Extradición
Justicia española rechaza la extradición de la modelo Ninoska Vásquez a México
La venezolana es requerida por el gobierno mexicano debido a que está acusada de obligar a dos mujeres a prostituirse.MADRID (apro).– La justicia española rechazó la extradición de la modelo venezolana Ninoska Vásquez a México, donde estaba reclamada para enjuiciarla por el delito de trata de personas en su modalidad de explotación sexual agravada.
En su resolución, los magistrados de la Sección Cuarta del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional enumeran una serie de fallas en las que incurrió México en los “requisitos formales” en la solicitud de acuerdo al Tratado de Extradición mutuo, y al hecho de que la modelo está “amenazada” por su expareja, “Francisco Javier Rodríguez Borgio, empresario muy conocido en México relacionado con los casinos y con importantes contactos”.
Las amenazas del copropietario de Big Bola contra la modelo, según el fallo de la Audiencia Nacional, iniciaron cuando esta “terminó la relación”, y “de ahí no solo ella sino toda su familia ha sido amenazada si vuelven a México”.
La defensa de la modelo presentó evidencias de las amenazas a través de servicio de mensajería del teléfono celular y videos, incluso, cuando el empresario “le exhibió por video la propia orden de aprehensión emitida por las autoridades de México antes que ella tuviera conocimiento de su existencia” y en un procedimiento donde Rodríguez Borgio no toma parte.
En el fallo, dado a conocer este lunes, los magistrados aprecian “la falta de cumplimiento de algunos requisitos formales de la demanda de extradición” presentada por México, puesto que en la orden de detención del 2 de junio de 2022 “no figuran los hechos atribuidos a la reclamada y por los que las autoridades mexicanas solicitan su entrega para su enjuiciamiento”.
Es decir, sostienen, que “el tribunal requerido no puede analizar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Tratado de Extradición”.
El auto del tribunal añade que la descripción de los hechos, “sin refrendo judicial alguno en el documento suscrito por la Embajada” mexicana en Madrid y, por lo tanto “carente de valor de una imputación en el seno de un procedimiento penal”.
A eso se suma que en la mencionada orden de detención con fines de extradición “nada indica sobre su carácter internacional”.
La modelo venezolana es señalada de haber contactado en agosto de 2021 a dos jóvenes en la plaza Antara, en Polanco, Ciudad de México, a quienes les informó que representaba una empresa de edecanes para eventos. Las invitó y días después, las jóvenes identificadas con las iniciales E.D.H.T. y A.G.M. aceptaron participar en un primer evento el 9 de septiembre.
La modelo les dijo que el 9 de octubre se celebraría un evento muy importante en uno de los lujosos hoteles de Polanco, donde la reclamada las habría acorralado para que mantuvieran relaciones sexuales sin su consentimiento con dos hombres, aduciendo que formaban parte de una red de trata internacional y que tenían información de sus familiares. Las jóvenes accedieron temerosas de que la amenaza fuera real. El caso es investigado por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, que obtuvo la orden de aprehensión contra la modelo, por lo que procedió a la solicitud de extradición.
Sin embargo, los magistrados negaron la entrega a México porque de acuerdo a “los datos que figuran en el pasaporte de Ninoska Vásquez, la acusada no se encontraba en México el 9 de octubre de 2021, día en el que supuestamente conminó y amenazó a dos jóvenes a tener relaciones sexuales con dos varones forzadas por aquellos”.
La resolución señala que la modelo presentó el pasaporte y boletos de avión que confirman que viajó de Colombia a Madrid y luego a París en esas fechas. “Razón por la cual, a la vista de la imposibilidad material de cometer el hecho imputado, no procede la entrega”, apunta la Sala.
Una tercera razón para rechazar la extradición a México es “la constatación real de la existencia de amenazas expuestas por la reclamada en el acto de vista oral y recibidas por parte de su expareja y, de otra, el conocimiento de aquel que tenía de la tramitación de su propia extradición por parte de México, “que resulta de difícil comprensión y que permite dudar del origen de las actuaciones”.
Al respecto, los jueces subrayan que “ha llamado poderosamente la atención del Tribunal la cantidad de videos y mensajes de WhatsApp unidos a las actuaciones y visionados por el tribunal en los que se constata la veracidad de las amenazas sufridas por la reclamada de parte de su expareja cuando le dice que la va a hundir, que quiera hacerla sufrir, que la odia, que va a echarla de México a ella y a su familia y otros en los que hace referencia a todo lo que puede conseguir el dinero y de ir a la cárcel si regresa a USA”.
Por todo ello, la Audiencia Nacional negó la extradición de Ninoska Vásquez, porque la demanda extradicional “ni cumple con los requisitos formales exigidos en el Trato entre ambos países, ni resulta materialmente posible que la reclamada cometiera los hechos atribuidos. Además, añade, se deduce de la documentación aportada “un eventual ánimo espurio y torticero” que no puede ser respaldado en derecho.