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Entra en vigor la ley “home office”; éstas son las reglas

#LasMásLeídasDe2023 La NOM-37 que regula el llamado “teletrabajo”, también conocido como “home office” o “trabajo en casa”, genera obligaciones tanto para patrones como para trabajadores. Nota publicada el 5 de diciembre.
martes, 2 de enero de 2024 · 16:44

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- A partir de hoy, 5 de diciembre, entra en vigor la NOM-37 que regula el llamado “teletrabajo”, también conocido como “homeoffice” o “trabajo en casa”, en México, lo cual genera una serie de obligaciones tanto para patrones como para los trabajadores.

A continuación te decimos las más importantes.

De acuerdo con la Norma Oficial, ésta aplica a todos los centros de trabajo con más de 40% de su personal laborando bajo dicha modalidad.

Pago de internet y luz

Los empleadores deben brindar las herramientas necesarias a sus empleados para el desempeño de sus funciones, asimismo, las empresas tienen la obligación de pagar el consumo de internet y energía eléctrica que consuman los trabajadores donde realicen su labor.

Vacaciones y licencias

Con esta normatividad, quienes se desempeñen en el “teletrabajo” tienen derecho a desconectarse de la comunicación con la empresa después de concluir su horario laboral, y a una garantía de que no se les soliciten tareas en periodos vacacionales o relativos a licencias por maternidad, adopción o tiempo de lactancia.

Igualdad en derechos laborales  

Las personas que trabajen en casa tienen los mismos derechos laborales que quienes lo hagan en oficina de la compañía, incluyendo figuras como la sindicalización y negociación colectiva.

Lista de “teletrabajadores”

Con la entrada en vigor a partir de hoy del “homeoffice”, los patrones y empresas deben contar con un listado actualizado de los trabajadores que trabajan en casa con el objetivo de contar con un registro separado de quienes se desempeñan en oficina o en trabajo de campo.

Especificación en contrato

Otro aspecto que regula la nueva norma, es que los empleadores deben crear una política de “teletrabajo” por escrito, la cual debe alinearse con el contrato colectivo de trabajo o el reglamento interior de trabajo, según corresponda a cada empresa.

Concientización de seguridad y salud

Se debe informar al “teletrabajador” sobre los riesgos en materias de seguridad y salud que existen con esta modalidad, y proporcionarles una lista de verificación de condiciones, así como brindar su validación por parte de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.

Sobre la perspectiva de género

La Norma Oficial brinda protección especial a aquellos que pueden sufrir violencia en el hogar y reconoce el derecho de las mujeres en periodo lactante, a tener lapsos de pausa para alimentar al recién nacido o extraer leche.

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