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El “modo honesto de vivir” no es requisito para ser presidente de la República: SCJN

La Corte echó abajo el criterio del Tribunal Electoral según el cual la infracción a las normas constitucionales, con incidencia en la materia electoral, "es causa suficiente para considerar la suspensión del modo honesto de vivir como requisito de elegibilidad" a cualquier cargo público.
martes, 7 de marzo de 2023 · 18:31

Ciudad de México (Apro).-- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que el requisito de “modo honesto de vivir” que establece la Constitución para ser ciudadano, no puede ser utilizado también como condicionante para acceder a puestos públicos.

Así, con mayoría de siete votos, los integrantes del pleno eliminaron la posible descalificación de aspirantes a la Presidencia de 2024 y a cualquier cargo público, por acumular sanciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Esto, al avalar una jurisprudencia obligatoria con la que echó abajo el criterio de la Sala Superior del TEPJF impuesto en junio de 2022 en el que señaló que "la infracción reiterada y grave a las normas Constitucionales, con incidencia en la materia electoral, es causa suficiente para considerar la posible suspensión del modo honesto de vivir como requisito de elegibilidad".

La Corte resolvió con esto una contradicción de criterios entre una sentencia del TEPJF y otra dictada por el Máximo Tribunal en enero de 2020 en la que sostuvo que el requisito de modo honesto de vivir para acceder a cargos públicos, es una expresión ambigua, subjetiva y que puede ser hasta discriminatoria.

Con el criterio del TEPJF, se declaró que 17 gobernadores y la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum violaron la Carta Magna por hacer propaganda a favor del presidente Andrés Manuel López Obrador en pleno proceso de consulta popular de revocación de mandato.

En su resolución el TEPJF fijó a todas las autoridades y tribunales electorales, locales y federales, lineamientos para decretar que un funcionario dejó de tener un modo honesto de vivir y, en consecuencia, se suspende su eligibilidad para procesos electorales posteriores.

Estos funcionarios se registran en el Catálogo de Sujetos Sancionados (CASS) del TEPJF que actualmente ya incluye a integrantes del gabinete presidencial, a la jefa de Gobierno y a gobernadores de todos los partidos.

 

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