Reforma al Poder Judicial
Ministro admite impugnaciones contra la reforma judicial pero rechaza suspender elección de jueces
Juan Luis González Alcántara Carrancá admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad presentadas por el PAN, MC y PRI contra el proceso legislativo.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite diversas acciones de inconstitucionalidad presentadas por legisladores de la oposición contra la reforma judicial pero rechazó suspender la elección de jueces y magistrados para evitar ocasionar un daño mayor.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá admitió a trámite las impugnaciones presentadas por el PAN, MC, PRI, legisladores de la oposición del Congreso de Zacatecas y Unidad Democrática de Coahuila contra el proceso legislativo de la reforma judicial.
“Se admiten a trámite las acciones de inconstitucionalidad que hacen valer; sin perjuicio de lo que pueda determinarse respecto de su procedencia al momento de dictar sentencia”, señaló el ministro en el acuerdo publicado en listas judiciales de la Corte.
En sus demandas, los legisladores solicitaron al ministro frenar el proceso de elección de jueces y magistrados por voto popular, conforme a la reforma judicial.
El ministro González Alcántara Carrancá rechazó la medida solicitada bajo el argumento de que la ley establece que en acciones de inconstitucionalidad no procede conceder suspensiones.
Aunque reconoció que la propia Corte ha establecido que hay casos excepcionales en los que sí procede conceder suspensiones en acciones de inconstitucionalidad, esto no aplica por tratarse de un tema de índole electoral que debe tramitarse de manera inmediata y porque frenar el proceso de elección podría ocasionar un perjuicio mayor.
“En las acciones de mérito, al estar involucrada la materia electoral, el trámite y resolución de las mismas es de naturaleza expedita, lo que trasciende en que no se materialice la afectación de derechos humanos, que se pretenden salvaguardar con la medida cautelar”, precisó el ministro.
“Las normas impugnadas en la presente acción de inconstitucionalidad, versa sobre el procedimiento de elección de los titulares del Poder Judicial de la Federación, la supresión y conformación de nuevos órganos, cambios en el número de integrantes de esta Suprema, Corte de Justicia de la Nación, entre otros, que implican modificaciones operativas, de estructura y funcionamiento del citado poder; por lo que emitir un pronunciamiento en relación con dichos aspectos, implicaría resolver cuestiones reservadas al fondo de sendas acciones de inconstitucionalidad siendo que, además, podría entorpecer el proceso electoral en curso, lo cual podría generar mayor afectación social que beneficio, tratándose de una medida cautelar”.