Luz y Fuerza del Centro

188 extrabajadores de Luz y Fuerza impugnan compensación vitalicia propuesta por AMLO

La demanda fue presentada luego de la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de agosto de 2022 en el que se reconoció que la extinción de Luz y Fuerza dejó sin trabajo a más de 45 mil personas y truncó la jubilación de otros 9 mil.
lunes, 3 de abril de 2023 · 15:41

CIUDAD DE MÉXICO (apro).-Un juez federal admitió a trámite la demanda de amparo presentada por 188 extrabajadores de Luz y Fuerza del Centro contra el sistema de compensación vitalicia establecido por el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La demanda fue presentada luego de la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de agosto de 2022 en el que se reconoció que la extinción de Luz y Fuerza dejó sin trabajo a más de 45 mil personas y truncó la jubilación de otros 9 mil que tenían, por lo menos, 19 años, 6 meses y un día de servicio.

En consecuencia, el decreto precisó que la compensación se entregaría a los extrabajadores que, al 11 de octubre de 2009, estaban al servicio de Luz y Fuerza del Centro y tenían la antigüedad antes mencionada y que se encuentren con vida.

Este requisito de la antigüedad es el que los extrabajadores reclamaron en su demanda de amparo, misma que fue admitida apenas, porque el juez Primero de Distrito en materia Administrativa se declaró incompetente al considerar que se trataba de un conflicto obrero-patronal que debía ser dilucidado por un tribunal especializado en materia laboral.

“Los salarios base a fin de determinar las pensiones por jubilación, así como las compensaciones se encontraban como cláusulas convenidas entre el trabajador y el patrón, determinadas a través del contrato colectivo, celebrado entre ellos, situación que sólo un órgano jurisdiccional especializado puede dilucidar a través del estudio de dicha relación previa que compete a su materia”, señaló.

Sin embargo, el pasado 2 de marzo, un tribunal Colegiado decidió que el competente es el juzgado de Distrito en materia Administrativa y no el de la materia del Trabajo.

En consecuencia, la demanda fue admitida el pasado 15 de marzo en la que se tuvo por autoridades responsables al presidente de la República, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la de la Función Pública, la de Gobernación y el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, este último debido a que en el decreto reclamado la Segob estableció que sería liquidador de los extrabajadores de Luz y Fuerza del Centro.

Este 3 de abril, el juez negó la suspensión definitiva solicitada por los extrabajadores, por lo que el esquema establecido por la Segob permanecerá vigente pese a la tramitación del amparo.

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