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Copred pide se cumplan obligaciones legales de igualdad a trabajadoras sexuales

“En esta capital el trabajo sexual es legal y como tal, las personas que lo ejercen deben tener garantizadas condiciones dignas para su ejercicio”, dijo el COPRED.
viernes, 12 de julio de 2024 · 15:32

El Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (Copred ) hizo un llamado a propietarios y administradores de hoteles y moteles, a que cumplan sus obligaciones legales de igualdad y no discriminación en sus servicios, pues en dichos establecimientos persisten estos tipos de violencias para las trabajadoras sexuales.

“En esta capital el trabajo sexual es legal y como tal, las personas que lo ejercen deben tener garantizadas condiciones dignas para su ejercicio”, sentenció el Copred en un pronunciamiento donde señaló que, desde 2019 a la fecha, abrió 15 expedientes de queja en contra de hoteles y moteles por motivos de transfobia y homofobia, así como discriminación por discapacidad, condición de salud y racismo.

Por ello, recordó que es ilegal que los trabajadores de los moteles y hoteles limiten el acceso y movilidad de las trabajadoras, pues la Constitución Política de la ciudad, la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación, el Código Penal y la Ley de Establecimientos Mercantiles establecen que está prohibida la discriminación en la prestación de servicios de hospedaje.

Lo anterior se da cuatro días después de que un grupo de trabajadoras sexuales de la comunidad trans bloquearon la calzada de San Antonio Abad, a la altura de la calle José Tomás Cuéllar, en la Colonia Obrera, de la alcaldía Cuauhtémoc, para exigir respeto al trabajo sexual, pues denunciaron que en el Hotel Encanto les negaron el acceso.

Este martes, el Consejo compartió que ha tomado conocimiento de casos en donde los establecimientos ejercen prácticas transfóbicas y niegan el servicio o acceso a mujeres trans, a quienes además amedrentan, amenazan, dan malos tratos e incluso les levantan denuncias falsas.

Según precisó, “la estigmatización y criminalización de las personas trabajadoras sexuales perpetúa un ciclo de abuso y marginación que debe ser atendido y eliminado”.

Entonces, urgió a los propietarios y administradores de estos establecimientos a que tomen medidas inmediatas que garanticen la protección y el respeto de los derechos humanos, por medio de las siguientes estrategias y medidas de seguridad:

  • Implementación de programas de capacitación para el personal.
  • El cambio de la placa antidiscriminatoria que señala la prohibición de discriminar y los teléfonos para en su caso denunciar.
  • Instalación de cámaras de vigilancia.
  • Exhibición de los números de emergencia -como el de SOS Mujeres *765-.
  • Adecuada iluminación y la presencia de personal capacitado para intervenir en situaciones de violencia.
  • Que establezcan protocolos claros para la atención y protección de las personas trabajadoras sexuales y de quienes utilizan sus servicios para garantizar que puedan denunciar cualquier tipo de violencia o abuso sin temor a represalias.

El Copred detalló que en su página se puede acceder a la información necesaria para el cambio de placa antidiscriminatoria, así como información para cursos y pláticas disponibles todo el año: https://copred.cdmx.gob.mx/.

Además, compartió el link de la página donde la Secretaría de las Mujeres subió una guía para la prevención de violencia en hoteles, junto con otros materiales informativos: https://www.semujeres.cdmx.gob.mx/hotel-seguro

Cualquier denuncia sobre discriminación en hoteles y moteles puede ser realizada a través

de la Línea de la No Discriminación en el 5556581111 o en el correo quejas.copred@cdmx.gob.mx.

Multas por discriminar

El Consejo remarcó que los hoteles y moteles que ejerzan discriminación contra trabajadoras sexuales e integrantes de la comunidad trans, podrán enfrentar sanciones con pagos que pueden variar desde 13 mil, hasta dos millones 593 mil 500 pesos.

El artículo 60 de la Ley de Establecimientos Mercantiles le permite al Consejo realizar visitas extraordinarias en los casos en donde se incumplió la obligación de prevenir la discriminación.

Además, la Ley del Instituto de Verificación Administrativa (Invea) le permite remitir las opiniones jurídicas en las que se constate la discriminación a la Secretaría de Gobierno (Segob), las alcaldías y el INVEA, para en su caso, imponer las sanciones que varían según el tamaño e impacto del establecimiento, con montos que van desde 13 mil 71, hasta 2 millones 593 mil 500 pesos.

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