Función Pública

Empresa transexenal busca amparos contra multa e inhabilitación

La empresa TDI ha acumulado 634 contratos entre 2011 y 2023 que suman más de tres mil mdp. En agosto de 2022, Función Pública resolvió multar e inhabilitar a la empresa por presuntamente entregar información falsa para obtener un contrato.
lunes, 12 de febrero de 2024 · 18:22

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La obtención creciente de contratos con el gobienro quedó truncada para la firma Tecnología y Diseño Industrial (TDI) cuyos directivos presentaron información presuntamente apócrifa en una licitación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y ahora, están inhabilitados.

TDI es una de las firmas que han sorteado el cambio de sexenio. Sus contratos se han mantenido y han sido más altos en el  gobierno de Andrés Manuel López Obrador, que en la administración Peña Nieto.

La empresa es propiedad de José Adán Ortega Blanco, inversionista de origen nicaragüense a quien diferentes publicaciones periodísticas han relacionado con el presidente Daniel Ortega, un vínculo que Ortega Blanco ha rechazado y no está acreditado.

Su empresa fue creada en 2001 en Guadalajara, Jalisco, y acumuló entre 2011 y 2023, al menos 634 contratos con dependencias de la administración pública federal que suman un monto superior a los tres mil millones de pesos, según consta en información oficial localizable en Compranet, la plataforma de compras del gobierno.

Con los datos obtenidos de dicha plataforma, fue posible advertir que durante el sexenio de Enrique Peña Nieto TDI recibió del gobierno federal 327 adjudicaciones por 612 millones de pesos de 2013 a 2018 y en la presente administración ya suma 245 contratos por dos mil 400 millones de pesos.

Adicionalmente, en enero de 2022 el gobierno de Guanajuato le asignó en consorcio con CEORT SA de CV, el contrato 8900004049 y un Convenio Modificatorio para el abastecimiento de material de osteosíntesis y endoprótesis por hasta 224 millones de pesos en un proceso en el que los otros dos licitantes fueron descalificados debido a que no presentaron la documentación completa.

No obstante la buena racha, el 15 de agosto de 2022, la Secretaría de la Función Pública (SFP), a través del Órgano Interno de Control del IMSS resolvió inhabilitar a la empresa por un año 6 meses.

Aunque la circular publicada en el Diario Oficial de la Federación no ofrece mayores detalles, el expediente del juicio de amparo 1379/2022 --consultado por el reportero-- versa sobre la observación de que TDI pudo entregar información falsa para hacerse de un contrato para proveer al IMSS de material de curación (osteosíntesis y endoprótesis).

El referido contrato, que le valió 42 millones 438 mil pesos, se firmó el 31 de diciembre de 2019, bajo el esquema inventario cero, que incluye dotación de instrumental, mantenimiento preventivo y correctivo, asistencia técnica por parte del personal del proveedor en cada una de las cirugías que se requiera, y el suministro de insumos en las Unidades Médicas de la Delegación Regional Michoacán, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020.

Según indica la sentencia del mencionado juicio de amparo 1379/2022, a fin de reunir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria al procedimiento LA-050GYR033-E665-2019, TDI entregó una carta de recomendación de 10 de diciembre de 2019 a nombre de quien se identifica en los documentos como “Doctor”, no obstante, después, tanto la firma como el contenido de la misma fueron desconocidos por el mencionado “Doctor”. En consecuencia, el OIC dio inicio a un Procedimiento Administrativo contra TDI y emitió la inhabilitación y una multa por 785 mil 757 pesos.

TDI decidió presentar una demanda contra dicha resolución donde solicitó el amparo y protección de la justicia, bajo el argumento de que no se le permitió presentar una prueba de grafoscopía y caligrafía.

Aunque en un primer momento se le concedió una medida cautelar, pues el 12 de septiembre la SFP publicó un nuevo anuncio en el que se desistía del aviso anterior, luego de que la empresa obtuviera un amparo en contra de la medida solicitada por el IMSS y el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México le otorgara una suspensión definitiva, la SFP publicó dos avisos más: uno el 6 de diciembre de 2022 y otro más el 5 de junio de 2023.

La circular del 6 de diciembre comunicaba que el mencionado Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa ordenó dejar sin efectos la resolución del OIC del IMSS y su ejecución, y determinó que se debía reponer el procedimiento para que se admita la prueba pericial ofrecida por la empresa.

Mientras que, en la circular del 5 de junio de 2023, la SFP informa a las dependencias y entidades de la administración pública que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con TDI pues le resta por cumplir un año, dos meses y 11 días de la inhabilitación impuesta en 2022.

Desde que en mayo de 2022 se le informó a TDI del oficio suscrito por el titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el IMSS, mediante el que se dio inicio al Procedimiento Administrativo en su contra por supuestas infracciones a la Ley de Adquisiciones, TDI inició al menos una decena de procedimientos judiciales.

En el más reciente, el expediente 333/2023, en el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito resolvió, según sentencia del 9 de noviembre de 2023, conceder la suspensión definitiva contra la ejecución de la multa y contra la publicación del nombre de la empresa en el Directorio de Proveedores Sancionados, a efecto de garantizar su honor e imagen, sin que la suspensión le habilite para participar en licitaciones.

Respecto al vínculo con el presidente de Nicaragua, en numerosas notas y columnas periodísticas publicadas en los últimos dos años, se afirma que el fundador y director general de Tecnología y Diseño Industrial, José Adán Ortega Blanco y su hijo, José Adán Ortega Torres, son cercanos a Daniel Ortega.

Por ejemplo, columnistas como Darío Célis (El Financiero. 8 de novimebre de 2022) o notas y reportajes publicados entre otros, en El Sol de México (17 de enero de 2023), han reiterado la afirmación sobre dicha relación.

Sin embargo, Ortega Blanco lo ha desmentido al afrimar en ejercicio de derecho de réplica que su empresa no tiene ningún tipo de filiación política, partidista o ideológica en México o ningún otro país.

“Nos permitimos negar categóricamente cualquier parentesco o consanguinidad con el presidente de dicha nación o alguna otra”, escribió.

 

Derecho de réplica 

Sobre: "Empresa transexenal busca amparos contra multa e inhabilitación"

Es importante señalar que en cuanto a la sanción impuesta a la persona moral Tecnología y Diseño Industrial (TDI), publicada el 05/06/2023 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se encuentra subjudice, es decir, es un asunto que no ha quedado definitivamente resuelto y por tanto la sanción no está firme, toda vez que en contra de la misma se promovió el juicio de amparo 953/2023, radicado ante el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa, mismo que está pendiente de resolverse y en el cual se determinó conceder la suspensión definitiva del acto reclamado “…para que no se publique e nombre de la moral quejosa a efecto de garantizar su honor e imagen, los cuales podrían afectarse de manera irreversible en caso de negarse la suspensión”, en términos de la publicación en el DOF el 13/12/2023.

Por tanto, se considera que con lo señalado en dos párrafos de la publicación que realizó ese medio de comunicación el 12/02/2024, se contraviene la disposición judicial de no publicar el nombre de la persona moral, a efecto de garantizar su honor e imagen, los cuales podrían afectarse de manera irreversible. Por ese motivo, se solicita que, con la celeridad que amerita el caso, se proceda a difundir un nuevo suplemento en el que se promueva y garantice el respeto a la apariencia del buen derecho de mi representada, previsto en el artículo 109 constitucional y el artículo 147 de la Ley de Amparo, reconocido por la autoridad judicial en cita.

Congruente con lo anterior, es preciso señalar que durante los 13 años en los que TDI ha participado en el sector gobierno, la gran mayoría de los contratos adjudicados derivan de licitaciones públicas nacionales e internacionales, en las que se ha participado con estricto apego a la legalidad para satisfacer los requisitos técnicos y económicos solicitados por las entidades gubernamentales del sector salud, en las que se han garantizado las mejores condiciones de contratación para el Estado, previstas en el artículo 134 constitucional. Aunado a que en todos y cada uno de los contratos asignados, TDI ha cumplido a cabalidad con todas y cada una de las obligaciones contraídas, lo que al pasar de los años le han permitido no sólo un amplio reconocimiento dentro del sector sino consolidarse como una empresa social y ambientalmente responsable.

Lo anterior gracias a que TDI cuenta con procesos de fabricación con tecnología de vanguardia y los mas altos estándares de calidad en sus procesos y sistemas de cumplimiento, que la hacen ser legítimamente competitiva y eficiente: Por tanto, no existe razón alguna para que en la publicación del 12/02/2024 se dé a entender que TDI se ha visto favorecida bajo algún esquema distinto a los principios de equidad, igualdad y legalidad que rigen los procedimientos de contratación. Lo que solicito que sea evidenciado en la nueva publicación que se sirva realizar, ante la ausencia de elementos para hacer parecer lo contrario.

Por otra parte, en relación al contrato 8900004049 y su convenio modificatorio, asignados a la empresa CEORT, S.A. de C.V., en participación conjunta, para el abastecimiento de material de osteosíntesis y endoprótesis, sólo cabe señalar que las otras empresas licitantes no cumplieron con los requisitos solicitados por la convocante, que el procedimiento de contratación se llevó a cabo en estricto apego a derecho y que el contrato se cumplimentó en todos sus términos y condiciones.

Por último, en torno a la referencia de una supuesta relación o vinculo con el presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, me permito reiterar lo que se ha expresado y sido materia de otras publicaciones, en el sentido que ninguna de las personas que trabajan para TDI tiene algún tipo de relación personal, familiar o de negocios con dicha persona extranjera. Por ese motivo solicitó que esto último sea materia de precisión en la nueva publicación que se sirva emitir, a fin de erradicar cualquier tipo de especulación o errada interpretación, que solo dañan y socavan, sin sustento alguno, los derechos civiles y constitucionales de las personas físicas y morales involucradas.

Gabriel Arrubarrena Pino. 

Representante jurídico de TDI

 

Respuesta del reportero 

Señor Director:

En respuesta a la comunicación precedente, me permito precisar:

  1. La publicación de este medio señala que el asunto se litiga en juzgados y está pendiente de resolverse, tal como lo menciona en su misiva.
  2. Por considerarlo de interés público, ya que se trata de una proveedora de gobierno, Proceso informó a sus lectores que el Órgano Interno de Control del Instituto Mexicano del Seguro Social dio inicio a un Procedimiento Administrativo contra TDI por la presunta utilización de documentos apócrifos en una licitación, información que es de carácter público.
  3. Las restricciones judiciales respecto a que el nombre de TDI no se publique en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados de la Secretaría de la Función Pública o en el Diario Oficial de la Federación, no prohíben a los medios de comunicación informar que existe un Proceso Administrativo y judicial.
  4. Como se expresa en la publicación de Proceso, en numerosas notas y columnas periodísticas se afirma que el fundador y director general de Tecnología y Diseño Industrial, José Adán Ortega Blanco y su hijo, José Adán Ortega Torres, son cercanos a Daniel Ortega, presidente de Nicaragua, sin embargo, el señor Ortega Blanco lo ha desmentido al afirmar en ejercicio de derecho de réplica que su empresa no tiene ningún tipo de filiación política, partidista o ideológica en México o ningún otro país, por lo que en torno al tema reitero lo escrito en Proceso: “el vínculo no está acreditado”.

Atentamente

Arturo Rodríguez García

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