maltrato infantil
Entran en vigor reformas para evitar la violencia contra niñas y niños en centros educativos
La nueva ley establece estas sanciones en casos de maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso o violencia sexual.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Diario Oficial de la Federación publicó reformas para evitar la violencia contra niñas, niños y niños en centros educativos, las cuales entran en vigor este 28 de marzo.
El DOF publicó reformas a la fracción XI del artículo 57 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y la fracción III del artículo 266 Bis del Código Penal Federal, para prevenir violencia en menores de edad.
La nueva reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece que las instituciones educativas deben conformar una instancia multidisciplinaria para establecer mecanismos para la prevención, atención y canalización de los casos de maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso, violencia sexual, así como de cualquier otra forma de violencia en contra de niñas, niños y adolescentes que se suscite o detecte.
Para la fracción III del artículo 266 Bis del Código Penal Federal se establece que si el delito fuera cometido por alguien que desempeñe un cargo o empleo público o ejerza su profesión, utilizando los medios o circunstancia que ellos le proporcionen, la pena será de prisión.
Además será destituido del cargo o empleo o suspendido por el término de cinco años, pero la pena se duplicará si el delito es cometido por profesionistas que se desempeñen en atención o servicio de niñas, niños y adolescentes.
El dictamen fue aprobado el 8 de marzo del 2023 por el pleno de la Cámara de Diputados para establecer mecanismos para prevenir, atender y canalizar los casos de violencia sexual y cualquier otra forma de violencia en contra de niñas, niños y adolescentes, que se suscite o detecte en los centros educativos.
El dictamen a la minuta que reforma la fracción XI del artículo 57 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la fracción III del artículo 266 Bis del Código Penal Federal, se devolvió al Senado de la República para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.