Yasmín Esquivel Mossa
Yasmín Esquivel no intervendrá en litigios en los que se impugnen reglas sobre titulación de la UNAM
Esto, luego de que a la ministra le fue turnado un amparo en revisión en el que se alegó la inconstitucionalidad de diversas normas internas de la UNAM referentes a los procesos de titulación establecidos por la Máxima Casa de Estudios.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la ministra Yasmín Esquivel Mossa no puede intervenir en litigios en los que se impugnen las reglas internas sobre titulación de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) debido al caso que mantiene pendiente por el supuesto plagio de su tesis de licenciatura.
Por unanimidad y en sesión privada, los ministros acordaron declarar que Esquivel Mossa tiene un impedimento para conocer de este tipo de asuntos.
Esto, luego de que a la ministra le fue turnado un amparo en revisión en el que se alegó la inconstitucionalidad de diversas normas internas de la UNAM referentes a los procesos de titulación establecidos por la Máxima Casa de Estudios.
En el caso, el alumno que impugnó esas reglas solicitó que la ministra no intervenga al considerar que su imparcialidad no está garantizada debido a que la UNAM aún tiene pendiente la emisión del dictamen final sobre el supuesto plagio de su tesis de licenciatura y a que Esquivel Mossa ha tramitado diversos recursos legales para cerrar el caso.
La ministra reconoció que esta situación efectivamente constituye una causa de impedimento y solicitó a sus compañeros en la Segunda Sala de la Corte, declararla impedida.
“Como la suscrita promovió el juicio de amparo indirecto 862/2023, del índice del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, en el cual se reclamó, entre otras cuestiones, diversos aspectos de la legislación en materia de titulación de la Universidad Nacional Autónoma de México, considero que se actualiza la causa de impedimento prevista en la fracción VI del artículo 51 de la Ley de Amparo, la cual dispone que los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, -entre otros juzgadores- deberán excusarse ‘Si figuran como partes en algún juicio de amparo semejante al de su conocimiento’; toda vez que el asunto del que deriva el presente impedimento, también tiene como materia el análisis de disposiciones relacionadas con dicho régimen legal de titulación, por lo que se configura la semejanza o similitud a la que se refiere dicha disposición legal”, señaló la ministra Esquivel.
“En consecuencia, solicito que el órgano jurisdiccional al que corresponda resolver el impedimento lo califique de fundado, pero con apoyo en la fracción VI del artículo 51 de la Ley de Amparo, a fin de que me releve del conocimiento y resolución del asunto en cuestión”.
En consecuencia, el expediente será turnado a otro de los integrantes de la Segunda Sala para que lo analice y realice el proyecto de resolución.