Código Fiscal de la Federación
Avalan Código Fiscal de la Federación; podrán monitorear plataformas digitales en tiempo real
El diputado del PAN, Héctor Saúl Téllez, afirmó que este Código sirve al gobierno para husmear en la vida personal de los usuarios de los usuarios de plataformas digitales, para conocer movimientos comerciales, qué se compra, qué se vende, “cuánto gastas”.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Los diputados oficialistas aprobaron en lo general la reforma del Código Fiscal de la Federación que contempla sanciones a factureras, operaciones simuladas y uso indebido de sellos digitales, también fija que las autoridades podrán monitorear en tiempo real a las plataformas digitales para obtener información de sus sistemas y registros.
Los legisladores aprobaron la reforma al Código Fiscal por 348 votos a favor y 130 en contra para la reforma del Código Fiscal de la Federación que busca fortalecer la eficiencia recaudatoria y el combate a evasión y elusión fiscal.
FACTURERAS
La reforma armoniza la norma relativa a los falsos comprobantes fiscales en relación con los delitos en los cuales constitucionalmente resulta procedente la prisión preventiva oficiosa y las consecuencias jurídicas en el caso de realizar operaciones con ellos. La autoridad podrá presentar querella en contra de aquellos contribuyentes a los que se determine que emiten falsos comprobantes fiscales.
Además, al Servicio de Administración Tributaria (SAT) lo facultad de negar la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a las personas morales, cuando detecte que el representante legal, uno o varios de los socios, accionista, asociado y otros que formen parte de la persona moral, participen en empresa que han realizado operaciones con facturación falsa y han caído en los supuestos del Código Fiscal.
Además, fija que en el caso de que los comprobantes fiscales digitales por internet no amparen operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales se considerarán falsos. Se faculta la autoridad para verificar que el contribuyente cumpla con la veracidad de los comprobantes fiscales y a determinar sobre la emisión de falsos comprobantes fiscales.
PLATAFORMAS DIGITALES
La reforma busca adicionar el artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación, para establecer la obligación de los prestadores de los servicios digitales de permitir a las autoridades fiscales, en forma permanente, el acceso en línea y en tiempo real a la información que obre en sus sistemas o registros, que esté relacionada con las operaciones de los servicios digitales que proporcionen.
También específica que dichos servicios consisten en la descarga o acceso a diverso contenido conocido como streaming, los de intermediación entre terceros, clubes en línea y páginas de cita, así como enseñanza a distancia o de test o ejercicios.
La propuesta específica que el acceso en línea y en tiempo real de la autoridad únicamente a información fiscal necesaria para verificar el cumplimiento de obligaciones, protegiendo los derechos de privacidad y datos personales de los contribuyentes.
CHOQUE POR ARTÍCULO DE PLATAFORMAS
El diputado del PAN, Héctor Saúl Téllez, afirmó que este Código Fiscal no es para combatir ni a las factureras ni a los huachicoleros, sino es un Código Fiscal espía, es un Código Fiscal de terrorismo, es un Código Fiscal confiscatorio.
“Tampoco es para combatir a las factureras. Aquí hay un desfalco de más de 54 mil millones de pesos. Este Código Fiscal solo quiere castigar a los contribuyentes por simples errores, criminalizarlos, pero no hay ninguna corresponsabilidad del gobierno. Ni profesionaliza, ni capacita, ni audita, ni castiga a los corruptos que están en su propio gobierno.
“Este Código Fiscal es espía, porque en el artículo 30 D permite la intromisión directa del Servicio de Administración Tributaria. Obliga a las plataformas digitales a dar acceso irrestricto a toda la información personal de compradores, de vendedores, de usuarios de las plataformas digitales. Para qué. Para husmear en tu vida personal, para conocer tus movimientos comerciales, qué compras, qué vendes, cuánto gastas, cuáles son tus preferencias, qué plataformas visitas, tu geolocalización en el momento en que entras a cada una de esas plataformas, saber en qué momento las estás utilizando y, sobre todo, saber qué contenidos estás llevando a cabo a través de la red”, resaltó.
El diputado morenista Alfonso Ramírez Cuellar, explicó que desde el año pasado establecieron mayores controles fiscales a las plataformas que realizan comercio, por lo que el artículo sobre plataformas sólo es para declaren los ingresos y los gastos, así que negó que haya vigilancia.
“Hoy lo único que estamos estableciendo en el artículo 30 B es la obligación que tienen todos de declara los ingresos y los gastos, porque hay una resolución del Poder Judicial de que cualquier persona que tribute en nuestro país debe hacer la declaración de lo que ingrese y de lo que gasta. Y eso es lo único que estamos estableciendo en este Código Fiscal de la Federación.
“No hay ninguna vigilancia, no hay ninguna actitud de intromisión en la vida de las personas, lo único que queremos es una cosa elemental: cumplir con la ley para pagar nuestras contribuciones de acuerdo a las utilidades y a los ingresos que tenemos”, afirmó.