Ley eléctrica

Corte aclara voto de calidad con el que declaró inconstitucional reforma de 2021 a la Ley Eléctrica

La Ley de Amparo prevé que cuando un ministro “se manifieste impedido en asuntos del conocimiento del pleno o sala, los restantes calificarán la excusa. Si la admiten, éstos continuarán en el conocimiento del asunto; en caso de empate, quien presida tendrá voto de calidad”.
jueves, 1 de febrero de 2024 · 19:26

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) defendió el voto de calidad con el que la Segunda Sala declaró la inconstitucionalidad de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), que otorgaba preponderancia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las empresas privadas.

El máximo tribunal explicó que hubo un empate entre los únicos cuatro integrantes que pudieron participar en la votación, debido a que uno de los juristas, Javier Laynez Potisek, se excusó porque la Secretaría de Energía (Sener) denunció su impedimento.

Los demás ministros aprobaron la excusa de Laynez, quien, según fuentes consultadas por Proceso, buscó con ello evitar retrasar más la discusión de por lo menos uno de los dos amparos programados ayer contra la LIE.

En consecuencia, el amparo que la Sala sí pudo discutir fue resuelto con el voto de calidad del presidente Alberto Pérez Dayán, conforme al artículo 56 de la Ley de Amparo.

“Cuando uno de los ministros se manifieste impedido en asuntos del conocimiento del pleno o sala, los restantes calificarán la excusa. Si la admiten, éstos continuarán en el conocimiento del asunto; en caso de empate, quien presida tendrá voto de calidad” señala el artículo.

Proceso informó que los ministros concedieron el miércoles, en sesión, el primero de diversos amparos tramitados por empresas privadas en los que impugnaron los artículos de la reforma que regulan la generación de energía sustentable y el mercado eléctrico mayorista.

El proyecto presentado por Pérez Dayán considera que los cambios a la ley reforma impulsados por la actual administración contravienen la Constitución, porque otorgó el despacho preferente a la energía generada por la CFE o las empresas privadas que trabajan exclusivamente para la Comisión, por encima de las renovables y otros actores privados.

"¡Albazo!", acusa la ministra Lenia Batres

Por su parte, Lenia Batres Guadarrama, quien votó en el ejercicio en contra del proyecto que invalidó las modificaciones a la LIE, dijo a través de su cuenta de X, que fue indebida la forma de resolver el empate.

“Se dio un albazo en la Segunda Sala… la votación en la Sala resultó en un empate 2 a 2, que el Presidente resolvió indebidamente con un voto de calidad”, escribió.

En el comunicado emitido este jueves, la Corte recordó que en junio de 2022 se declaró legal el impedimento del ministro Aguilar para conocer de un asunto, que resolvió la Segunda Sala mediante el voto de calidad de Yasmín Esquivel, quien en ese momento era la presidenta.

Previo a la sesión, las ministras Yasmín Esquivel y Lenia Batres pretendían solicitar a sus compañeros enviar éste y otro amparo similar programado, para discusión al Pleno de la Corte.

Sin embargo, no alcanzaron a plantear la solicitud debido al impedimento planteado por Sener respecto al ministro Laynez.

Esto provocó que la votación sobre el proyecto se definiera entre cuatro ministros; Esquivel Mossa y Batres Guadarrama se pronunciaron en contra de la propuesta del ponente.

Al tener dos votos en contra y dos a favor del proyecto, Alberto Pérez Dayán en su investidura de presidente, emitió un voto de calidad a favor de su propuesta.

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