a sus cosas de aseo personal, manifestó que son guardadas en una cubeta. A ella le corresponde la número siete, y ahí tiene shampoo, sandalias, toallas, esponja de baño y jabón zote, mismo que utiliza ya sea para uso personal o para lavar su ropa”, señala el documento.
La sentencia resuelta por Jaime Páez Di´az, juez primero de Distrito en el estado, añade que las infancias tampoco tienen acceso a servicios de salud como lo obliga la Ley.
“Dice que por las noches les cierran la puerta de las habitaciones para que no salgan, pero que cuando a veces se siente caliente de su cuerpo, sus compañeritas le han puesto papel con agua en la frente, que sabe que es mejor no tocar la puerta porque si la toca y bajan, al día siguiente van a estar castigadas”, dice otro de los testimonios.
El documento señala que las niñas y niños sufren diversos castigos, reciben ‘nalgadas’, son cuidados por personal poco capacitado, y las personas a su cargo les infunden miedo y los tratan de formas crueles.
“La regañaron en la mañana porque cuando se peinó se hizo una coleta, pero como hoy les tomaron unas fotos la regresaron a peinarse de otra manera (...) y el castigo fue que no le dieron de desayunar y que tampoco la iban a dejar tener lonche en la escuela”.
“(Dice) que su hermana le tiene miedo a (una maestra) y a veces del miedo solo se le queda viendo y no se mueve. La regañan pero dice que no se mueve porque le tiene miedo, ya que una vez la mojó y la asusta con que la va a meter a los tambos con agua y su hermanita le tiene miedo al agua, por eso le tiene miedo a la maestra”.
“La decisión de usar castigos contra niños y niñas en cuidados alternativos o albergues tenemos que llamarla por su nombre: tortura. Y la tortura tiene muchas expresiones, es sistemática, pretende causar un daño, puede ser física o psicológica. Y lo que busca es la eliminación, la sumisión. Esto es algo muy frecuente en los albergues, particularmente en las instituciones de encierro que no están en los lineamientos con los estándares internacionales”, explica Juan Martín Pérez García, de la organización Tejiendo Redes Infancia en América Latina y el Caribe, y añade que estas situaciones ocurren con frecuencia en todo el país.
“A los tres hermanos que se encuentran en el albergue personal de ahí no les permite acercarse y convivir entre ellos mismos. (Una de las hermanas) ha visto como a la menor la agreden otros niños y niñas, al querer defender y/o acercarse a sus hermanos menores de cuatro y seis años, le niegan dicho acercamiento. (...) La restricción en comento es injustificada y contraria al interés superior de las infancias y al principio de preservación de la unidad familiar”, señala el documento.
De acuerdo con los hallazgos del Poder Judicial, ninguno de los dos centros a los que el DIF envió a los cuatro hermanos contaban con las certificaciones de ley, ni eran supervisados por el estado como las leyes le obligan.
“Hay actos institucionales delictivos con nombres de personas concretas que pueden fijarse responsabilidades de carácter administrativo e incluso de orden penal. La analogía es terrible, pero es exactamente igual. Tenemos a la mitad de la población de México en cárceles y sin sentencia. Nos pasa exactamente lo mismo, pero peor. Los niños y adolescentes que están en lugares alternativos están ahí como si fueran depósitos humanos, pero no hay planes de restitución de derechos. Los mandatos judiciales quedan literalmente en el limbo”, añade Martín Pérez.
El 8 de mayo, las autoridades judiciales solicitaron a la entonces directora general del DIF y a la Procuradora de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, María Guadalupe Gallegos León, un informe sobre la operación de los dos centros de asistencia y cesar de inmediato los castigos corporales y medidas de confinamiento que afectaban la integridad de los infantes.
Pero al rendir su informe, Gallegos León negó que esas malas condiciones existieran. La directora general del DIF ni siquiera respondió al mandato del Poder Judicial.
“Se advierte por parte de las responsables una postura que, a lo largo del proceso, evidenció cierta renuencia a brindar información y cumplir con sus obligaciones derivadas de su carácter de sujeto procesal”, señala la sentencia.
En septiembre pasado, justo cuando una decena de niñas se fugaron de una de las casas DIF, Gallegos León –cercana a la gobernadora Teresa Jiménez–, como magistrada del Tribunal Administrativo, junto con un grupo de panistas.
En ese Tribunal se dirimen, precisamente, las faltas cometidas por servidores públicos contra ciudadanos.
Múltiples fugas
En un lapso de tres meses, 17 adolescentes –principalmente mujeres de entre 12 y 14 años– se han escapado de albergues gestionados por el Sistema DIF. Por uno de esos casos, Martha Patricia Chávez Díaz de León, ex encargada de la Casa DIF, fue separada de su cargo.
Las fugas que fueron de conocimiento público ocurrieron el 12 de agosto, el 25 de septiembre y el 31 de octubre.
Algunas adolescentes permanecieron hasta dos días sin ser ubicadas, y en ninguno de los casos la fiscalía de Aguascalientes activó las Alertas Ámber –mecanismo para buscar a personas menores de edad– de forma inmediata, como lo marca su protocolo.
Las adolescentes se quejaron ante la fiscalía de malas condiciones en los albergues: comida echada a perder, encierro prolongado y falta de comunicación con sus familias, asuntos sancionados en la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del estado. Por sus testimonios se abrieron carpetas de investigación cuyo avance se desconoce.
Dos de los casos son investigados por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, órgano que ya emitió medidas cautelares para el DIF, que incluyen indagatorias sobre las deficiencias en la seguridad de los centros de acogida. Hasta el momento no se sabe si esas medidas cautelares se convertirán en una recomendación oficial.
No fueron las únicas fugas. De acuerdo con la sentencia del Poder Judicial, en abril de este año seis adolescentes se escaparon de un albergue para mujeres ubicado en el centro de la capital aguascalentense y caminaron hacia el perímetro de la Feria Nacional de San Marcos, a unas cuadras.
Esa noche, acompañadas de hombres mayores de edad que presuntamente consumían drogas, fueron trasladadas a una vivienda cuya ubicación no se indica en la sentencia. Por la madrugada regresaron al albergue, pero el familiar de una de ellas las vio en la feria y reportó la fuga.
“(La madre) me empezó a regañar y nos cachó a todas, a (una niña) la expulsó, y nos dijo que nos íbamos a tener que ir a un anexo, nos metió mucho miedo del anexo”, testificó una de las menores que se escaparon esa noche.
“(...) me escapé de la casa hogar porque estaba muy desesperada (...) nos daban agua de la llave donde pasaban las ratas y cucarachas”, relató otra de las adolescentes.
En el albergue, las niñas recibían malos tratos y constantemente eran llamadas por la mujer que coordina el lugar como “arrimadas” o “mantenidas”, y habían pasado hasta dos años sin suficiente comunicación o visitas de sus familias. Tampoco conocían el avance legal de sus casos.
“(Le dicen) que sus familiares ahí la dejaron, que su mamá no la busca, que no va a regresar con ellos, y que si sale de ahí será para irse a un anexo. Que a las adolescentes que van de casa DIF las trata como arrimadas. Que por ese motivo ella quisiera salir de ahí”, declaró la actuaria del Poder Judicial, con base en el testimonio de una adolescente.
“Se advierte el ejercicio de otras formas de violencia emocional, como es el caso del menosprecio, la diferenciación injustificada y la humillación por parte de directivas del centro (...) lo que en la mayoría de ellas produjo un estado de indefensión y sentimientos de tristeza y enojo”, señala la sentencia.
Pérez Martín, de la organización Tejiendo Redes Infancia en América Latina y el Caribe, explica: “Los niños y niñas y adolescentes no tienen que estar en instituciones, y como la ley establece, está prohibido que estén en anexos. No tienen que estar en instituciones porque el daño neurológico, metabólico y de socialización es enorme.
“Son niños y niñas que no desarrollan todas las condiciones neuronales necesarias porque no están socializados, pierden redes de protección y particularmente limitan su desarrollo tanto cognitivo como social. Por ello es que la institucionalización de los albergues tiene que ser la última opción por el menor tiempo posible y en espacios supervisados. Claramente lo que tenemos aquí son delitos. Sabemos que por el manejo político que tiene el Estado mexicano y por supuesto Aguascalientes, habrá impunidad garantizada”.
Consumo de sustancias y posibles abusos sexuales
En albergue para mujeres, señala la sentencia, un hombre que ingresaba como benefactor tenía conductas sexuales con las adolescentes, posibles abusos, pero el DIF nunca le dio importancia.
“(La niña) hacía comentarios de que don ***** se le arrimaba y le respiraba mucho en el cuello o la abrazaba y le bajaba las manos hasta sus pompis y en veces la llevaba a vender galletas a ella y otras niñas, dice que ahí le insinuaba cosas, pero no mencionó que cosas”, declaró una de las niñas que vivía en el albergue. Otras dijeron que ese hombre había querido besar a otras de las niñas.
Tras las denuncias, el hombre no volvió a ingresar al albergue, pero la sentencia condenó que lo hubieran dejado ingresar siendo una persona externa y que los testimonios no fueran tomados por el DIF con seriedad, además de que las adolescentes fueran revictimizadas.
“Se advierte la presencia de posibles procesos de revictimización por parte del personal del albergue, quienes según la voz de las adolescentes, culparon de “provocadoras” a las jóvenes que señalaron haber sido abusadas, lo que, de ser el caso, evidencia la existencia de procesos de revictimización al interior de los albergues, sostenidos en prejuicios y estereotipos de género”, señala el documento.
Las adolescentes declararon a la actuaria del Poder Judicial que algunas consumían “vino para preparar galletas” y se robaban clonazepam (un medicamento controlado) sin que las coordinadoras del albergue lo notaran.
“Hay graves irregularidades en las condiciones de institucionalización dentro de los centros de asistencia social, las cuales representan vulneraciones directas a sus derechos fundamentales, particularmente a la seguridad, salud, bienestar, desarrollo e integridad física y emocional. Lo que de forma clara constituye una inobservancia por parte de las autoridades involucradas, en lo relativo al deber de tomar todas las medidas necesarias para asegurar la plena vigencia de los derechos de las personas menores de edad”, declara la sentencia.
El anexo, otra vez
De acuerdo con la sentencia, las niñas, niños y adolescentes constantemente eran amenazados con enviarlos a un anexo.
La amenaza se cumplió cuando 10 adolescentes que se fugaron el 25 de septiembre de una Casa DIF fueron llevadas por las propias autoridades al Centro de Recuperación y Rehabilitación de Alcoholismo y Drogadicción Zona Uno A.C. (CRREAD), una organización con centros de rehabilitación para adultos que opera en 14 estados.
La noticia fue un escándalo y el ‘anexo’ fue clausurado pero, como documentó Quinto Elemento Lab, había en el lugar 21 menores enviados por el DIF desde la pasada administración de gobierno, y una adolescente llevada por la fiscalía estatal.
Pese a ello, el 5 de octubre, el consejero jurídico del estado declaró que enviarlas al anexo había sido una decisión de emergencia y prometió que no volvería a suceder. Pero días después el DIF lo volvió a hacer.
De acuerdo con la sentencia, el 17 de octubre la dependencia envió a una de las sucursales del CRREAD a una treintena de adolescentes durante día y medio.
Al respecto, indica la sentencia: “El hecho de que la autoridad manifieste que efectivamente fueron albergadas de forma provisional en una institución de las denominadas anexo, aunque esto haya sido de forma breve mientras se acondicionaba el nuevo lugar donde habrían de ser resguardadas, resulta sumamente grave y evidencia la falta de recursos y protocolos a seguir a fin de garantizar la integridad física y emocional de las personas sujetas a institucionalización por parte del Estado”.
Hasta el 9 de noviembre, cuando se emitió la resolución judicial, “ninguno de los centros de asistencia detectados y que actualmente prestan sus servicios (para el DIF Estatal) se considera como ‘autorizado’ bajo el parámetro de la Dirección General de Regulación de Centros de Asistencia Social de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, ni tampoco cuentan con lineamientos”.
Los cuatro hermanos regresaron a casa de su abuela, que firmó con las autoridades jurisdiccionales un “convenio de cuidados”. De no cumplirlo, los cuatro serán devueltos al Sistema DIF.
No son los únicos que prefieren regresar a casa aunque ahí hayan sido maltratados.
“Se advierte que varios de los niños incluso manifestaron su deseo de regresar al núcleo de origen en lugar de permanecer en el centro de asistencia, no obstante que precisamente el maltrato experimentado dentro de dicho núcleo fue lo que dio inicio a la intervención del Estado, dando cuenta con ello de que perciben las condiciones de institucionalización peores en relación con las que vivieron en su familia”, señala la sentencia.