Ley de amparo
Avanza la reforma a la Ley de Amparo para que jueces no frenen nuevas leyes
La medida, impulsada por Morena, busca evitar que los jueces federales frenen temporalmente la aplicación o entrada en vigor de leyes cuando son impugnadas mediante juicios de amparo.CIUDAD DE MÉXICO (apro).– Las comisiones de Justicia y Estudios Legislativos del Senado de la república avalaron el proyecto de reforma a los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, con la que limitan a los jueces conceder suspensiones provisionales o definitivas con efectos generales cuando conozcan de amparos contra leyes expedidas por el Congreso de la Unión o congresos estatales.
Es decir, la reforma busca evitar que los jueces federales frenen temporalmente la aplicación o entrada en vigor de leyes cuando son impugnadas mediante juicios de amparo mientras dictan sus sentencias.
Con 19 votos a favor y 13 en contra, la iniciativa pretende abordar un problema de interpretación y aplicación de la Ley de Amparo en México, particularmente en lo que respecta en la suspensión y a los efectos generales, detalla el documento.
Las suspensiones provisionales y definitivas son medidas que los jueces de amparo conceden para evitar que se sigan vulnerando los derechos humanos de quienes promueven un juicio de garantías (quejosos), por regla general sólo benefician a quienes tramitan estos litigios.
Cuando se trata de amparos contra leyes expedidas por el Congreso de la Unión o los estatales, los jueces han concedido estas suspensiones con efectos generales, es decir, ordenar dejar de aplicar o frenan la entrada en vigor de esas legislaciones, con lo que beneficia a toda la ciudadanía o un sector, como ocurrió con las suspensiones que frenaron la entrada en vigor de la Reforma de la Industria Eléctrica impulsada por el actual gobierno.
La senadora Olga Sánchez Cordero subrayó que la Ley de Amparo es contradictoria, pues en 11 fracciones del ordenamiento se establece que no se puede conceder la suspensión definitiva con efectos generales, mientras que dos fracciones indican que sí se puede.
El senador de Morena, Reyes Flores Hurtado, resaltó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se ha extralimitado al conceder el efecto general de la suspensión en el caso de las leyes generales.
Por el contrario, Damián Zepeda del PAN, enfatizó que el ciudadano tiene el juicio de amparo como medio de defensa ante los abusos de la autoridad y, en casos extremos, tiene efectos generales para proteger a todos.
Asimismo, la senadora Claudia Ruiz Massieu detalló que la aprobación de estas modificaciones implicaría cancelar la posibilidad de que las y los jueces valoren si una suspensión ayudará a evitar una mayor afectación al interés social.