Karime Macías
Tribunal niega amparo a Karime Macías para anular proceso de extradición
La exprimera dama de Veracruz señaló que el delito de fraude específico, por el que está acusada, ya prescribió, sin embargo, en su sentencia los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en materia Penal en la Ciudad de México señalaron que el gobierno de Veracruz, que es el que la requiere.CIUDAD DE MÉXICO (apro).-Un tribunal federal negó el amparo a Karime Macías Tubilla, ex esposa de Javier Duarte; con el que buscaba anular el proceso de extradición iniciado en su contra ante el gobierno del Reino Unido para enjuiciarla por fraude específico cometido en agravio del gobierno de Veracruz.
La exprimera dama de Veracruz señaló que el delito de fraude específico, por el que está acusada, ya prescribió, sin embargo, en su sentencia los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en materia Penal en la Ciudad de México señalaron que el gobierno de Veracruz, que es el que requiere a Macías Tubilla, informó que el delito sigue vigente conforme a la legislación local.
“Las autoridades responsables a quienes se les atribuyó este acto fue, a la Secretaría de Relaciones Exteriores y dos, a la Dirección General de Procedimientos Internacionales de la Fiscalía General de la República, pero no tenían ninguna obligación de informar ni por el tipo de acto, ni porque tuvieran instrucción de ellos, porque habida cuenta que la orden de aprehensión, de la que derivó el inicio del procedimiento de extradición internacional, sigue vigente, la autoridad ministerial requiriente mantiene su intención de lograr su extradición y contrario a la que era la quejosa para esas autoridades la prescripción si está interrumpida definitivamente”, señaló el magistrado Francisco Javier Sarabia en sesión del pasado 23 de febrero en la que el Colegiado analizó el asunto de Karime Macías.
Añadió que los oficios enviados por la Secretaría de Relaciones Exteriores para continuar con el proceso de extradición no violan ningún derecho humano de Karime Macías porque son comunicaciones que se generaron como consecuencia directa de su primera solicitud de extradición.
“Este Tribunal Colegiado estima que esos actos son constitucionales y que no violan derecho fundamental en perjuicio de la investigada, ahora quejosa, por qué, porque lo dice bien son comunicaciones que generaron como consecuencia directa que su primera solicitud de 15 de septiembre de 2021 y tuvieron por objeto que la Secretaría de Relaciones Exteriores estuviera informada de si, en efecto, había alguna determinación respecto de la prescripción”, precisó el magistrado.